Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 57 de 24/03/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 3 de marzo de 2006, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Administración, en la Escala de Gestión y en la Escala Administrativa de esta Universidad, mediante el sistema de promoción interna.

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Existiendo en la RPT de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, plazas adscritas a los grupos A/B ocupadas por funcionarios del grupo B, plazas adscritas a los grupos B/C, ocupadas por funcionarios del grupo C y plazas de adscripción indistinta a los grupos C y D ocupadas por funcionarios de grupo D, este Rectorado previa negociación con los representantes de los funcionarios, en uso de las competencias que le están atribuidas por el artículo 20 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en relación con el artículo 2.e) de la misma norma, y con el fin de atender las necesidades de personal de Administración y Servicios, ha resuelto convocar pruebas selectivas para el ingreso en la Escala Superior de Técnicos de Administración, en la Escala de Gestión y en la Escala Administrativa de esta Universidad, por el sistema de promoción interna, con sujeción a las siguientes:

BASES DE LA CONVOCATORIA

1. Normas generales.

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir por el sistema de promoción interna, las siguientes plazas de las Escalas de funcionarios de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla:

6 plazas de la Escala Superior de Técnicos de Administración de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo A).

14 plazas de la Escala de Gestión de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo B).

3 plazas de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Grupo C).

1.2. A las siguientes pruebas selectivas les será de aplicación lo establecido en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y lo dispuesto en la presente convocatoria.

1.3. El proceso selectivo constará de las siguientes fases: Fase de concurso y fase de oposición, con las valoraciones, pruebas, y puntuaciones que se especifican en el Anexo I.

1.4. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el Anexo II de esta convocatoria.

1.5. Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado, serán nombrados funcionarios de la Escala Superior de Técnicos de Administración, de la Escala de Gestión o de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según corresponda.

1.6. El primer ejercicio se iniciará con posterioridad al día 1 de mayo de 2006. La fecha, hora y lugar del mismo se fijarán en la resolución del Rectorado en que se aprueben las listas de admitidos y excluidos.

1.7. Con la Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos se hará pública la relación de aspirantes con la puntuación obtenida en la fase de concurso. Dichas listas deberán ponerse de manifiesto, en todo caso, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

2. Requisitos de los candidatos.

2.1. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:

2.1.1. Estar en posesión de la siguiente titulación académica o legalmente equivalente. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación en España.

- Para la Escala Superior de Técnicos de Administración, estar en posesión del título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o equivalente.

- Para la Escala de Gestión, estar en posesión del título de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente.

- Para la Escala Administrativa, estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años. Alternativamente será equivalente a esta titulación el poseer una antig³edad de diez años en el Cuerpo o Escala del Grupo D, o de cinco años y haber superado un curso específico de formación y reconocido a estos efectos por esta Universidad.

2.1.2. Encontrarse en situación administrativa de Servicio Activo con destino en la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla y:

- Para la Escala Superior de Técnicos de Administración: Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas adscritos al grupo B y poseer una antig³edad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca. Los servicios reconocidos al amparo de la ley 70/1978, de 26 de diciembre, no serán computables a los efectos de antig³edad previstos en este apartado.

- Para la Escala de Gestión: Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas adscritos al grupo C y poseer una antig³edad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, no serán computables a los efectos de antig³edad previstos en este apartado.

- Para la Escala Administrativa: Pertenecer a alguno de los Cuerpos o Escalas adscritos al grupo D y poseer una antig³edad de, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala a que pertenezca. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, no serán computables a los efectos de antig³edad previstos en este apartado.

A estos efectos, se considerarán asimilados a la situación de Servicio Activo la situación de excedencia por cuidado de hijos y la situación de servicios especiales.

2.1.3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las correspondientes funciones.

2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

3. Solicitudes.3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en instancia (Anexo III), que será facilitada en el Registro General (Area de Asuntos Generales) de esta Universidad.

3.2. Los aspirantes, al objeto de puntuación en la fase de concurso, deberán presentar certificación expedida por la Oficina de Gestión del PAS (Area de Recursos Humanos) de esta Universidad, acreditativa de las condiciones estipuladas en el Anexo I de esta convocatoria.

Asimismo, podrán aportar cuanta documentación estimen oportuna para la mejor valoración de los extremos contenidos en las presentes bases de la convocatoria.

