Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 30/06/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 12 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 1609/2003. (PD. 2696/2008).

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NIG: 4109142C20030037661.

Procedimiento: Juicio verbal (Desahucio falta de pago) 1609/2003. Negociado: 4.

Sobre: Desahucio por falta de pago de las rentas y reclamación de cantidad.

De: Don Román Muñoz López.

Contra: Doña Josefa Muñoz Rubio.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA

En Sevilla, a seis de mayo de dos mil tres.

Vistos por doña Ana Roldán Ruiz, Magistrada-Juez sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, los autos de juicio verbal seguidos en este Juzgado con el número 1609/2003 Neg-4 a instancias de don Román Muñoz López representado por el Procurador don Ernesto Aguilar Aguilar y asistido por el Letrado don Valentín Viñolos Gálvez, contra doña Josefa Muñoz Rubio, en rebeldía, sobre desahucio por falta de pago y reclamación de rentas.

FALLO

Estimo íntegramente la demanda promovida por don Román Muñoz López, contra doña Josefa Muñoz Rubio, y en consecuencia:

1. Declaro que la demandada adeuda a la parte actora la cantidad de 721,22 euros.

2. Condeno a la demandada a estar y pasar por la anterior declaración y por tanto a que pague al actor la referida cantidad, con los intereses determinados en el fundamento de derecho tercero.

3. Condeno a la demandada al pago de las costas procesales.

Esta sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de 5 días, mediante la presentación en este Juzgado de escrito de preparación del recurso para su conocimiento por la Ilma. Audiencia Provincial de Sevilla.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Josefa Muñoz Rubio, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

En Sevilla, a doce de junio de dos mil ocho.- El/La 
Secretario.

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