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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE VILLAHARTA (CORDOBA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 600 ptas./abonado/trimestre
Cuota variable o de consumo
Consumo doméstico:
Hasta 18 m3 trimestre 40 ptas./m3 Más de 18 m3 hasta 30 m3 trimestre 80 ptas./m3 Más de 30 m3 hasta 50 m3 trimestre 120 ptas./m3 Más de 50 m3 en adelante trimestre 190 ptas./m3
Consumo industrial y comercial:
Todo consumo 78 ptas./m3
Derechos de acometida:
Parámetro A: 2.250 ptas./mm
Parámetro B: 18.200 ptas./litro/seg.
Cuota de contratación:
Cc = 600 . d - 4.500 (2 - P/t).
Fianzas:
Según el artículo 57 del Reglamento del Suministro Domiciliario de Agua.
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este órgano, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 19 de diciembre de 1995
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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