Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 180 de 15/09/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 10 de agosto de 2006, del Ayuntamiento de Lucena, Gerencia Municipal de Urbanismo, de bases para la selección de plaza de Administrativo.

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BASES QUE HAN DE REGIR EN EL CONCURSO OPOSICION CONVOCADO POR LA GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO DE LUCENA (CORDOBA) PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD MEDIANTE PROMOCION INTERNA DE UNA PLAZA DE ADMINISTRATIVO (TESORERIA)

Es objeto de la presente convocatoria la selección de personal para la provisión en propiedad de una plaza de Administrativo (Tesorería), incluida en la Oferta de Empleo Público de 2006 con arreglo a las siguientes:

B A S E S

Primera. Denominación, naturaleza y características de la plaza.

- Denominación: Administrativo (Tesorería).

- Número de plazas: Una (núm. 14 de la RPT).

- Escala: Administración General.

- Subescala: Administrativa.

- Clase: C.

- Nivel de complemento de destino: 22.

- Titulación: BUP, Formación Profesional de 2.º Grado o equivalente.

La presente convocatoria estará sometida a las siguientes normas:

Segunda. Forma de provisión.

La plaza objeto de esta Convocatoria se proveerá mediante concurso oposición.

Tercera. Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la misma todos los interesados que reúnan los siguientes requisitos:

3.1. Tener la condición de funcionario en propiedad de esta Gerencia Mpal. de Urbanismo de Lucena y haber prestado al menos 2 años de servicio efectivo en el grupo de clasificación D, Subescala Auxiliar, escala de Administración General antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

3.2. Estar en posesión del título de BUP, FP de 2.º Grado o equivalente o hallarse en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Solicitudes.

La instancia solicitando ser admitido al presente concurso oposición habrá de expresar que el aspirante reúne las condiciones exigidas en esta convocatoria.

A la instancia se adjuntarán los documentos acreditativos de los méritos alegados, conforme al baremo que se establece la base séptima. El Tribunal no valorará méritos que no estén acreditados documentalmente el día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

Igualmente se adjuntará resguardo acreditativo de haber ingresado los derechos de examen y que ascienden a un importe total de 30 E.

Las referidas instancias deberán ser dirigidas al Sr. Presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo de Lucena y podrán presentarse:

- En el Registro de entrada de documentos de este Organismo, sito en Pasaje Cristo del Amor, núm. 1, 1.ª planta, C.P. 14900, Lucena, en horario de 9,00 a 14,00 horas.

- En el Registro del Excmo. Ayuntamiento de Lucena, así como en el Registro de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado o a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas.

- En las oficinas de Correos, en la forma determinada en sus reglamentos.

- En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Quinta. Lista de admitidos y excluidos.

Para ser admitido bastará con que los aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen los requisitos exigidos en las bases de esta convocatoria, referidos éstos a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Finalizado el plazo de presentación de instancias, el Presidente de la Gerencia Municipal de Urbanismo dictará resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos. En dicha Resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicarán los lugares en que se encuentran expuestos al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, concediéndose de conformidad con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, un plazo de diez días para que los aspirantes excluidos puedan subsanar o completar su documentación, con los efectos administrativos previstos en dicho precepto.

En la misma Resolución se expresará el lugar, fecha y hora en que dará comienzo la práctica de las sucesivas pruebas, sin que entre la terminación de una y el comienzo de la siguiente puedan mediar menos de setenta y dos horas ni más de cuarenta y cinco días naturales.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, se establece la exención de aquellos conocimientos acreditados suficientemente en las pruebas de ingreso como funcionario de carrera.

Subsanados en su caso los defectos que hubiesen sido apreciados, la lista definitiva de admitidos y excluidos se expondrá en el tablón de anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo y en el del Excmo. Ayuntamiento.

La publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.

Sexta. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Gerencia, o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un funcionario, de igual o superior categoría a la plaza convocada, designado por el Sr. Presidente.

Un representante de la Junta de Andalucía.

Un representante de los Delegados de Personal de este Organismo.

Un Consejero del grupo político municipal PSOE.

Secretario: El de esta Gerencia de Urbanismo de Lucena, que actuará con voz pero sin voto.

La determinación concreta de los miembros del Tribunal, así como la de los suplentes, se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con la Resolución a que se hace referencia en la base quinta.

Los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a la plaza convocada.

Los miembros del Tribunal deberán de abstenerse de intervenir, notificándolo, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de la circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Tanto para que el Tribunal quede válidamente constituido como para su actuación, se requerirá la presencia de, al menos la mitad de sus vocales, titulares o suplentes indistintamente, más la del Presidente y Secretario o quienes les sustituyan.

Los miembros del Tribunal son personalmente responsables del estricto cumplimiento de las bases de la convocatoria y de la sujeción a los plazos establecidos para la realización y valoración de los méritos y para la publicación de los resultados.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas.

Séptima. Desarrollo del concurso-oposición.

El concurso-oposición constará de dos fases diferenciadas; primero se celebrará la fase de concurso y después la de oposición.

7.1. Fase de concurso. (Puntuación máxima a alcanzar, 27 puntos).

Constituido el Tribunal, procederá en primer lugar a la valoración de los méritos alegados por los aspirantes conforme al siguiente baremo:

A) Experiencia profesional. (Máximo a obtener 18 puntos).

- Por cada año o fracción de seis meses de servicios prestados como Auxiliar Administrativo en esta Gerencia de Urbanismo de Lucena: 2 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.

- Por cada año o fracción de seis meses de servicios prestados como Administrativo en esta Gerencia de Urbanismo de Lucena: 1 punto, hasta un máximo de 6 puntos.

