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Vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión Provincial de Precios de Cádiz, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados,
DISPONGO
Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
ASOCIACION DE «ISLA TAXI¯. SAN FERNANDO (CADIZ)
Tarifas autorizadas
Concepto IVA incluido
Tarifa base
Bajada de bandera 143
km recorrido 77
Hora de espera 1.854
Carrera mínima 375
Suplementos
Por cada maleta o bulto de más de 60 cm 54 Días festivos 85
Servicios nocturnos 85
Servicios especiales
Ferias y patronos 25% sobre lo marcado en el taxímetro
Otros suplementos
San Carlos (sólo zona militar) 59
Bazán, Carraca, Clica 132
Camposoto (zona militar) 59
Esta Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
La presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida, potestativamente, en reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo con sede en Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117, en relación con el artículo 48 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en los artículos 10 y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de marzo de 2000
MAGDALENA ALVAREZ ARZA
Consejera de Economía y Hacienda
en funciones
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