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Visto el expediente tramitado por doña Consuelo Massé Pérez, como representante de la Compañía Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl, titular del centro docente privado "Virgen Milagrosa", con domicilio en Avda. Pino Montano,-A, Sevilla, solicitando modificar la autorización de enseñanzas concedida por Orden de 19 de febrero de 1998 (BOJA
de 26 de marzo), por reducción de cuatro unidades de Bachillerato y autorización de un Ciclo Formativo de Formación Profesional Específica de Grado Superior de Educación Infantil.
Resultando que en el expediente de modificación de la autorización han recaído informes favorables del Servicio de Inspección de Educación y del Departamento Técnico del Servicio de Programas y Obras de la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla, como se contempla en el artículo 9, punto 4, del Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Resultando que, por Orden de 19 de febrero de 1998, el citado centro con número de código 41006572, tiene autorización para impartir: a) Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades para
240 puestos escolares. b) Bachillerato: 12 unidades para 420 puestos escolares en las modalidades de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud y Humanidades y Ciencias Sociales.
Funcionan en régimen de concierto educativo ocho unidades de Educación Secundaria Obligatoria, cuatro unidades de Bachillerato y una unidad de Programas de Garantía Social.
Vistos: La Constitución Española; la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación; la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes; la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo; la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre (BOE del 10), por el que se establecen los requisitos mínimos de los Centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general; el Real Decreto 777/1998, de 30 de abril (BOE de 8 de mayo), por el que se desarrollan determinados aspectos de la ordenación de la formación profesional en el ámbito del sistema educativo; el Real Decreto 827/2003, de 27 de junio (BOE del 28), por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del Sistema Educativo, establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, modificado por el Real Decreto 1318/2004, de 28 de mayo (BOE del 29); el Real Decreto 2059/1995, de 22 de diciembre (BOE de 22 de febrero de 1996), por el que se establece el título de Técnico Superior en Educación Infantil y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Decreto
109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20), sobre autorizaciones de Centros Docentes Privados, para impartir Enseñanzas de Régimen General, y demás normas de vigente aplicación.
Esta Consejería de Educación ha dispuesto:
Primero. Autorizar la modificación solicitada de la autorización de enseñanzas al centro docente privado de educación secundaria "Virgen Milagrosa" de Sevilla, y como consecuencia de ello, establecer la configuración definitiva del mismo que se describe a continuación:
Denominación genérica: Centro de Educación Secundaria.
Denominación específica: "Virgen Milagrosa".
Titular: Compañía Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.
Domicilio: Avda. Pino Montano, núm. 21.
Localidad: Sevilla.
Municipio: Sevilla.
Provincia: Sevilla.
Código: 41006572.
Enseñanzas que se autorizan:
a) Educación Secundaria Obligatoria: 8 unidades.
- Puestos escolares: 240.
b) Bachillerato:
- Modalidad de Ciencias y Tecnología: 4 unidades.
Puestos escolares: 140.
- Modalidad de Humanidades y Ciencias Sociales: 4 unidades.
Puestos escolares: 140.
c) Ciclos Formativos de Formación Profesional Específica de Grado Superior:
- Educación Infantil:
Núm. Ciclos: 1.
Grupos: 2.
Puestos escolares: 46.
Transitoriamente y hasta que se implanten las enseñanzas correspondientes al Bachillerato, en la modalidad de Ciencias y Tecnología, de acuerdo con el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo establecida por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, el centro podrá impartir en las unidades autorizadas de dicha modalidad las enseñanzas correspondientes a la modalidad de Ciencias de la Naturaleza y de la Salud (4 unidades para 140 puestos escolares) del Bachillerato establecido en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre.
Segundo. Esta Orden se inscribirá en el Registro de Centros Docentes, regulado por el Decreto 151/1997, de 27 de mayo.
Tercero. El Centro no podrá sobrepasar el número de puestos escolares fijados para el mismo.
Cuarto. La autorización surtirá efectos de la forma que previene el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Quinto. La titularidad del Centro remitirá a la Delegación Provincial de la Consejería de Educación en Sevilla la
relación del profesorado del centro con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía
administrativa, cabe interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de
26 de noviembre, modificados por la Ley 4/1999, o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso
Administrativa.
Sevilla, 31 de agosto de 2005
CANDIDA MARTINEZ LOPEZ
Consejera de Educación
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