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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, e intentada sin efecto la notificación personal a Clínica Dental Carmera y Yazher, S.A., de la resolución adoptada por el Secretario General Técnico, al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado/a del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro
Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.
"En la ciudad de Sevilla, 20 de enero de 2006.
Visto el recurso de alzada interpuesto y en base a los siguientes
A N T E C E D E N T E S
Primero. El día 21.2.2005 el Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada dictó la resolución de referencia, por la que se impone una sanción de 800 E de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho contenidos en la misma, a la que nos remitimos íntegramente.
Segundo. Contra la anterior resolución el interesado interpuso recurso de alzada, alegando lo que a su derecho convino.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Consejero realizada por la Orden de 30 de junio de 2004, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro
cedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP-PAC), y 39.8 de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en relación con el Decreto del Presidente 11/2004, de de abril, sobre reestructuración de Consejerías, y el Decreto 199/2004, de 11 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación.
Segundo. El artículo 115.1 de la LRJAP-PAC, da como plazo para la interposición de recurso de alzada contra las resoluciones administrativas el de un mes, según su artículo 48.2, del día siguiente al de su notificación. A la vista de la fecha de la notificación de la resolución (22.2.05) y de la de interposición del recurso de alzada (8.4.05), éste fue interpuesto fuera del plazo legalmente establecido, por lo que deviene firme la resolución recurrida. Vistos los preceptos citados, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación,
R E S U E L V O
Inadmitir por extemporáneo el recurso de alzada interpuesto por Clínica Dental Carmera y Yazher, S.A., contra la resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada recaída en el expediente núm. GR-000290-04, y en consecuencia mantener la misma en sus propios términos.
Notifíquese al interesado, con indicación de los recursos que procedan. El Secretario General Técnico. Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos."
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/98, de de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 6 de marzo de 2006.- El Jefe del Servicio, Manuel Núñez Gómez.
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