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NIG: 2305042C20090004528.
Procedimiento: Familia. Divorcio Contencioso 454/2009. Negociado: 2P.
Sobre: Divorcio Contencioso.
De: Don Varinder Pal Singh.
Procuradora: Sra. María Victoria Marín Hortelano.
Contra: Doña Debora Alexandra Campos Dos Nascimento.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Familia, Divorcio Contencioso 454/2009, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Jaén a instancia de don Varinder Pal Singh contra doña Debora Alexandra Campos Dos Nascimento sobre Divorcio Contencioso, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
Vistos por el Sr. don José Antonio Lucini Nicás, Magistrado Juez del Juzgado de 1.ª Instancia número Seis de esta ciudad, los autos de divorcio número 454 de 2009, seguidos a instancia de don Varinder Pal Singh, con domicilio en Jaén,C/ Jacinto Higueras, núm. 15, representado por la Procuradora Sra. Marín y dirigido por el Letrado Sr. Rodríguez, contra doña Debora Alexandra Campos Do Nascimento con domicilio desconocido, en rebeldía en estas actuaciones. Sobre resolución del matrimonio por divorcio.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Marín, en nombre y representación de don Varinder Pal Singh, contra doña Debora Alexandra Campos Do Nascimento, ambos circunstanciado; declaro la disolución por causa de divorcio del matrimonio celebrado por ambos litigantes en Estocolmo (Suecia) el 21 de julio de 2006, con los demás efectos legales inherentes.
Sin imponer a ninguna de las partes la obligación de satisfacer las costas causadas en este proceso.
Insértese el original de esta resolución en el Libro de Sentencias del Juzgado, y quede en la causa certificación literal.
Esta resolución no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación en ambos efectos ante la Ilma. Audiencia Provincial de Jaén, que será preparado dentro de los 5 días siguientes a su notificación e interpuesto dentro de los 20 días siguientes, de conformidad con los arts. 455, 457, 458 y 525 de la LECn. 1/00, de 7 de enero.
Así por esta mi sentencia que se notificará a las partes en legal forma, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada doña Debora Alexandra Campos Dos Nascimento, extiendo y firmo la presente en Jaén a dieciocho de enero de dos mil diez.- El/La Secretario.
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