Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 35 de 21/02/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 2 de febrero de 2006, de la Universidad de Granada, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión, en aplicación del artículo 15 y de la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

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En cumplimiento de lo dispuesto en la disposición transitoria decimoquinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto ("Boletín Oficial del Estado" del 3), de Medidas Urgentes para la Reforma de la Función Pública, adicionada por la Ley/1988, de 28 de julio ("Boletín Oficial del Estado" del 29), en uso de la autorización contenida en el artículo 37.1 de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 28), de los Presupuestos Generales del Estado para 1991, y de conformidad con el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991 ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril), sobre la aplicación del artículo 15 y disposición transitoria decimoquinta de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y de los artículos 39, 33 y 32 de las Leyes de Presupuestos Generales del Estado para los años 1989, 1990 y 1991.

Este Rectorado, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.2.e), de la misma norma, así como en el artículo 157 de los Estatutos de esta Universidad, aprobados por Decreto 325/2003, de 25 de noviembre, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía y publicados en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" número 236, de 9 de diciembre, ha resuelto convocar pruebas selectivas para ingreso en la Escala de Gestión de la Universidad de Granada, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 2 plazas de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada, de conformidad con lo establecido en el artículo 37 de la Ley/1990, de Presupuestos Generales del Estado para 1991, por el sistema "plazas afectadas por el artículo 15 de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública".

Las plazas convocadas, en el caso de no ser cubiertas, no podrán ser acumuladas a ningún otro turno de acceso.

1.2. A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía desarrollada por Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, los Estatutos de la Universidad de Granada, el Reglamento del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Granada, y, con carácter supletorio, el Acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de marzo de 1991, hecho público por Orden del Ministerio para las Administraciones Públicas ("Boletín Oficial del Estado" de 1 de abril), y lo dispuesto en esta convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de oposición y fase de concurso con las valoraciones, pruebas y puntuaciones que figuran en el Anexo I de esta Resolución.

1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.1.5. Los aspirantes que superen las pruebas selectivas quedarán destinados en los puestos de trabajo de personal funcionario en que ese puesto se haya convertido, y deberá permanecer en el mismo durante un plazo mínimo de dos

años, siéndole de aplicación lo dispuesto en el artículo 20.1.f) de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

1.6. Las pruebas selectivas se desarrollarán con arreglo al siguiente calendario:

El primer ejercicio se iniciará a partir del 1 de mayo de 2006. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la Resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de aspirantes admitidos y excluidos.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que en virtud de los tratados internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores en los términos en que ésta se halle definida en Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos los dieciocho años.

c) Estar en posesión del título de Diplomado, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que termine el plazo de presentación de solicitudes.

d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

f) Ser titular de un puesto que haya sido clasificado en la Relación de Puestos de Trabajo como "ocupado por personal laboral" y adscrito a la Escala correspondiente.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y gozar de los mismos hasta la toma de posesión como funcionarios de carrera.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia que será facilitada gratuitamente, en el Servicio de Personal de la Universidad de Granada (edificio Santa Lucía, C/ Santa Lucía s/n, Granada). A la instancia se acompañarán dos fotocopias del documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento de identificación suficiente, en caso de no ostentar la nacionalidad española presentará fotocopia simple del documento identificativo del país al que pertenece el solicitante.

3.1.1. Igualmente, los aspirantes, deberán acompañar certificación que será expedida por el Servicio de Personal de la Universidad de Granada, acreditativa de que el puesto del que es titular el interesado ha sido clasificado como reservado a personal funcionario y adscrito a la Escala correspondiente a esta convocatoria.

3.2. La presentación de solicitudes (ejemplares 1 y 2 del modelo de solicitud "para la Universidad"), se hará en el Registro General de la Universidad, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", y se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la Universidad de Granada.

3.3. Los aspirantes que padezcan alguna discapacidad podrán indicarlo en el recuadro correspondiente de la solicitud y, en su caso, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización del ejercicio en el que esta adaptación sea necesaria.

