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Aprobada la Oferta de Empleo público del año 2000 en sesión plenaria de fecha 17 de marzo de 2000, y publicada en el BOE núm. 111, de 9 de mayo de 2000, y en virtud de las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local,
HE RESUELTO
Primero. Aprobar la convocatoria y las correspondientes bases por las que ha de regirse la provisión en propiedad de una plaza de Técnico de Gestión de Desarrollo y Promoción de Empleo, vacante en la plantilla de personal laboral del Instituto Municipal de Promoción y Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Huéscar, mediante concurso-oposición libre.
Segundo. Ordenar su inmediata publicación en el BOP y en el BOJA, a los efectos previstos en el artículo 6 del Real Decreto
896/1991, de 7 de junio, por el que establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local.
BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TECNICO DE GESTION DE DESARROLLO Y PROMOCION DE EMPLEO DE LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE PROMOCION Y EMPLEO DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUESCAR.
1. Objeto de la convocatoria.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, mediante concurso-oposición libre, de una plaza de Técnico de Gestión de Desarrollo y Promoción de Empleo, Grupo B, vacante en la plantilla de personal laboral del Instituto Municipal de Promoción y Empleo de este Excmo. Ayuntamiento.
2. Legislación aplicable.
Las presentes bases se rigen por lo dispuesto en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local y su modificación en la ley 11/1999; Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local y las bases de la presente convocatoria.
3. Requisitos de los aspirantes.
Para participar en el proceso selectivo, los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser español o española.
b) Tener cumplidos dieciocho años de edad y no exceder de aquélla en que falten menos de diez años para la jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de Ingeniero Técnico Industrial, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de expiración del plazo de admisión de instancias. Se entiende que se está en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado los derechos por su expedición.
d) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.
f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de
incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
4. Solicitudes.
4.1 En el plazo de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al Sr. Presidente del IMPE, manifestando que reúnen todos y cada uno de los
requisitos exigidos, conforme al modelo que se adjunta con la presente convocatoria (Anexo II).
4.2 Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Huéscar, de lunes a viernes en horario de 9,00 a 14,00 horas, donde serán debidamente registradas, o conforme a lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.3 A la solicitud deberá acompañarse fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título académico exigido en la base 3.c) o documento oficial de la solicitud del mismo, y el resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que ascienden a tres mil pesetas, cantidad que podrá ser abonada en la Tesorería Municipal en metálico, en cualesquiera de la entidades bancarias colaboradoras del Ayuntamiento o remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería Municipal, debiendo consignar en estos giros el nombre del aspirante, aun cuando sea impuesto por persona distinta.
4.4 Los aspirantes que pretendan puntuar en la fase de concurso, presentarán, junto a las instancias antes señaladas, los documentos que justifiquen los méritos a tener en cuenta de acuerdo con el baremo contenido en la base 8 de la presente convocatoria. En la instancia deberán numerarse los documentos aportados.
5. Admisión de aspirantes.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la
presidencia aprobará la lista provisional de admitidos y excluidos, en el plazo máximo de un mes, que se hará pública en el BOP, así como en el tablón de anuncios del Excmo.
Ayuntamiento, indicando, en su caso, la causa de exclusión. A los aspirantes excluidos se les concederá un plazo de diez días al objeto de que subsanen la falta, o en su caso, acompañen los documentos preceptivos, con indicación expresa de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos en su petición, archivándose sin más trámite con los efectos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada. Dichas subsanaciones, si las hubiese, serán aceptadas o rechazadas en la resolución por la que se apruebe la lista definitiva, que se hará pública en el tablón de anuncios de la Corporación y en la que se determinará el lugar, fecha y hora de comienzo de los ejercicios, así como la composición del Tribunal calificador.
6. Tribunal Calificador.
6.1 El Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
Presidente: El Presidente del IMPE o miembro del Consejo en quien delegue.
Vocales:
- Un miembro del IMPE designado por la Presidencia de entre el Consejo.
- Un representante de la Junta de Andalucía designado por la Delegación de Gobierno.
- Un funcionario/personal laboral de la Corporación, designado por la Presidencia.
- Un funcionario/personal laboral designado por la Excma. Diputación Provincial del Area de Desarrollo.
Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue.
6.2 Los Vocales y el Tribunal deberán tener igual o superior nivel de titulación a la exigida para el ingreso en las plazas convocadas.
6.3 Junto con los titulares se nombrarán suplentes en igual número y con los mismos requisitos.
6.4 El Tribunal podrá contar, para todas o algunas de las pruebas, con la colaboración de asesores técnicos, con voz y sin voto, los cuales deberán limitarse al ejercicio de su especialidad técnica, así como de colaboradores en tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes
ejercicios.
6.5 Para la válida constitución del Tribunal en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de su Presidente y el
Secretario y la mitad de los Vocales, titulares o suplentes indistintamente. Le corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo, calificar las pruebas establecidas, aplicar los baremos correspondientes, así como resolver las dudas o reclamaciones que pudieran originarse con la interpretación de las presentes bases.
6.6 Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple de los asistentes, decidiendo en caso de empate el Presidente.
6.7 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo
28.2 de la Ley 30/1992, ya mencionada, debiendo comunicarlo a la Presidencia del Excmo. Ayuntamiento de Huéscar, que
resolverá lo procedente. Por estas mismas causas, podrá promoverse recusación por los interesados en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el artículo 29 de la citada Ley.
7. Inicio de convocatoria y celebración de pruebas.
7.1 La actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará momentos con anterioridad a la realización del ejercicio en aquellas pruebas en que no puedan actuar conjuntamente.
7.2 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo causas de fuerza mayor, debidamente justificadas y libremente apreciada, por el Tribunal.
7.3 El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad, por lo que deberán ir provistos de DNI o pasaporte.
7.4 Una vez comenzadas las pruebas selectivas, no será
obligatoria la publicación de los anuncios sucesivos en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en el tablón de anuncios de la Corporación o en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si se trata de un nuevo ejercicio.
7.5 Entre la terminación de una prueba y el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.
8. Sistema de selección.
El sistema de selección será el de concurso-oposición:
Primera fase: Concurso.
Segunda fase: Oposición.
Primera fase: Concurso. De carácter no eliminatorio, sin que pueda tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
8.1 Antes de la celebración del primer ejercicio de la
oposición se reunirá el Tribunal, procediéndose a valorar los méritos y servicios de la fase de concurso conforme a los criterios que se establecen a continuación. El escrito
resultado de ésta ha de contener para cada aspirante la puntuación global obtenida en la fase de concurso, con
indicación además, de la puntuación por méritos profesionales y formación y perfeccionamiento.
8.2 Los méritos alegados por los aspirantes se calificarán según el siguiente baremo:
a) Méritos profesionales. Con una valoración máxima de hasta
3 puntos.
Por cada mes completo de servicios prestados en el Excmo. Ayuntamiento de Huéscar o en uno de sus Organismos Autónomos en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,15 puntos.
Por cada mes completo de servicios prestados en otras
Administraciones Públicas en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la
correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,10 puntos.
A estos efectos, no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.
Para acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincida la denominación de los que se hayan ocupado con la de la plaza a que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas para justificar que son iguales o similares a la asignadas a la plaza de Técnico de Gestión de Desarrollo y Promoción de Empleo.
b) Formación y perfeccionamiento. Con una valoración máxima de hasta 2 puntos.
Se valorarán aquellos cursos de formación y perfeccionamiento en los que aspirante haya participado como asistente o alumno, impartidos por Instituciones Públicas y privadas, estas últimas homologadas oficialmente para la impartición de cursos que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en la plaza convocada, aplicados de siguiente forma:
Hasta 14 horas o dos días: 0,10 puntos.
De 15 a 40 horas o de tres a siete días: 0,15 puntos.
De 41 a 70 horas o de ocho a doce días: 0,20 puntos.
De 71 a 100 horas o de trece a veinte días: 0,25 puntos. De 101 a 200 horas o de veintiuno a cuarenta días: 0,50 puntos. De 201 horas en adelante o más de cuarenta días: 1 punto.
Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la anterior escala.
8.3 La puntuaciones otorgadas se expondrán al público
previamente al inicio de la fase de oposición.
