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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Córdoba, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
D I S P O N G O
Autorizar las tarifas de Agua Potable que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
AYUNTAMIENTO DE CONQUISTA (CORDOBA)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA excluido
Cuota fija o de servicio 300 ptas./abonado/trimestre Cuota variable o de consumo
Hasta 15 m3/trimestre 40 ptas./m3 Más de 15 m3 hasta 30 m3/trimestre 55 ptas./m3 Más de 30 m3/trimestre en adelante 75 ptas./m3
Derechos de Acometida
Los Derechos de Acometida permanecen vigentes según lo autorizado en la Orden de 29 de diciembre de 1993 (BOJA núm. 5, de 15-1-94).
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su notificación, previa comunicación a este Organo, de conformidad con lo establecido en los artículos 57.2 y 58 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 27 de diciembre de 1956.
Sevilla, 20 de diciembre de 1996
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
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