- Por cada año o fracción de seis meses de servicios prestados como funcionario en cualquier Administración Pública: 0,5 puntos, hasta un máximo de 6 puntos.

B) Formación. (Máximo a obtener 9 puntos).

- Por cada curso realizado en cualquier Administración Pública con una duración entre 10 y 29 horas: 0,50 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

- Por cada curso realizado en cualquier Administración Pública con una duración entre 30 y 59 horas: 1,00 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

- Por cada curso realizado con una duración entre 60 y 100 horas: 1,50 puntos, hasta un máximo de 3 puntos.

Todos los cursos deberán estar relacionados con la actividad administrativa a desarrollar.

7.2. Fase de oposición. (Puntuación máxima a alcanzar, 60 puntos).

Constará de dos ejercicios, obligatorios y eliminatorios y serán los siguientes:

Primer ejercicio: Consistirá en contestar a 50 preguntas de un cuestionario tipo test sobre el temario incluido en el Anexo de esta convocatoria.

Segundo ejercicio: De tipo práctico, los aspirantes deberán desarrollar un supuesto determinado por el Tribunal y relacionado con el puesto de trabajo a desempeñar.

Octava. Calificación de los ejercicios.

Cada ejercicio será calificado hasta un máximo de treinta puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de quince puntos en cada uno de ellos.

El orden de clasificación definitiva estará determinado por la suma de puntuaciones obtenidas en el conjunto de los ejercicios, más la puntuación alcanzada en la fase de concurso. En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de concurso.

Novena. Publicidad de las calificaciones.

La calificación otorgada se hará pública en el tablón de anuncios de esta Gerencia de Urbanismo de Lucena, así como en el del Excmo. Ayuntamiento.

Décima. Propuesta de nombramiento.

El Tribunal no podrá declarar que han superado el proceso selectivo un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, y elevará la correspondiente relación a la Presidencia de la Gerencia, a efectos del nombramiento del aspirante propuesto; no suponiendo bajo ningún concepto que las puntuaciones obtenidas, sean las que fueren, otorguen ningún derecho a los restantes aspirantes.

Undécima. Aportación de documentos.

El aspirante presentará ante esta Gerencia -Area de Secretaría y Administración-, dentro del plazo de veinte días naturales, a partir de la publicación de la lista de aprobados, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en esta convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, y salvo casos de fuerza mayor, el interesado no presentare la documentación, o de la misma se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado.

Duodécima. Nombramiento.

Finalizado el período de aportación de documentos, el Sr. Presidente de la Gerencia efectuará el correspondiente nombramiento.

Décimotercera. Juramento.

Una vez efectuado el nombramiento, antes de la toma de posesión, el nombrado deberá prestar juramento o promesa en la forma legalmente prevenida.

Décimocuarta. Toma de posesión.

El interesado deberá tomar posesión dentro del plazo de tres días, a contar desde el día de la fecha de notificación del nombramiento.

Décimoquinta. Resoluciones del Tribunal: Impugnaciones.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los artículos 102 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en cuyo caso habrán de practicarse nuevamente pruebas o trámites afectados por la irregularidad.

También la presente convocatoria y sus bases, así como los actos administrativos que se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, anteriormente mencionada.

Décimosexta. Clasificación del Tribunal.

El Tribunal Calificador tendrá la categoría tercera, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de de mayo, sobre indemnización por razón de servicio.

ANEXO I

Tema 1. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: Especial referencia a la Ley y a los Reglamentos.

Tema 2. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación.

Tema 3. Eficacia de los actos administrativos. Ejecutividad, suspensión, validez e invalidez de los actos administrativos. Convalidación, conservación y conversión.

Tema 4. El procedimiento administrativo: Concepto y clases. Principios informadores.

Tema 5. Fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y terminación. Silencio administrativo.

Tema 6. Revisión de los actos administrativos. Revisión de oficio. Los recursos administrativos: Principios generales. El recurso de alzada. El recurso potestativo de reposición. El recurso extraordinario de revisión. El recurso económico-administrativo.

Tema 7. Los contratos administrativos en la esfera local. La selección del contratista. Las garantías.

Tema 8. Ejecución, modificación y suspensión de los contratos administrativos. La revisión de precios. Invalidez de los contratos. Extinción de los contratos.

Tema 9. Los bienes de las Entidades Locales. Clases de bienes. El dominio público y su utilización o protección. El patrimonio privado de las mismas.

Tema 10. La intervención administrativa en la propiedad privada. La expropiación forzosa. Concepto.

Tema 11. El servicio Público local. Modos de gestión. Especial mención a la gestión directa.

Tema 12. La actividad de Policía: Las Licencias Municipales: Concepto, régimen jurídico y procedimiento de otorgamiento.

Tema 13. Ordenanzas, Reglamentos y Bandos. Procedimientos de elaboración y aprobación. Infracciones.

Tema 14. El personal al servicio de la Entidad Local: Funcionarios, personal eventual y personal laboral.

Tema 15. Régimen jurídico del personal funcionario de las Entidades Locales: Derecho, deberes y Régimen disciplinario.

Tema 16. Situaciones administrativas. Derechos económicos. Seguridad Social. Incompatibilidades.

Tema 17. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Ordenanzas Fiscales.

Tema 18. Los recursos de las Entidades Locales. Impuestos, Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Tema 19. El Presupuesto: Concepto, principios presupuestarios. Procedimiento de aprobación del Presupuesto Local. Estructura. Modificaciones presupuestarias. Gestión presupuestaria. Liquidación del Presupuesto de las Entidades Locales.

Tema 20. El gasto público local: Concepto y régimen legal. Ejecución de los gastos públicos. Contabilidad y cuentas.

Lucena, 10 de agosto de 2006.- El Vicepresidente, Juan Torres Aguilar.

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