3.3. La presentación de solicitudes se hará en el Registro General de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Ctra. de Utrera, Km 1, 41013 - Sevilla) o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y se dirigirán al Excelentísimo Señor Rector Magnífico de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

3.4. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

3.5. Los aspirantes quedan vinculados a los datos y documentación que hayan hecho constar o aportado en sus solicitudes, pudiendo únicamente solicitar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

4. Admisión de aspirantes.

4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, el Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas selectivas. En dicha Resolución, que será publicada en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, constarán los apellidos, nombre y número del documento nacional de identidad de los candidatos, con indicación expresa de la causa de exclusión, así como la fecha, lugar y hora de celebración del ejercicio.

4.2. Los aspirantes excluidos o que no figuren en la relación de admitidos dispondrán de un plazo de diez días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Resolución anterior, para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o la omisión.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos serán definitivamente excluidos de la realización de las pruebas.

La Resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos pondrá fin a la vía administrativa y contra la misma se podrá interponer recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

5. Tribunal.

5.1. El Tribunal Calificador de estas pruebas es el que figura como Anexo IV de esta convocatoria.

5.2. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, cuando concurran en ellos circunstancias de las previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria.

El Presidente podrá solicitar, de los miembros del Tribunal, declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias previstas en la presente base.

5.3. Con anterioridad a la iniciación de las pruebas selectivas, la autoridad convocante publicará en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Resolución por la que se nombren a los nuevos miembros del Tribunal, que hayan de sustituir a los que hayan perdido su condición por alguna de las causas previstas en la base 5.2.

5.4. Previa convocatoria del Presidente se constituirá el Tribunal con la asistencia del Presidente y Secretario y de la mitad, al menos, de sus miembros, titulares o suplentes. Celebrarán la sesión de constitución con una antelación mínima de quince días antes de la celebración del primer ejercicio. En dicha sesión, el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

5.5. A partir de su constitución y para el resto de las sesiones, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la mayoría indicada en el apartado anterior.

5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que se deba hacer en los casos no previstos.

El procedimiento de actuación del Tribunal se ajustará en todo momento a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.7. El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores deberá comunicarse al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

5.8. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas necesarias para que los ejercicios de la fase de oposición se realicen de forma conjunta y coordinada, para lo cual podrá nombrar colaboradores en número suficiente para garantizar el correcto y normal desarrollo de los ejercicios. Asimismo, se adoptarán las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 ("Boletín Oficial del Estado" del 22) o cualquier otro equivalente. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyo ejercicio figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

5.9. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, Ctra. de Utrera, Km 1, 41013 Sevilla, teléfono 954 349 206.

El Tribunal dispondrá que, en su sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

5.10. Las decisiones que el Tribunal adopte en relación con las posibles reclamaciones serán publicadas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (Ctra. de Utrera, Km 1, 41013 - Sevilla). La publicación de los Acuerdos del Tribunal en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, sustituirá a las notificaciones surtiendo sus mismos efectos, según lo establecido en el artículo 59.6 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

5.11. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría que a cada Escala corresponda, de las recogidas en el Decreto 54/1989, de 21 de marzo ("Boletín Oficial de la Junta de Andalucía" de 21 de abril).

5.12. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al número de plazas convocadas. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anterior, será nula de pleno derecho.

6. Desarrollo de los ejercicios.

6.1. En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

6.2. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra que corresponda, al día de publicación de la presente convocatoria, atendiendo al sorteo realizado anualmente por la Secretaría de Estado para la Administración Pública y de conformidad con lo establecido en la correspondiente Resolución de la mencionada Secretaría de Estado.

6.3. Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, siendo excluidos de la oposición quienes no comparezcan salvo, en los casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados por el Tribunal.

6.4. Una vez comenzadas las pruebas selectivas, los sucesivos anuncios sobre la celebración de los demás ejercicios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales donde se hayan celebrado las anteriores, y por cualquier otro medio si se juzga conveniente, con al menos doce horas de antelación a su comienzo si se trata del mismo ejercicio o de veinticuatro horas, si el ejercicio es nuevo.

6.5. En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión al Rector de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, comunicándole, asimismo, las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

7. Lista de aprobados.

7.1. Finalizado el ejercicio, el Tribunal hará públicas en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad las listas de aspirantes con las puntuaciones correspondientes, con indicación de su documento nacional de identidad.

7.2. Finalizadas las pruebas selectivas, el Tribunal hará pública, en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad, la relación de aspirantes, por orden de puntuación final alcanzada, que han superado el proceso selectivo conforme a lo indicado en la base 7.3.