8.4 No se valorarán méritos justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias.
Segunda fase: Oposición. De carácter eliminatorio.
A) Ejercicio teórico. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en la contestación de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas.
B) Ejercicio práctico. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver uno o varios supuestos prácticos que, adecuados, a las funciones a realizar en el puesto de trabajo al que aspira y relacionados, con el programa de materias, decida el Tribunal en el tiempo máximo que éste determine.
8.5 Todas las pruebas de la fase de oposición se calificarán hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada una de ellas. La calificación para cada prueba y aspirante se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal. No obstante lo anterior, de las
puntuaciones que otorgase el Tribunal Calificador se eliminarán por parte del mismo la mayor y menor puntuaciones cuando entre ellas exista una diferencia igual o superior a cuatro puntos, de tal manera que la nota que obtendría el aspirante, caso de darse dicha circunstancia, sería la media de las restantes puntuaciones concedidas.
8.6 Finalizada y calificada cada prueba, el Tribunal hará pública la relación de los aspirantes que hayan superado la misma con especificación de las puntuaciones obtenidas en cada prueba.
9. Relación final de aprobados.
9.1 La calificación final de los aspirantes vendrá determinada por la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los
ejercicios de la oposición y de la otorgada en la fase de concurso. En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso, y de persistir, en el primer ejercicio y en los sucesivos por su orden, y de no ser posible deshacer el empate, se dilucidará por sorteo.
9.2 Finalizada la calificación, el Tribunal hará pública la relación de aprobados por orden de puntuación en el tablón de anuncios de la Corporación, así como la propuesta de
nombramiento a favor del aspirante que hubiese obtenido mayor puntuación. Dicha relación y propuesta, junto con el acta de la última sesión, serán elevadas al Presidente del Organismo a los efectos oportunos.
9.3 El Tribunal no podrá proponer, para su nombramiento, un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.
10. Presentación de documentos.
10.1 El aspirante propuesto presentará en la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública relación de aprobados y propuesta antes referidas, los siguientes documentos:
a) Fotocopia compulsada del DNI.
b) Copia compulsada de la titulación académica requerida en la presente convocatoria.
c) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter, del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o
Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el
ejercicio de funciones públicas.
d) Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
e) Certificado acreditativo de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de la función.
10.2 Si dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, el aspirante no presentara la documentación o no reuniera los requisitos exigidos, no podrá acceder al puesto de trabajo y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin
perjuicio de las responsabilidades en que hubiera podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial. En este caso, el Tribunal efectuará propuesta de nombramiento complementaria a favor del aspirante que, habiendo aprobado todos los ejercicios de la oposición, figurara en el puesto inmediato inferior en orden de calificación al último aspirante propuesto. De la misma forma actuará en caso de renuncia del aspirante
propuesto.
11. Recursos.
Contra estas bases de la convocatoria podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Alcalde-Presidente, o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente.
Cuantos actos administrativos se deriven de la convocatoria y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazos y en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, ya citada.
ANEXO 1
MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución española de 1978. Principios
generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Público. La Ley: Clases de leyes.
Tema 4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Consideración especial del interesado. Colaboración y participación de los ciudadanos con la Administración. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local: Sus fases. El silencio administrativo.
Tema 5. El acto administrativo: Concepto, eficacia y validez. El procedimiento administrativo local. Sus fases. El silencio administrativo.
Tema 6. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 7. Organización y competencias municipales/provinciales.
Tema 8. Personal al servicio de la Administración Local. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.
Tema 9. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.
Tema 10. El acto administrativo: Funcionamiento de los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.
Tema 11. El presupuesto Local. Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. La fiscalización del presupuesto Local.
Tema 12. La contratación en las Corporaciones Locales. Clases de contratos. Procedimientos y formas de adjudicación.
Tema 13. Los bienes de las Entidades Locales. Inventario. Utilización y cesión.
Tema 14. El dominio público. Bienes patrimoniales de las Entidades Locales.
Tema 15. Actual estructura administrativa del Ayuntamiento de Huéscar: Organigrama funcional, actual estructura política. Areas de servicios.
