Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 137 de 10/07/2008

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 19 de junio de 2008, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vélez-Rubio, dimanante del Procedimiento Ordinario núm. 98/2007. (PD. 2764/2008).

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Número de Identificación General: 0409941C20071000142.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 98/2007.

Negociado: FG.

EDICTO

Juzgado: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Único de Vélez Rubio.

Juicio: Procedimiento Ordinario 98/2007.

Parte demandante: Don Salvador Rojo Torrente.

Parte demandada: Don José Molina Ruiz.

Sobre: Procedimiento Ordinario 98/07.

En los autos de Juicio Ordinario de referencia, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositva es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA NÚM. 9/08

Juez que la dicta: Don Jorge Olmedo Castañeda.

Lugar: Vélez-Rubio.

Fecha: Quince de abril de dos mil ocho.

Parte demandante: Don Salvador Rojo Torrente.

Abogado: Don José Joaquín Martínez López.

Procuradora: Doña Ana Aliaga Monzón.

Parte demandada: Don José Molina Ruiz.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad.

Vistos los presentes Autos por el Ilmo. Sr. don Jorge Olmedo Castañeda, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia Único de Vélez-Rubio, se dicta la siguiente resolución.

FALLO

Estimar la demanda interpuesta por doña Ana Aliaga Monzón, Procuradora de los Tribunales, en nombre y representación de don Salvador Rojo Torrente, condenando a don José Molina Ruiz a pagar al actor la cantidad de 32.645,83€ (Treinta y dos mil seiscientos cuarenta y cinco euros con ochenta y tres céntimos de euro), más los intereses legales devengados desde la fecha del requerimiento extrajudicial hasta su completo y efectivo pago, con expresa imposición de las costas de esta instancia a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes procesales personadas, incluidas las declaradas rebeldes procesales, conforme al modo y forma que establece el régimen legal de notificaciones del artículo 497.2 de la LEC.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería (artículo 455 de la LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LEC).

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, don José Molina Díaz por providencia de fecha 19 de junio de 2008 y a petición de la demandante, el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para llevar a efecto la diligencia de notificación de la sentencia.

En Vélez-Rubio, a diecinueve de junio de dos mil ocho.- La Secretaria Judicial.

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