Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 5 de 10/01/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 10 DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1022/2003. (PD. 4853/2005).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20030020254.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1022/2003. Negociado: MB.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Doña Dolores Vidal Aragú.

Procuradora: Sra. Villegas Rodríguez, Marina.

Letrada: Sra. García Alvarez, Trinidad.

Contra: Don Adolfo Doña Salas y Línea Directa Aseguradora Cía Seguros y Reaseguros.

Procuradora: Sr. Anaya Rioboo Antonio y Anaya Rioboo Antonio.

Letrado: Sr. Gonzalo Costas Barcelón y Gonzalo Cotas Barcelón.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el Proced. Ordinario (N) 1022/2003 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Dolores Vidal Aragú contra Adolfo Doña Salas y Línea Directa Aseguradora Cía Seguros y Reaseguros sobre Reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

ENCABEZAMIENTO

En la Ciudad de Málaga, a seis de octubre de dos mil cinco.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia número Diez de los de Málaga, los presentes autos de procedimiento ordinario registrados con el número 1022/03, siendo parte demandante doña Dolores Vidal Aragú representada por la Procuradora Doña Marina Villegas Rodríguez y asistida por la Letrada doña Trinidad García Alvarez, y parte demandada Don Adolfo Doña Salas, en situación procesal de rebeldía, y Línea Directa Aseguradora, S.A., representada por el Procurador don Antonio Anaya Rioboo y asistida del Letrado don Alfonso Ortiz de Miguel, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Marina Villegas Rodríguez en representación de doña Dolores Vidal Aragú contra don Adolfo Doña Salas y "Línea Directa Aseguradora, S.A.", representada esta última por el procurador don Antonio Anaya Rioboo, absolviendo a ambos codemandados de toda pretensión contra ellos formulada de contrario en el presente procedimiento. Todo ello con expresa condena en costas a la parte demandante.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, siendo susceptible de recurso de apelación para ante la Ilustrísima Audiencia Provincial de Málaga, que deberá ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación.

Firme que sea la resolución, llévese el original al Libro de las de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación la sentencia en forma al demandado Adolfo Doña Salas extiendo y firmo la presente en Málaga, a quince de diciembre de dos mil

cinco.El/La Secretario.

Descargar PDF