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Vistas las solicitudes presentadas por entidades sin ánimo de lucro, que en el Anexo adjunto se relacionan, se constatan los siguientes
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º Con fecha 25 de enero del presente año se publica la Orden de 9 de enero de 2008, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para Programas e Infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro y Universidades en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2008, siendo admitidas a trámite 81 solicitudes de Entidades sin ánimo de lucro en la Modalidad de Programas.
2.º Examinadas las solicitudes por la Comisión de Valoración, se comprueba que sólo 76 reúnen los requisitos exigidos en la citada Orden de convocatoria.
3.º Los proyectos presentados están dirigidos a la realización de actividades que favorezcan la formación y difusión de conocimientos, la creación de actitudes que modifiquen las conductas xenófobas y racistas y, en general, aquellas medidas que ayuden a la acogida e integración social de la población inmigrante.
4.º Valoradas las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, se estiman favorables para obtener subvenciones aquellas cuya puntuación alcanza los 7,52 puntos en la Modalidad de Programas.
5.º Existe dotación presupuestaria para atender las solicitudes de subvención valoradas favorablemente.
Ante los anteriores hechos procede la siguiente
VALORACIÓN JURÍDICA
1.º El Delegado del Gobierno tiene la competencia delegada para dictar la presente Resolución, en virtud del artículo 11 de la Orden de 9 de enero de 2008, por la que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones para Programas e Infraestructuras destinados al arraigo, la inserción y la promoción social de personas inmigrantes dirigidas a Entidades sin ánimo de lucro y Universidades en el ámbito de las competencias de la Dirección General de Políticas Migratorias y se efectúa su convocatoria para el año 2008.
2.º El artículo 6.2 de la Orden de convocatoria establece que el procedimiento de concesión de subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, estando limitada a la disponibilidad presupuestaria, por lo que ha sido necesario proceder a la ordenación de las solicitudes, atendiendo a los criterios establecidos en la Orden de convocatoria, con el fin de conceder subvenciones a las solicitudes que hayan obtenido mayor valoración. Una vez valoradas todas las solicitudes de la Modalidad de Programas, que reúnen los requisitos exigidos en la citada convocatoria, la calificación mínima necesaria para obtener subvención se ha obtenido en 7,52 puntos.
3.º Examinadas las solicitudes correspondientes al anexo de referencia, se aprecia que han obtenido una calificación igual o superior a los 7,52 puntos y por tanto valoradas favorablemente según los criterios referidos para la obtención de una subvención en la modalidad de Programas.
El resto de las solicitudes que han obtenido una puntuación menor son contrarias a la estimación positiva de subvención.
En virtud de cuanto antecede,
RESUELVO
1.º Conceder a las Entidades sin ánimo de lucro que se relacionan en el Anexo las subvenciones que se especifican para cada una de ellas, con indicación del porcentaje de ayuda respecto al presupuesto aceptado, por un valor total de 148.606 euros, para proyectos de Programas de atención a inmigrantes y denegar las restantes solicitudes que no han sido valoradas favorablemente.
2.º Las subvenciones serán abonadas en un solo pago, conforme a lo establecido en el artículo 17 de la Orden de convocatoria, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.02.41.483.00.31J.6.
3.º El plazo de ejecución de los proyectos será de ocho meses a contar desde la fecha de pago de la subvención.
4.º Las subvenciones concedidas habrán de ser justificadas en el plazo de un mes a contar desde la finalización del plazo de ejecución, mediante la presentación de los documentos a que se refiere el artículo 19 de la Orden de convocatoria, siendo la cantidad a justificar la totalidad del presupuesto aceptado que aparece en el Anexo a esta propuesta, lo cual supone la subvención concedida más la aportación que la Entidad realice al proyecto.
5.º Las entidades beneficiarias quedan obligadas al cumplimiento de lo establecido en el artículo 18 de la Orden de convocatoria.
6.º Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención hasta la fecha en que se dicte la resolución de reintegro, en los supuestos contemplados en el artículo 20 de la Orden de convocatoria.
