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NIG: 4109100C20040007564.
Procedimiento: J. Verbal (N) 327/2004. Negociado: 3i.
De: BBVA, S.A.
Procuradora: Sra. M.ª Dolores Romero Gutiérrez.
Contra: Don Juan Ignacio Sánchez Sastre y don Jesús Vázquez Vargas.
Procurador: Sr. Pablo Silva Bravo.
E D I C T O
Don Fernando García Campuzano, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla,
Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Juicio Verbal núm. 327/04 a instancias de BBVA, S.A. contra don Jesús Vázquez Vargas y otro, en los que se ha dictado la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
S E N T E N C I A
En la ciudad de Sevilla, a 11 de julio de 2005.
El Ilmo. Sr. don Fernando García Campuzano, Magistrado-Juez de Primera Instancia núm. Dieciocho de Sevilla y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal núm.
327/04-3i, seguidos ante este Juzgado a instancias de BBVA, S.A., representado por la Procuradora doña M.ª Dolores Romero Gutiérrez, y asistido de Letrado, contra don Juan Ignacio Sánchez Sastre y don Jesús Vázquez Vargas, representado el primero de ellos por el Procurador don Pablo Silva Bravo, y asistido de Letrado.
F A L L O
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña María Dolores Romero Gutiérrez, en nombre y representación de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., contra don Juan Ignacio Sánchez Sastre y don Jesús Vázquez Vargas, debo condenar y condeno a éstos a pagar a la actora la cantidad de dos mil quinientos treinta y nueve con veinticinco (2.359,25) E, más los intereses moratorios pactados desde el cuatro de marzo de dos mil tres hasta su total pago, con imposición a don Juan Ignacio Sánchez Sastre de las costas procesales del incidente de oposición y a ambos demandados de las costas del procedimiento.
Contra esta resolución cabe recurso de apelación que se preparará por escrito ante este Juzgado en plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.
Y como consecuencia del ignorado paradero de don Jesús Vázquez Vargas, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Sevilla, 13 de diciembre de 2005.- El Magistrado, La Secretaria.
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