Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 220 de 05/11/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

Resolución de 22 de octubre de 2008, de la Dirección General de Administración Local, por la que se admite la inscripción en el Registro Andaluz de Entidades Locales del Escudo de la provincia de Cádiz (Expte. núm. 013/2008/SIM).

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De acuerdo con lo establecido en el artículo 18 de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía, el uso de los símbolos de las mismas es privativo de ellas, no pudiéndose utilizar hasta que no estén inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Locales.

Mediante escrito de fecha 3 de octubre de 2008, y teniendo en cuenta lo establecido en la Disposición Transitoria Segunda de la mencionada Ley, se solicita por la Excma. Diputación Provincial de Cádiz, la inscripción en el referido Registro del Escudo de dicha provincia, que ostenta de forma tradicional en virtud de uso o costumbre, tal y como se justifica mediante estudio histórico y certificación de su vigencia.

Emitido en sentido favorable, el informe preceptivo a que alude el artículo 13 de la mencionada Ley, se procede a su descripción:

- Escudo cuartelado de doce cuarteles distribuidos en cuatro filas de tres cuarteles cada una.

1.º De gules, un castillo de oro, aclarado de azur sobre ondas de azur y plata, acostado de dos palmas de oro, que es Algeciras.

2.º De azur, un puente de oro de tres ojos, sobre ondas de azur y plata, sumado de dos columnas de plata, unidas por una cartela con la inscripción «1820 Unión y Fuerza 1810» y en jefe, un triangulo de oro resplandeciente de rayos del mismo metal, cargado de ojo humano, que es San Fernando.

3.º De gules, un edificio de plata, mazonado de sable, con dos arcos en el primer cuerpo y tres en el segundo, éstos almenados, siendo el del centro algo mayor, sobre ondas de azur y plata, que es Arcos de la Frontera.

4.º De gules, la torre donjonada de oro, mazonada de sable, acostada de dos ramas de olivo de sinople, fileteados de plata; bordura de oro cargada de la inscripción, en letra de sable, «De mi sale la Paz», que es Olvera.

5.º De plata, figura de Hércules al natural, vestido con piel de león y acostado de otros dos, uno a cada lado, rampantes, que se acometen, a los que intenta separar, con clava o maza de sable al pie, y bordura de oro con la inscripción «Hércules Fundador Gadium Dominatorque», que es Cádiz.

6.º Cortado en campaña, el primero de plata con un castillo de gules del que pende una cadena de oro de tres eslabones con una llave del mismo metal, que cuelga sobre la campaña de gules, que es San Roque.

7.º De oro, Apostol Santiago en actitud de batalla, en caballo bardado y rampante sobre terraza, todo ello en sus naturales colores, que es Medina Sidonia.

8.º Ondas de azur y plata, con bordura componada de Castilla y León, castillo de oro en campo de gules y leones de gules en campo de plata, que es Jerez de la Frontera.

9.º De azur, castillo donjonado de oro, sumada la torre del homenaje de una imágen morena de la Virgen de los Milagros, Patrona de la Ciudad, vestida de plata y resplandeciente de oro, el castillo sobre ondas de azur y plata, que es el El Puerto de Santa María.

10.º De azur, una torre de oro aclarada de gules, sobre dos peñas en su color, que emergen de ondas de azur y plata, la torre acostada de dos leones rampantes de oro, que es Chiclana de la Frontera.

11.º De plata, un toro de carnación alado, echado sobre unos Evangelios de oro que flotan sobre ondas de azur y plata, sumado el toro de una torre en su color, y ésta superada por una estrella de oro, que Sanlúcar de Barrameda.

12.º Escudo partido, el primero de plata con león rampante de gules coronado de oro; el segundo en campo de oro, cuatro palos de gules. Bordura General de azur con ocho escudetes de oro cargado cada uno con una faja de azur, que es Grazalema.

Este escudo colectivo está flanqueado con las columnas de Hércules y la inscripción «Plus Ultra». Al timbre corona real española cerrada.

En su virtud, esta Dirección General, a tenor de lo establecido en el artículo 17, y en el punto 2 de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 6/2003, de 9 de octubre, así como en el artículo 8.k) del Decreto 191/2008, de 6 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación,

RESUELVE

Primero. Admitir la inscripción del Escudo de la provincia de Cádiz, en el Registro Andaluz de Entidades Locales con la descripción literal indicada y con la gráfica que obra en el expediente.

Segundo. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en la forma y plazo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sevilla, 22 de octubre de 2008.- El Director General, Manuel Zafra Víctor.

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