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N.I.G.: 2906742C20060013480.
Procedimiento: divorcio contencioso (N) 650/2006. Negociado: AP.
De: Doña Encarnación Galán Calzado.
Procuradora: Sra. Ana Lourdes Jordán Nieto.
Letrado: Sr. Juan Palma Suárez.
Contra: Don Juan Manuel Serrano García.
E D I C T O
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento divorcio contencioso (N) 650/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 16 de Málaga a instancia de Encarnación Galán Calzado contra Juan Manuel Serrano García sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA NÚM. 208/07
En la ciudad de Málaga a 14 de marzo de 2007.
Vistos por la Ilma. Sra. doña Carmen Moreno Romance, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Málaga y su Partido, los autos de juicio de divorcio incidental núm. 650/06 promovidos por la Procuradora doña Ana Jordán Nieto, asistida del Letrado don Juan Manuel Palma Suárez en nombre y representación de doña Encarnación Galán Calzado frente a don Juan Manuel Serrano García, en situación procesal de rebeldía.
F A L L O
Que debiendo estimar como estimo, parcialmente, la demanda interpuesta por doña Encarnación Galán Calzado representada por la Procuradora doña Ana Jordán Nieto, contra don Juan Manuel Serrano García, en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro disuelto, por divorcio, el matrimonio existente entre ambas partes, acordando las siguientes medidas:
1.° La asignación del uso del domicilio conyugal, así como del mobiliario y ajuar doméstico existente en el mismo a doña Encarnación Galán Calzado, quien residirá en dicha vivienda en compañía del hijo.
2.° Pudiendo don Juan Manuel Serrano García, retirar del domicilio conyugal, previo inventario, sus objetos personales y los de su exclusiva pertenencia.
3.° Por el capítulo de alimentos al hijo común, Juan Manuel, don Juan Manuel Serrano García abonará a doña Encarnación Galán Calzado, por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes la cantidad mensual de 400 euros, suma que será, anualmente actualizada, conforme al IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya.
4.° En concepto de pensión compensatoria, don Juan Manuel Serrano García abonará a doña Encarnación Galán Calzado, por meses anticipados y dentro de los cinco primeros días de cada mes la cantidad mensual de 250 euros, suma que será, anualmente actualizada, conforme al IPC publicado por el INE u organismo que lo sustituya.
5.° En tanto se procede a la liquidación del régimen de gananciales cada parte abonará al 50%, la hipoteca que grava el domicilio conyugal.
Todo ello, sin hacer especial imposición de las costas causadas en el presente procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación y del que, en su caso conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.
Y firme que sea esta Resolución, expídase el oportuno despacho al Registro Civil donde conste inscrito el matrimonio para la anotación marginal de la misma en su inscripción registral.
Así por esta mi Sentencia, que se unirá al legajo de las de su clase y por certificación a los autos de su razón, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Juan Manuel Serrano García, extiendo y firmo la presente en Málaga a 6 de julio de 2007.- El/la Secretario/a.
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