3.4. Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad de Granada dictará resolución en el plazo máximo de un mes, que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" y en la que además de declarar aprobada la lista de admitidos y excluidos, se recogerá el lugar y la fecha de comienzo de los ejercicios, así como la relación de los aspirantes excluidos con indicación de las causas de exclusión. En la lista deberá constar, en todo caso, los apellidos, nombre y número de documento nacional de identidad.

4.2. Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión.

5. Tribunal Calificador.

5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas estará constituido por los miembros que se especifican en el Anexo III.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellos algunas de las circunstancias previstas en el artículo 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el art. 28.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía", Resolución por la que se nombra a los nuevos miembros del Tribunal que habrán de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base anterior.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y del Secretario o, en su caso, de quienes los sustituyan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes.

5.6. Durante el desarrollo de las pruebas, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose, dichos asesores, a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad.

Igualmente, y cuando, por el número de aspirantes, en el proceso de desarrollo de ejercicios lo requiera, el Tribunal podrá designar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios.

5.8. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulten necesario, de forma que los aspirantes con minusvalía gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes, en este sentido se establecerá, para las personas con minusvalía que lo soliciten en la forma prevista en la base 3.3, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.

5.9. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la oposición, sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.

5.10. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Servicio de Personal, Edificio Santa Lucía (C/ Santa Lucía, núm. 2), teléfono 958.El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atenderá cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría tercera de las recogidas en el Anexo V del Real Decreto 54/1989, de 21 de marzo (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará, en su caso, por sorteo efectuado por el Tribunal.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas deberán hacerse públicas por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las pruebas anteriores y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con doce horas, al menos, de antelación del comienzo de las mismas si se trata del mismo ejercicio, o de veinticuatro horas, si es nuevo ejercicio.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad de Granada, comunicándole asimismo las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

Contra la exclusión, el aspirante podrá interponer recurso ordinario ante la misma autoridad indicada en el párrafo anterior.

7. Listas de aprobados.

7.1. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública en el Rectorado y en aquellos lugares que estime oportuno la relación de aspirantes aprobados por orden de puntuación alcanzada, con indicación de su Documento Nacional de Identidad. Dicha relación contendrá la puntuación obtenida en fase de oposición y de concurso.

Dicha relación será elevada al Rector de la Universidad de Granada para su conformidad, remitiéndose para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

El número de aprobados en las pruebas selectivas no podrá ser superior al de plazas convocadas.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios.

8.1. En el plazo de veinte días naturales a contar desde la publicación en el Rectorado de la Universidad de las relaciones de aprobados a que se refiere la base anterior, los opositores que figuren en las mismas, deberán presentar en el Servicio de Personal copia compulsada de aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala Administrativa de la Universidad de Granada, a excepción de aquellos que obren ya en poder del citado Servicio como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionario de carrera.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentaran la documentación o, del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. Por la autoridad convocante, vista la propuesta del Tribunal calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera, mediante resolución que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

9. Norma final.

9.1. Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se halla facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases, así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

9.2. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el mismo órgano que lo ha dictado, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Asimismo, los interesados podrán interponer recurso de alzada contra los actos del Tribunal calificador de las pruebas, ante el Rector de la Universidad, en los términos previstos en los artículos 114 y concordantes de la mencionada ley.

9.3. Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las Resoluciones del Tribunal conforme a lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 2 de febrero de 2006.- El Rector, David Aguilar Peña.

ANEXO I

PROCESO SELECTIVO

El proceso selectivo constará de fase de oposición y fase de concurso. Los puntos de la fase de concurso no podrán aplicarse para superar la fase de oposición.

Fase oposición: La fase de oposición estará formada por los siguientes ejercicios, siendo estos eliminatorios:

Primer ejercicio. Consistirá en contestar un cuestionario de preguntas con respuesta alternativa, basado en el contenido del programa de estas pruebas selectivas que figura como Anexo I a esta convocatoria.

El cuestionario estará compuesto por preguntas con respuestas múltiples, siendo sólo una de ellas correcta.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Segundo ejercicio. Consistirá en la realización de cuatro supuestos prácticos con la siguiente distribución:

a) Dos supuestos del Bloque General (I. "Ordenamiento Jurídico" y II. "Gestión Universitaria"), debiendo realizar uno.

b) Dos supuestos del Bloque Específico (III. "Régimen Económico y Financiero" y IV. "Recursos Humanos"), debiendo realizar uno de cada módulo.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos para superarlo.

