Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
El Director Técnico del Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance núm. C-96/07-0, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 10 de octubre de 2007, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68.1, en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.
Hace saber: Que en este Tribunal, se sigue procedimiento de reintegro por alcance núm. C-96/07-0, ramo: CC.LL. (Ayto. de Estepona-Inf. Fisc. TCu-Ejerc. 1995/99), Málaga, por las irregularidades señaladas en los epígrafes 5.2.1.2 y 5.2.1.3 y Anexo IV, 5.2.2 y Anexo V, 5.2.3 b), 5.3.2, 5.3.3, 5.3.4, 5.4.2.1, 5.5.1.2, 5.6, 6.5.3.1, 6.5.4.4, del Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Estepona y sus Sociedades Mercantiles participadas, detectadas en relación con el Ayuntamiento de Estepona (referentes a pagos en firme sin justificar, pagos a justificar, anticipos de caja fija y falta de acreditación del destino de subvención de 1,7 millones de ptas., diferencias de valoración de los bienes inmuebles municipales enajenados por valor inferior al precio de mercado, cantidades no ingresadas en el Ayuntamiento y no reclamadas, pago indebido de 6,6 millones de ptas. en concepto de Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, en el marco del Convenio con Cyrus Field, S.L., y pago en exceso de 1,3 millones de ptas. en relación con el Convenio con Duplex, Calancha, S.A., pagos satisfechos incorrectamente a Funespaña, S.A., y falta de cobro a la citada entidad de los cánones anuales, pagos indebidos efectuados al personal de las Sociedades Municipales, créditos vencidos y no devueltos por valor de 27,6 millones de ptas. que no han pasado a la vía ejecutiva, pagos al Alcalde, Secretario y un Concejal, sin justificar, transferencia a Compras Estepona XXI, S.L. por importe de 1 millón de ptas. sin que figure contabilizada por la Sociedad ni se tenga constancia del destino de los fondos, transferencias a Obras Estepona XXI, S.L., por importe total de 35,5 millones de ptas., sin que hayan sido registradas por la Sociedad y sin que se tenga constancia del destino de dichos fondos -señaladas en las págs. 33, 34, 37, 38, 39, 51 a 53, 54, 55, 56, 57, 61 a 68, 80 a 82, 87, 109 y 116 del Informe.
Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.
Dado en Madrid, a once de octubre de dos mil siete.- El Director Técnico, Secretario del procedimiento: D. Navarro Corbacho.- Firmado y rubricado.
Descargar PDF