El Presidente del Tribunal enviará copia de dicha relación al Rector de la Universidad que ordenará su publicación en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

7.3. La calificación final de las pruebas selectivas a efectos de declaración de aprobados vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición más la de concurso.

En caso de empate, éste se resolverá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la fase de oposición y en el supuesto de que persistiera el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida en la fase de concurso y en último lugar, de persistir el empate, atendiendo al criterio de preferencia de la mayor edad.

8. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera.

8.1. En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel en que se hagan públicas las listas de aprobados en el tablón de anuncios del Rectorado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, los opositores aprobados deberán presentar en la Oficina de Gestión del PAS (Area de Recursos Humanos) de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, los documentos precisos para acreditar las condiciones exigidas en la base 2 de la convocatoria a excepción de los que obren en dicha oficina, como consecuencia de la aportación realizada para su anterior nombramiento como funcionarios de carrera y cumplimentarán la declaración que se incluye como Anexo V.

8.2. Quienes dentro del plazo fijado, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la citada base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

8.3. Por la autoridad convocante, y a propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera en la Escala Superior de Técnicos de Administración, en la Escala de Gestión o en la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, según corresponda, mediante Resolución que se publicará en el "Boletín Oficial de la Junta de Andalucía".

9. Norma final.

9.1. La presente convocatoria y cuantos actos administrativos se deriven de ella, podrán ser impugnados en los casos y forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. Contra esta Resolución, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, de conformidad con el artículo 8.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio), sin perjuicio de que alternativamente se pueda presentar recurso de reposición contra esta Resolución, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente citado en tanto recaiga resolución expresa o presunta del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, la Universidad podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal Calificador de las pruebas, conforme a lo establecido en la citada Ley 30/1992.

Sevilla, 3 de marzo de 2006.- El Rector Accidental, Juan Fernández Valverde.

ANEXO I

EJERCICIOS Y VALORACION

Fase de concurso

En esta fase se valorarán los siguientes méritos:

1. Antig³edad: Se valorarán los servicios efectivos y reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, en el Cuerpo o Escala a que pertenezca, de los señalados en la base 2.1.2, asignándose a cada año completo de servicios efectivos una puntuación de 0,25 puntos. Las fracciones de tiempo inferior a un año serán contabilizadas a razón de 0,020 puntos por mes completo de servicios efectivos (Hasta un máximo de 3 puntos).

2. Grado Personal: El grado personal consolidado se valorará conforme a la siguiente escala (hasta un máximo de 3 puntos):

Para acceder al Grupo A:

- Grado de nivel 25-26: 3 puntos.

- Grado de nivel 23-24: 2 puntos.

- Grado de nivel inferior al 23: 1 punto.

Para acceder al Grupo B:

- Grado de nivel 21-22: 3 puntos.

- Grado de nivel 19-20: 2 puntos.

- Grado de nivel inferior al 19: 1 punto.

Para acceder al Grupo C:

- Grado de nivel 18: 3 puntos.

- Grado de nivel 16-17: 2 puntos.

- Grado de nivel 15: 1 punto.

3. Trabajo desarrollado: Según el nivel del complemento de destino correspondiente al puesto de trabajo que se desempeñe a la finalización de la presentación de solicitudes, siempre que el mismo se haya obtenido con carácter definitivo (Hasta un máximo de 12 puntos):

Para acceder al Grupo A:

- Por nivel de complemento de destino 24: 10 puntos.

- Por cada unidad de nivel que exceda del 24 se sumará 0,5 puntos.

Para acceder al Grupo B:

- Por nivel de complemento de destino 20: 10 puntos.

- Por cada unidad de nivel que exceda del 20 se sumará 0,5 puntos.

Para acceder al Grupo C:

- Por nivel de complemento de destino 15: 10 puntos.

- Por cada unidad de nivel que exceda del 15 se sumará 0,5 puntos.

4. Cursos de Formación: Se valorarán 0,20 puntos por cada curso realizado de hasta 15 horas de duración, 0,30 puntos por cada curso realizado de entre 16 y 30 horas de duración, y 0,50 puntos por cada curso realizado de más de 30 horas de duración.

Idéntica puntuación se aplicará a la impartición de cursos de formación y perfeccionamiento.

Sólo se tendrán en cuenta los cursos de formación impartidos por centros u organismos públicos, que tengan relación directa con las actividades a desarrollar en las correspondientes Escalas y realizado en los siete años anteriores a la convocatoria.

