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I. La Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, desarrolla una serie de mecanismos jurídico- administrativos y de conocimiento, cuyo objetivo es facilitar, esencialmente, la labor tutelar de la Administración de la Comunidad Autónoma sobre el Patrimonio Histórico de Andalucía.
Desde esta perspectiva y con el fin de lograr una protección individualizada de los bienes que constituyen este Patrimonio, la citada Ley crea el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación de los mismos.
La formación y conservación del Catálogo queda atribuida a la Consejería de Cultura, a la que compete la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.
Se propone la inscripción específica en dicho Catálogo General de la Casa de Diego Martínez Vadillos, sita en la Calle Maestra, 44, de Mancha Real (Jaén), con arreglo a la tipología prevista en los artículos 26 y 27.1 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, como Monumento.
La Casa de Diego Martínez Vadillos o Casa de la Inquisición es uno de los pocos ejemplares de arquitectura del siglo XVII que quedan en Mancha Real (Jaén). Une a sus valores históricos y a su singularidad interés arquitectónico y tipológico en una edificación cuya voluntad monumental se expresa en su noble portada, atribuida al arquitecto de la fachada de la catedral de Jaén, Eufrasio López de Rojas.
Vista la propuesta del Servicio de Protección del Patrimonio Histórico, y de conformidad con lo establecido en el artículo
9.1 y 9.2 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, y en el ejercicio de sus competencias según lo establecido en el artículo 5.1 del Decreto 4/1993, de
26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, y el artículo 5 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, esta Dirección General
HA RESUELTO
Primero. Incoar el procedimiento para la inscripción, con carácter específico, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Monumento, de la Casa de Diego Martínez Vadillos, sita en la Calle Maestra, 44, de Mancha Real (Jaén), cuya identificación, descripción y delimitación literal y gráfica figuran como Anexo a la presente Resolución.
Segundo. Proceder a la elaboración de las Instrucciones Particulares establecidas en el artículo 11 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía.
Tercero. Proceder, de acuerdo con el artículo 9.4 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, a la anotación preventiva de dicho inmueble en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.3 esta anotación preventiva determina la aplicación provisional del régimen de protección correspondiente a la inscripción específica.
Cuarto. Concretar, conforme el artículo 29 de la Ley de Patrimonio Histórico de Andalucía, tanto el bien objeto central de protección como su entorno provisional, según figura en el Anexo de esta Resolución.
Quinto. Según lo previsto en el artículo 15 de la Ley 1/1991, de 3 de julio, de Patrimonio Histórico de Andalucía, los propietarios, titulares de derechos o simples poseedores del bien tienen el deber de conservarlo, mantenerlo y custodiarlo de manera que se garantice la salvaguarda de sus valores. Asimismo, deberán permitir su inspección por las personas y órganos competentes de la Junta de Andalucía, así como su estudio por los investigadores acreditados por la misma.
Sexto. Comunicar al Ayuntamiento de Mancha Real (Jaén) que, según lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley antes indicada, será necesario obtener previa autorización de la Consejería de Cultura, además de las restantes licencias o autorizaciones que fueran pertinentes, para realizar cualquier cambio o modificación que los particulares o la propia Administración deseen llevar a cabo en bienes inmuebles objeto de inscripción específica o su entorno, bien se trate de obras de todo tipo, cambio de uso o de modificaciones en los bienes muebles, en la pintura, en las instalaciones o en los accesorios recogidos en la inscripción.
La aplicación del régimen de protección previsto por esta Ley a inmuebles sobre los que se están desarrollando actuaciones en el momento de incoarse el procedimiento para su
catalogación determinará la suspensión de las actividades hasta tanto se obtenga la autorización de la Consejería de Cultura, independientemente de los permisos o licencias que hubieran sido concedidas con anterioridad.
La denegación de la autorización llevará aparejada la
necesidad de proceder a la revocación total o parcial de la licencia concedida.
Sevilla, 15 de enero de 2002.- El Director General, Julián Martínez García.
A N E X O
IDENTIFICACION
Denominación: Casa de Diego Martínez Vadillos.
Otras denominaciones: Casa de la Inquisición.
Provincia: Jaén.
Localidad: Mancha Real.
Dirección: C/ Maestra, 44.
DESCRIPCION
La casa, de la que no se conservan varias dependencias, presenta una fachada, muy característica del momento de su construcción, en la que destacan la portada de piedra y la galería de arcos de medio punto de la planta superior. La portada, descentrada respecto a la longitud de la fachada, ofrece vano de medio punto enmarcado por doble moldura y entre pilastras estriadas que apoyan en altos basamentos. Sobre el arco corre un entablamento y un frontón recto partido que contiene un escudo con motivos vegetales y una imagen de la Inmaculada. Un hueco, protegido con reja de tipo cajón, se ubica sobre la portada.
En su interior se estructura, actualmente, en tres crujías, una orientada a fachada y las otras dos al patio existente en la parte posterior. En la planta baja y primera crujía se encuentran zaguán, vestíbulo y estancia; en la segunda está la salida al patio y el arranque de la escalera, de notable amplitud; en la tercera se encuentran la cocina y otras dependencias de servicio. En la planta primera se disponen varias estancias y, desde ella, se accede por una escalera secundaria a las cámaras que, en fachada, se ofrecen con la galería de arcos antes mencionada.
DELIMITACION DEL BIEN
Queda afectada por la incoación la totalidad de la parcela 03 de la Manzana 60234 del Plano Catastral de 1999.
DELIMITACION DEL ENTORNO
El entorno comprende las parcelas, inmuebles, elementos y espacios públicos y privados que, siguiendo el plano catastral vigente, se detallan a continuación y que se representan gráficamente en el «Plano de delimitación del inmueble y su entorno¯:
Con el entorno delimitado para la Casa de Diego Martínez Vadillos se pretende, por un lado, proteger las visuales del inmueble a lo largo de la calle Maestra y, por otra, la tutela de los edificios colindantes para evitar la pérdida de los valores ambientales del caserío cercano al bien.
ESPACIOS PRIVADOS
Manzana 60257: Parcelas 26, 27 y 28.
Manzana 60235: Parcelas 01 y 02.
Manzana 60251: Parcelas 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30.
Manzana 60234: Parcelas 01, 02, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10,
29, 30, 31 y 32.
Manzana 59258: Parcelas 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30.
Manzana 59235: Parcelas 01, 02, 03, 04, 05 y 06.
ESPACIOS PUBLICOS
C/ Maestra.
C/ Cervantes.
C/ Sancho.
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