Fase de concurso: Finalizada la fase de oposición, tendrá lugar la fase de concurso. Tan sólo participarán en esta fase aquellos aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

Para que el Tribunal valore los méritos, será requisito necesario que los aspirantes aporten la justificación documental de los méritos que quieran hacer valer en la fase de concurso en el plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las puntuaciones de la fase de oposición, en instancia que será facilitada por el Servicio de Personal de la Universidad.

La valoración de los méritos se realizará de la siguiente forma:

Antig³edad: Se valorarán a estos efectos los servicios prestados hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, según los siguientes criterios, hasta un máximo de 20 puntos:

Por servicios prestados en la Universidad de Granada: 1/365 puntos/día.

Por servicios reconocidos en Administración diferente a la Universidad de Granada: 0,5/365 puntos/día.

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación final de la fase de oposición, a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. La puntuación de esta fase no podrá ser aplicada para superar los ejercicios de la fase de oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Si persistiese el empate, se resolverá atendiendo a la mayor antig³edad en la Universidad de Granada.

ANEXO II

P R O G R A M A

BLOQUE GENERAL

I. Ordenamiento jurídico

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y contenido. Organización del Estado.

Tema 2. La Unión Europea. Los tratados originarios y modificativos. Principales Instituciones.

Tema 3. La Administración Pública y el Derecho. El Principio de Legalidad. Potestades Regladas y Potestades Discrecionales. Los Conceptos Jurídicos Indeterminados. El control legislativo, jurisdiccional y político de la Administración.

Tema 4. Los Organos Administrativos. Principios de Organización. La competencia como técnica de organización administrativa.

Tema 5. Las fuentes del Derecho Administrativo. Concepto y clase. Jerarquía normativa. La Constitución y las Leyes, Leyes Orgánicas y Leyes Ordinarias, Disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos Leyes y Decretos Legislativos. Tratados Internacionales. Derecho Comunitario: su adecuación al ordenamiento jurídico español.

Tema 6. El Reglamento. Requisitos y forma que deben adoptar los reglamentos. Clases de reglamentos. Fundamento y límites de la potestad reglamentaria. La costumbre, la jurisprudencia y los principios generales del derecho.

Tema 7. Derechos del ciudadano en el procedimiento Administrativo. El interesado. El silencio administrativo y sus efectos.

Tema 8. La responsabilidad de las Administraciones Públicas: Consideraciones generales, presupuestos, requisitos temporales y procedimiento. Responsabilidad de las autoridades y personal.

Tema 9. El Acto Administrativo. Concepto y Caracteres. Elementos. Clases. Notificación y publicación. Distinción entre Acto y Reglamento.

Tema 10. Eficacia y validez del acto administrativo. Nulidad de pleno derecho y anulabilidad, convalidación y conversión. Irregularidades no invalidantes. La Ejecutividad del acto administrativo.

Tema 11. El Procedimiento Administrativo: Concepto, principios generales y clases. Procedimiento Administrativo General: Fases, clases de iniciación y ordenación del procedimiento.

Tema 12. Procedimientos especiales: Tipología. Las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones en vía judicial.

Tema 13. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Objeto, competencia, plazos, motivos de impugnación y procedimiento. Los recursos en la administración universitaria.

Tema 14. La revocación. La revisión de oficio de los actos administrativos. Procesos de lesividad.

II. Gestión universitaria

Tema 15. La Ley Orgánica de Universidades. La Ley Andaluza de Universidades.

Tema 16. El Espacio Europeo de Educación Superior. La Declaración de Bolonia y su desarrollo.

Tema 17. La Universidad de Granada. Régimen Jurídico. Estructura y funciones.

Tema 18. Organos de Gobierno en la Universidad de Granada. Principales funciones.

Tema 19. Los Planes de Estudios: Regulación Legal. Títulos Oficiales y Títulos Propios. El Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.

Tema 20. Planes de Estudios: Estructura y contenidos. Elaboración y homologación de Planes de Estudios.

Tema 21. El acceso a la Universidad. Las pruebas de acceso. La Preinscripción. Supuestos especiales de acceso a segundos ciclos.