En el supuesto de existir varios cursos de la misma materia, excepto los que sean continuación, sólo se valorará el último realizado, salvo que se acredite que el contenido es diferente. No se valorarán los cursos en los que, habiéndose realizado pruebas calificatorias, no se hayan superado las mismas (hasta un máximo de 2 puntos).

La puntuación mínima para acceder a la fase de oposición será de 8 puntos.

Los puntos de la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la de oposición a efectos de establecer el orden definitivo de aspirantes aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

Fase de oposición

Para acceder al Grupo A: La fase de oposición consistirá en la presentación y defensa de una memoria inédita. La presentación de la misma se realizará, por quintuplicado ejemplar, en el Registro de la Universidad Pablo de Olavide, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso selectivo.

En la memoria el opositor realizará un proyecto organizativo de una unidad administrativa de la Universidad. El Tribunal valorará la originalidad, precisión y el rigor de los planteamientos en tanto que puedan suponer una mejora de los procesos e incremento de la productividad de los recursos disponibles en la referida unidad administrativa y consiguientemente una mejora en la obtención de resultados.

La memoria tendrá que ser defendida públicamente por el aspirante en el tiempo que determine el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.Para superar la fase de oposición será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en este ejercicio.

Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.

Para acceder al Grupo B: La fase de oposición consistirá en la presentación y defensa de una memoria inédita. La presentación de la misma se realizará, por quintuplicado ejemplar, en el Registro de la Universidad Pablo de Olavide, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación de la lista definitiva de admitidos y excluidos en el proceso selectivo.

En la memoria el opositor realizará un proyecto organizativo de una unidad administrativa de la Universidad. El Tribunal valorará la originalidad, precisión y el rigor de los planteamientos en tanto que puedan suponer una mejora de los procesos e incremento de la productividad de los recursos disponibles en la referida unidad administrativa y consiguientemente una mejora en la obtención de resultados.

La memoria tendrá que ser defendida públicamente por el aspirante en el tiempo que determine el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.Para superar la fase de oposición será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en este ejercicio.

Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.

Para acceder al Grupo C: La fase de oposición estará formada por un ejercicio práctico o prueba práctica (podrá estar compuesto por varios supuestos o pruebas prácticas) sobre el contenido del programa que figura como Anexo II de esta convocatoria.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será determinado por el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos.

El Tribunal queda facultado para la determinación del nivel mínimo exigido para la obtención de dichas calificaciones.Para la realización de los anteriores ejercicios no podrán utilizarse apuntes, documentos o libros.

Para superar la fase de oposición será necesario obtener un mínimo de 5 puntos en este ejercicio.

Calificación final: La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y oposición conforme a lo establecido en la base 7.3.

ANEXO II

PROGRAMA

GRUPO: ESCALA ADMINISTRATIVA (GRUPO C)

Programa:

1. Microsoft Word 2000 XP/Avanzado.

Tema 1. Conceptos avanzados de Word.

1. Personalizar el área de trabajo (Menús y Barras de Herramientas personalizadas).

2. Autotexto y autocorrección.

3. Plantillas (utilización, modificación, creación y administración de plantillas).

4. Uso de los estilos (aplicación, modificación y creación de estilos).

5. Escritura y formatos automáticos.

Tema 2. Secciones.

1. Tipos de salto de sección.

2. Diferentes configuraciones de páginas.

3. Encabezados y pies de páginas diferentes.

Tema 3. Organizar documentos extensos.

1. Creación de índices.

2. Creación de tabla de contenidos e ilustraciones.

3. Crear referencias en un documento (Notas al pie y Notas al final, Títulos, Marcadores, etc.).

4. Uso de Vista Esquema.

5. Documentos maestros.

Tema 4. Correspondencia.

1. Impresión de sobres y etiquetas.

2. Combinar correspondencia.

Tema 5. Formularios.

1. Descripción de campos y barra de formularios.

2. Creación de formularios.

Tema 6. Objetos.

1. Barra de herramientas Dibujo.

2. Creación de cuadros de texto.

3. Insertar elementos: Imágenes prediseñadas o de archivo, WordArt, archivos, objetos.

4. Gráficos MS Graph y Excel.

5. Ecuaciones.

6. Organigramas.

Tema 7. Compartir información entre aplicaciones.

1. Copia estática.

2. Vinculación de datos.

3. Incrustación de datos.

Tema 8. Macros.