A efectos de notificación, la presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en los tablones de anuncios de la Consejería de Gobernación y en las Delegaciones del Gobierno correspondientes a los domicilios de las Entidades solicitantes.
7.º Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10, 14, 25 y 26 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o potestativamente-recurso de reposición ante este órgano en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Sevilla, 1 de septiembre de 2008.- El Delegado del Gobierno, Demetrio Pérez Carretero.
ANEXO | |||||
Código de Expediente |
Entidad sin ánimo de lucro | Proyecto | Subvención Propuesta |
Porcentaje concedido final |
Presupuesto total aceptado |
SUB08/PR06 | UNIÓN AGRICULTORES Y GANADEROS COAG-SEVILLA |
MIGRACIONES: LUGAR DE ENCUENTRO III | 14.500,00 | 18,80 | 14.500,00 |
SUB08/PR07 | ASAJA SEVILLA | MIGRAINFOR AVANZA II | 13.000,00 | 37,96 | 13.000,00 |
SUB08/PR08 | ASOC. COLEGIO DE CULTURA CHINA | ENSEÑANZA DEL CHINO Y LA CULTURA CHINA | 3.000,00 | 60,00 | 3.000,00 |
SUB08/PR09 | ASOC. COLEGIO DE CULTURA CHINA | MEDIADORA CHINA | 14.000,00 | 93,33 | 14.000,00 |
SUB08/PR19 | ASOC. INTERNACIONAL JUNTOS CREAMOS FUTURO | SAN JUAN SOLIDARIO CON SUS NUEVOS VECINOS | 1.800,00 | 88,24 | 1.800,00 |
SUB08/PR24 | UGT SEVILLA | JORNADAS DE INMIGRACIÓN UGT SEVILLA | 8.000,00 | 80,00 | 8.000,00 |
SUB08/PR31 | CRUZ ROJA ESPAÑOLA | OFICINA ATENCIÓN INTEGRAL SEVILLA | 14.280,00 | 37,96 | 14.280,00 |
SUB08/PR34 | ASOC. PROMETEO | ENTRE BARRIOS 2008 | 10.000,00 | 21,26 | 10.000,00 |
SUB08/PR38 | ATIME | FOMENTO PARTICIPACIÓN DE MUJERES INMIGRANTES EN EL BARRIO DE TORREBLANCA | 8.298,00 | 23,84 | 8.298,00 |
SUB08/PR41 | ACCEM ASOC. COMISIÓN CATÓLICA ESPAÑOLA MIGRAC | FORMACIÓN A MADRES INMIGRANTES | 4.500,00 | 11,25 | 4.500,00 |
SUB08/PR49 | ASOC. DESARROLLO COMUNITARIO INTERNACIONAL | JORNADAS DE REFLEXIÓN Y CONFERENCIA SOBRE INMIGRACIÓN Y EMPLEO | 4.000,00 | 29,63 | 4.000,00 |
SUB08/PR50 | CÁRITAS DIOCESANA DE SEVILLA | SERVICIO JURÍDICO | 10.000,00 | 48,63 | 14.450,00 |
SUB08/PR52 | ANIMA VITAE | PROGRAMA INTEGRA A TRAVÉS DEL DEPORTE | 8.630,40 | 71,92 | 9.000,00 |
SUB08/PR54 | ASOC. TUNGURAHUA | SEMILLERO | 4.200,00 | 34,71 | 4.200,00 |
SUB08/PR60 | FUNDACIÓN SEVILLA ACOGE | APOYO PSICOSOCIAL | 13.746,60 | 23,46 | 14.171,60 |
SUB08/PR70 | ASAMBLEA DE COOPERACIÓN POR LA PAZ | SENSIBILIZACIÓN EN LA VEGA DEL GUADALQUIVIR | 6.025,50 | 65,92 | 9.740,17 |
SUB08/PR79 | ASOC. MUJERES PROGRESISTAS DE UMBRETE | UMBRETE INTEGRA | 6.300,00 | 8,14 | 6.300,00 |
SUB08/PR80 | ASOC. HAMAR | ALJARAFE INSERTA | 4.325,50 | 5,78 | 4.625,50 |