MATERIAS ESPECIFICAS
Tema 16. La Forma jurídica de la Empresa. La elección de la forma jurídica. Características de las diferentes formas jurídicas.
Tema 17. Empresas de economía social. Sociedades Cooperativas. Características de las Cooperativas. Organos de Gobierno. Las SALES. El Autónomo. Requisitos formales.
Tema 18. Plan de creación de una Empresa. La Idea: La
clasificación de Kuriloff y la de Drucker. El Mercado. El Plan de Operaciones. Los recursos humanos y materiales. Las
personas. El dinero.
Tema 19. La Gestión Económico Financiera. Introducción a las finanzas. Problemáticas de costes. Análisis Económico-
Financiero. Planificación financiera. Las necesidades de financiación.
Tema 20. Criterios de evaluación de la inversión. El Valor Actual Neto (VAN). Relación Beneficio Inversión (Q). El plazo de recuperación o pay-back. Tasa interna de rendimiento (TIR).
Tema 21. Análisis de Ratios Económico-Financieros. Umbral de Rentabilidad o Punto Muerto. Rentabilidad de ventas.
Rentabilidad Económica. Rentabilidad Financiera. Ratio de solvencia o distancia a la suspensión de pagos. Ratio de garantía o distancia a la quiebra. Fondo de rotación necesario. Coeficiente básico de financiación. Ratio de endeudamiento total.
Tema 22. La Gestión comercial y Marketing. El Marketing. El producto o servicio. El precio de venta. El cliente.
Comunicación. La Distribución. El Merchandising.
Tema 23. Técnicas de búsqueda de empleo. Dónde está el empleo. Intermediarios. Cómo acceder a los puestos de trabajo.
Documentos base y herramientas.
Tema 24. El circuito de selección. Introducción. Objetivo. Contenido: Análisis del proceso de selección. Pruebas. La entrevista de selección. Instrumentos.
Tema 25. Aspectos generales del desarrollo Rural: El Medio Rural y el Desarrollo Rural. Papel de la Administración Pública en el Desarrollo Rural. Las Instituciones Mundiales y el Desarrollo Rural. La Política de Desarrollo Rural Comunitaria.
Tema 26. Política de Desarrollo Rural en Andalucía. Plan de Desarrollo Rural de Andalucía. Programa operativo de desarrollo y diversificación económica de zonas rurales. Iniciativas Leader II. Iniciativa Privada y Desarrollo Rural.
Tema 27. Metodología para la planificación del Desarrollo Rural. Elaboración de un Plan de Desarrollo. Fuentes de información. Fase de identificación o análisis.
Tema 28. Intervenciones Estructurales de la Unión Europea. Bases de la política estructural Europea. Los grandes
principios de la política comunitaria. Los instrumentos financieros de la cohesión. El FEDER como principal instrumento de la política regional. El FSE y las políticas de empleo. El FEOGA-O, el IFOP y el Fondo de Cohesión.
Tema 29. Los Objetivos prioritarios de los fondos
estructurales. Objetivo prioritario núm. 1. Objetivo
prioritario núm. 2. Objetivo prioritario núm. 3. Los recursos financieros de los fondos estructurales durante el próximo período 2000-2006. La participación de España en los Fondos Estructurales.
Tema 30. Programación de los fondos. Fases y documentos. Prioridades de programación. Elementos y principios.
Prioridades estratégicas.
Tema 31. El nuevo modelo de desarrollo económico: El desarrollo Local. El Turísmo rural como fuente generadora de rentas: Desarrollo turístico sostenible en el medio rural; demanda de productos turísticos; oferta de productos turísticos.
Tema 32. Sistema Métrico Decimal. Definiciones. Historia. Unidad fundamental del SMD. Magnitudes y unidades principales. Medidas de longitud, superficie, volumen, capacidad y peso.
Tema 33. Sonido. Características del sonido. Tono. Límite de audición. Intensidad del sonido. Timbre. Resonancia acústica. Barrera del sonido. Velocidades supersónicas. Ultrasonidos.
Tema 34. Motores de corriente continua. Composición excitación. Características de funcionamiento.
Tema 35. Transformadores y autotransformadores. Transformadores de medida.
