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NIG: 1103041C20082000144.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 102/2008. Negociado: MC.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Banque PSA Finance (sucursal en España).
Procuradora: Sra. María Teresa Sánchez Solano.
Letrada: Sra. Emilia Anglada Mulero.
Contra: Don Miguel Ávila Fuster.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 102/2008 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Rota a instancia de Banque PSA Finance (sucursal en España) contra don Miguel Ávila Fuster sobre reclamación de cantidad, ascente a 22.777,59 euros, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
«SENTENCIA NÚM. 77
En Rota, a uno de diciembre de dos mil ocho.
La Sra. doña María del Castillo Mendaro Dorantes, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Dos de Rota y su partido, habiendo visto los presentes autos de Procedimiento Ordinario 102/2008 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante Banque PSA Finance (sucursal en España) con Procuradora doña María Teresa Sánchez Solano y Letrada doña Emilia Anglada Mulero; y de otra como demandado don Miguel Ávila Fuster, en situación de rebeldía, sobre reclamación de cantidad dimanante de incumplimiento contractual, en virtud de las facultades que me confiere la Constitución Española y en nombre del Rey, dicto la presente sentencia.
FALLO
Estimo íntegramente la demanda presentada por la Procuradora doña María Teresa Sánchez Solano, en nombre y representación de Banque PSA Finance (sucursal en España), contra don Miguel Ávila Fuster, condenándole a que abone a dicha entidad la suma de 22.777,59 euros, más los intereses pactados del 2% mensual devengados desde la fecha de la presentación de la demanda y las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Cádiz. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (art. 457.2 LEC).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo (firmado y rubricado).»
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Miguel Ávila Fuster, extiendo y firmo la presente en Rota, a diez de diciembre de dos mil ocho.- El/La Secretario.
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