1. Grabación de macros.

2. Asignación de macros.

3. Ejecución de macros.

2. Microsoft Excel 2000 XP/Avanzado.

Tema. Introducción: Repaso de conceptos básicos.

1. Creación y uso de una hoja de cálculo.

2. Formatos de una hoja de cálculo.

3. Administración u uso de libros de trabajo.

Tema 2. Fórmulas y funciones.

1. Fórmulas básicas.

2. Referencias relativas, absolutas y mixtas.

3. Fórmulas avanzadas.

4. Fórmulas matriciales.

5. Errores en las fórmulas.

6. Uso de funciones de Excel.

7. Creación de funciones propias.

Tema 3. Gráficos.

1. Creación de gráficos simples.

2. Formatos de gráficos.

3. Opciones avanzadas.

4. Representación de funciones (líneas de tendencia).

Tema 4. Excel y Access.

1. Creación de listas. Ordenación y filtros.

2. Conversión a base de datos.

3. Tablas dinámicas.

4. Gráficos dinámicos.

Tema 5. Análisis de Datos.

1. Búsqueda avanzada de objetivos.

2. Escenarios.

3. Herramienta Solver.

Tema 6. Colaboración entre usuarios.

1. Protección del trabajo.

2. Crear un libro compartido.

3. Trabajar en un libro compartido.

3. Microsoft Access 2000 XP/Avanzado.

Tema 1. Tablas y relaciones.

1. Las tablas.

1.1. Tipos de datos avanzados.

1.2. Definición y propiedades de campos.

2. Relaciones.

2.1. Relaciones de uno a uno.

2.2. Relaciones de uno a varios.

2.3. Relaciones de varios a varios.

2.4. Tipos de combinaciones.

Tema 2. Consultas avanzadas.

1. Consultas a la base de datos.

1.1 Generador de expresiones.

1.2 Funciones.

1.3 Consultas de mantenimiento.

1.4 Consultas de referencias cruzadas.

1.5 Consultas de acción.

Tema 3. Formularios avanzados.

1. Gestión avanzada de formularios.

1.1 Controles avanzados.

1.2 Generador de consultas.

1.3. Formulario Inicio.

1.4. Seguridad.

Tema 4. Access e internet.

1. Access e internet.

1.1. Introducción.

1.2. Incluir hipervínculos.

1.3. La barra web.

1.4. Importar y exportar en HTML.

1.5. Páginas de acceso a datos:

- Creación de una página de acceso a datos.

- Modificación de una página de acceso a datos.

- Publicación de una página de acceso a datos.

Tema 5. Informes.

1. Los informes.

1.1. Subinformes.

1.2. Informes con totales.

1.3. Informes con gráficos.

Tema 6. Macros.

1. Las macros.

1.1. Crear macros.

1.2. Aplicar filtros.

1.3. Documentador.

ANEXO IV

TRIBUNAL CALIFICADOR

Titulares:

Presidente: Excmo. Sr. don Juan Fernández Valverde, Vicerrector de Ordenación Académica y Postgrado de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Vocales:

- Miembros de la Administración Universitaria nombrados por el Rector:

Doña Carmen Baena Díaz, Directora de la Biblioteca de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Don Rafael Montoro Cabezudo, Director del Servicio de Infraestructura de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

- Miembros designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios:

Don Eusebio Moreno Alonso, Responsable Oficina Gestión de Patrimonio de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Doña M.ª Victoria Jiménez Quirós, Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Secretaria sin voto: Doña María Ruz Hernández-Pinzón, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Suplentes:

Presidente: Excma. Sra. doña Flor M.ª Guerrero Casas, Vicerrectora de Servicios y Planificación de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Vocales:

- Miembros de la Administración Universitaria nombrados por el Rector:

Doña María Dolores Martínez Foncueva, Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Doña Marta Serrano Alvarez, Funcionaria de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

- Miembros designados por la Junta de Personal de Administración y Servicios:

Don Rafael Miguel Rodríguez Redondo, Funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Don Luis Camacho Fenech, Funcionario de la Escala Administrativa de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

Secretaria sin voto: Doña María Adela González Jiménez, Adjunta a la Directora del Area de Recursos Humanos, de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla.

ANEXO V

Don/doña,

con domicilio en ,

y Documento Nacional de Identidad número ............, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a de carrera de la Escala de Gestión de la Universidad Pablo de Olavide de Sevilla, declara bajo juramento o promete, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado para el ejercicio de las correspondientes funciones.

En Sevilla, a ... de ............... de ......

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