Tema 22. Normativa académica de la Universidad de Granada: El Reglamento General sobre adaptaciones, convalidaciones y reconocimiento de créditos. El Reglamento sobre Libre Configuración Curricular y la Normativa de Planificación Docente y de la organización de exámenes.

Tema 23. La investigación en las universidades. Normativa y ordenación institucional. Fuentes de financiación de los proyectos de investigación. Los programas de formación de investigadores.

Tema 24. La acción de las universidades en el extranjero. Los convenios de cooperación académica, científica y cultural. Programas de intercambio.

BLOQUE ESPECIFICO

III. Régimen económico y financiero

Tema 25. Régimen económico y financiero de las universidades. Autonomía económica y financiera.

Tema 26. Financiación de la Universidad de Granada. Ingresos: Concepto y clases. Tasas y precios públicos universitarios. Contratos de investigación.

Tema 27. El presupuesto de la Universidad de Granada. Elaboración y aprobación. Estructura. Las normas de ejecución presupuestaria. Modificaciones presupuestarias.

Tema 28. Ejecución del presupuesto universitario. Gestión del gasto en Sorolla: gastos corrientes y de inversión. Indemnización por razón del Servicio, gastos en moneda extranjera, gastos inventariables.

Tema 29. Control presupuestario: Concepto y clases. El control interno: La función interventora en la Universidad de Granada.

Tema 30. Contratos administrativos en la Administración Pública. Elementos básicos. Procedimiento de contratación. Tipos de contratos. Contrato de obras y contrato de suministros.Tema 31. El patrimonio universitario. Titularidad, administración y disposición: la gestión patrimonial.

IV. Recursos humanos

Tema 32. Planificación de Recursos Humanos. La oferta de empleo público. Los planes de empleo. Las relaciones de puestos de trabajo.

Tema 33. Los funcionarios públicos: Concepto y clases. Selección de los funcionarios públicos. Adquisición de la condición de funcionario.

Tema 34. La carrera administrativa. Sistemas de provisión de puestos. Situaciones Administrativas.

Tema 35. Los convenios colectivos: Concepto. El IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Andalucía.

Tema 36. Los Acuerdos de Homologación del Personal de Administración y Servicios de las Universidades Públicas Andaluzas.

Tema 37. El profesorado universitario: Clases y régimen jurídico general aplicable. Plantillas y plazas de profesorado. Selección del profesorado: Acceso y carrera docente.

Tema 38. Incompatibilidades de los empleados públicos. Régimen disciplinario.

Tema 39. La Seguridad Social: Conceptos Generales. Derechos Pasivos. Mutualismo Administrativo.

Tema 40. Prevención de riesgos laborales. Objetivos de la política de prevención de riesgos laborales. Funciones y competencia de la Administración. Obligaciones de los empresarios y responsabilidad jurídica derivada del incumplimiento de las normas de prevención.

Tema 41. Políticas en materia de igualdad de género. Normativa comunitaria, estatal y autonómica vigente.

ANEXO III

TRIBUNAL CALIFICADOR

El Tribunal calificador de estas pruebas selectivas estará constituido por los siguientes miembros:

Titulares:

Presidente: Don José Jiménez Benavides, Gerente de la Universidad de Granada.

Vocales: Don Juan Manuel León Sánchez, funcionario del Cuerpo Superior de Administración General de la Junta de Andalucía; doña Nuria Garballo Amate, funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta de Andalucía; don José Antonio Arjona Nieto, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada, que actuará como Secretario; y doña Ilse Segovia Barranco, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada.

Suplentes:

Presidente: Don Roberto Gómez Amate, Vicegerente de Recursos Humanos de la Universidad de Granada.

Vocales: Don Bernardo Olmedo Cardenete, funcionario de la Escala Técnica de la Universidad de Granada, destinado en el INSS de Granada; doña Angela Moreno Vida, funcionaria del Cuerpo Superior de Administradores de la Junta de Andalucía; doña María Navarro de la Casa, funcionaria de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada, que actuará como Secretaria; y don José Maldonado Jiménez, funcionario de la Escala de Gestión de la Universidad de Granada.

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