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En el recurso contencioso-administrativo núm. 779/2004, interpuesto por Inspecciones Técnicas Asociadas del Sur, S.A. (ITASA) contra resolución de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, de fecha 5 de noviembre de 2004, desestimatoria de la solicitud de reconocimiento del derecho a continuar prestando el Servicio de Inspección Técnica de Vehículos, se ha dictado sentencia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, Sección Primera, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, el 30 de noviembre de 2006, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal.
"Fallamos: Que debemos desestimar y desestimamos el recurso interpuesto por Inspecciones Técnicas Asociadas del Sur, S.A., contra resolución presunta y expresa de 5 de noviembre de 2004, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, desestimatoria de la solicitud de reconocimiento del derecho a continuar prestando el Servicio de Inspección Técnica de
Vehículos en régimen autorizatorio. Sin costas."
Según lo establecido en el artículo tres, apartado seis, de la Orden de 18 de mayo de 2004 de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa sobre delegación de competencias en diversos órganos de la Consejería y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución y 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, he dispuesto el cumplimiento en sus propios términos de la expresada sentencia, así como su publicación en el BOJA.
Sevilla, 16 de febrero de 2007.- El Secretario General
Técnico, Juan Francisco Sánchez García.
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