Tema 36. Dibujo Topográfico. Generalidades. Nociones sobre movimientos de tierras. Tipos de terreno. Explanación de superficies topográficas. Determinación de Desmontes y
Terraplenes.
Tema 37. Conducciones a presión. Tuberías y sus tipos. Pruebas de Tuberías instaladas.
Tema 38. Firmes y pavimentos. Capas de los firmes. Subbases granulares. Bases granulares. Mezclas bituminosas. Tratamientos superficiales.
Tema 39. La contaminación atmosférica. Ciclos biogequímicos. Alteraciones de los ciclos biogequímicos por las actividades humanas.
Tema 40. Contaminantes de la atmósfera. Contaminantes
primarios. Contaminantes secundarios.
Tema 41. Focos de emisión de contaminantes. Vehículos
automóviles. Procesos de combustión. Industria.
Tema 42. Efectos producidos por la contaminación atmosférica. Efectos de la contaminación atmosférica sobre la salud humana. Efectos sobre las plantas. Efectos sobre los materiales. Efectos globales de la contaminación atmosférica.
Tema 43. Los Residuos Sólidos Urbanos. Definición. Producción. Composición y características.
Tema 44. Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos. Pre-recogida. Recogida y transporte. Vehículos de recogida. Sistemas de recogida. Plantas de transferencia.
Tema 45. Gestión de los Residuos Sólidos Urbanos. Tratamiento. Vértido controlado. Incineración. Reciclaje. Compostaje.
Tema 46. Gestión de Residuos Especiales. Residuos
Hospitalarios. Escombros o residuos inertes. Muebles y enseres inservibles. Vehículos abandonados.
Tema 47. El agua como recurso. Agua superficial y subterránea. Normativa española sobre calidad del agua.
Tema 48. Las aguas subterráneas. El medio subterráneo. Flujo del agua en los acuíferos. Ambiente químico.
Tema 49. Contaminación de las aguas subterráneas.
Almacenamiento y vertido de las sustancias sólidas. Descarga y almacenamiento de residuos líquidos. Actividades agrícolas y otras actividades planificadas. Otras fuentes de contaminación.
Tema 50. Contaminación del agua de origen urbano. Organismos patógenos presentes en las aguas residuales domésticas. Normas sanitarias para riego con aguas residuales.
Tema 51. Depuración de aguas residuales. Pretratamiento. Tratamiento primario. Tratamiento secundario. Desinfectación.
Tema 52. Tratamiento de lodos y recuperación de energía. Tratamientos terciarios. Absorción. Cambio iónico. Procesos de separación por membranas.
Tema 53. Los Residuos tóxicos y peligrosos. Circunstancias que determinan la necesidad de gestión del residuo. Tipos de residuos peligrosos. Constituyentes que dan a los residuos su carácter peligroso. Características de los residuos tóxicos y peligrosos.
Tema 54. Las técnicas de tratamiento de los residuos tóxicos y peligrosos. La incineración. La planta de tratamiento físico- químico. Depósitos de seguridad.
Tema 55. Reglamentación de Ruidos y Vibraciones. Límites admisibles. Criterios de Confort. Análisis frecuencial. Mapas de ruidos.
Tema 56. Equipos de medida de ruidos y vibraciones. Sonómetros. Calibrador. Actualizadores espectrales. Acelerómetros. Medidas de ruidos producidos por motocicletas. Limitadores acústicos. Clases de limitadores.
Tema 57. Instalaciones de Protección contra incendios.
Instalaciones de detección, alarma y extinción. Instalaciones de alumbrado de emergencia. Ascensor de emergencia.
Tema 58. Compartimentación, evacuación y señalización.
Compartimentación en sectores de incendio. Restricciones de la ocupación. Cálculo de la ocupación. Evacuación. Escalera de incendios. Señalización e iluminación.
Tema 59. Reglamento de Servicio Público de Gases Combustibles.
Tema 60. Reglamento sobre Gases Licuados del Petróleo.
Instalaciones y almacenamiento de GLP en depósitos fijos y almacenamiento y suministro a granel.
Huéscar, 6 de septiembre de 2000.- El Alcalde-Presidente, José García Giralte; La Secretaria, M.ª Luisa Calvo Moya.
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