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I. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ºde la Constitución.
En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, cuyo artículo 93 establece que la Consejería competente en materia de patrimonio histórico será responsable de la formulación y ejecución de la política dirigida a su tutela, enriquecimiento y difusión. A su vez, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, vigente en los términos de la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz.
El artículo 6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, regula el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, la consulta y divulgación de los mismos. El mismo precepto atribuye a la Consejería de Cultura la formación, conservación y difusión del Catálogo así como la redacción y custodia de la documentación correspondiente a los muebles, inmuebles y manifestaciones o actividades culturales que constituyen el Patrimonio Histórico Andaluz.
El artículo 7.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, regula la estructura del Catálogo, que comprenderá los Bienes de Interés Cultural, los Bienes de Catalogación General y los incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles del Patrimonio Histórico Español. A su vez, el apartado 2 del mismo precepto establece que la inscripción de Bienes en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz podrá realizarse de manera individual o colectiva.
II. La Cabalgata de Reyes Magos es una de las celebraciones festivas más extendidas en Andalucía, si bien adquiere una especial significación, relevancia y singularidad en Higuera de la Sierra, constituyéndose como la fiesta más importante de esta localidad. Las peculiaridades patrimoniales que presenta en este municipio, frente al resto de celebraciones análogas existentes en la provincia y en la comunidad andaluza, radican en una serie de aspectos. Uno de ellos es su dimensión histórica, pues es la segunda cabalgata de mayor antigüedad en España tras la de Sevilla.
Otro de los rasgos distintivos de la actividad es su especificidad y riqueza estética-escenográfica-representativa, caracterizada por su barroquismo y teatralidad, que en buena medida recrean ambientaciones propias del entorno natural y de la cultura material tradicional de la comarca serrana propias del siglo XIX. El hecho de presentar actualmente esta ambientación y recreación, pone de manifiesto el intento simbólico de los higuereños por mantener su especificidad cultural frente al inexorable proceso homogeneizador proveniente del ámbito urbano. Por consiguiente, existe una clara intención de proyectarse colectivamente como un reducto de autenticidad y pureza, común en otros rituales de estas localidades serranas.
Por otro lado, la cabalgata destaca por su capacidad integradora y de cohesión social en un municipio tradicionalmente polarizado, pues canaliza y refuerza la sociabilidad de amistad-vecinal-asociativa y de género; propiciando la participación masiva de sus habitantes en las labores de organización, recaudación de fondos, montaje, diseño y escenificación en carrozas, así como en las celebraciones de comensalismo y reencuentro con los familiares y amigos emigrantes.
Pero sobre todo, la cabalgata se distingue por su dimensión simbólica, ya que posee una extraordinaria capacidad para la vehiculación de las identificaciones colectivas. Esta fiesta es símbolo de la «comunidad», puesto que proyecta y representa el distintivo o la diferenciación del higuereño frente a los demás vecinos de la comarca. Simbólicamente, Higuera es el centro comarcal en la Noche de Reyes, su cabalgata no tiene competidora en la zona, y se convierte en el centro de un flujo de miles de visitantes desde todos los pueblos circundantes, reforzando así su sentido de comunidad frente a sus vecinos inmediatos.
Sus valores culturales expresan no solo el arraigo de una tradición, sino el carácter vivo e irrepetible en cada una de sus ediciones, destacando por su creatividad, su saber hacer, maestría trasmitida de generación en generación, dinamismo y renovación en las formas y contenidos año tras año.
III. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, al amparo del artículo 5.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, incoó mediante Resolución de 15 de diciembre de 2008 (publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 14, de 22 de enero de 2009), el procedimiento para la inscripción como Bien de Catalogación General, en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, de la actividad de interés etnológico denominada Cabalgata de Reyes Magos, en Higuera de la Sierra (Huelva).
De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 39, de 25 de febrero de 2010), y trámite de audiencia al Ayuntamiento de Higuera de la Sierra, así como a los particulares directamente afectados en sus derechos. Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Huelva, en sesión 8/09 de 3 de julio de 2009, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre. No se presentaron alegaciones en la tramitación del procedimiento de inscripción.
Terminada la instrucción del procedimiento, y según lo dispuesto en el artículo 9.7.b) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, la actividad de interés etnológico denominada Cabalgata de Reyes Magos en Higuera de la Sierra (Huelva).
A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Decreto 19/1995, de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de estos inmuebles en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por el Decreto 2/2004, de 7 de enero.
De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede la inclusión gratuita en el Registro de la Propiedad de la inscripción de los Bienes Inmuebles en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz.
Por todo lo expuesto, a tenor de las actuaciones practicadas y teniendo en cuenta las disposiciones citadas, sus concordantes y normas de general aplicación,
RESUELVO
Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Catalogación General, la actividad de interés etnológico denominada Cabalgata de Reyes Magos, en Higuera de la Sierra (Huelva), cuya identificación, descripción y delimitación figuran en el Anexo a la presente Orden.
Segundo. Instar el asiento del ámbito territorial vinculado al desarrollo de la actividad de interés etnológico en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados y su inclusión en el Registro de la Propiedad.
Tercero. Ordenar que la presente Orden se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, desde el día siguiente al de su notificación, potestativamente, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dicta en el plazo de un mes, conforme a los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de acuerdo con lo previsto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 10 de junio de 2010
PAULINO PLATA CÁNOVAS
Consejero de Cultura
ANEXO
I. DENOMINACIÓN
Cabalgata de Reyes Magos.
II. LOCALIZACIÓN
Higuera de la Sierra (Huelva).
III. DESCRIPCIÓN DE LA ACTIVIDAD
Aunque el momento festivo más importante tiene lugar en la tarde noche del cinco de enero (fecha en la que se realiza la actividad), los preparativos de esta celebración, inserta en el ciclo navideño, comienzan unos meses antes (aproximadamente el mes de octubre), momento en el que la organización suele realizar las primeras reuniones. En estos preparativos se elabora el guión a seguir respecto al número y motivo de las carrozas, las personas que serán los Reyes Magos y otros asuntos derivados de la organización.
El desfile higuereño lo componen un total de quince o dieciséis carrozas que se elaboran sobre camiones de medianas o grandes dimensiones, identificadas estéticamente en dos grupos: El conjunto de carrozas «de verde, de monte o de pobre» y el grupo de carrozas formado por la Estrella de la Ilusión y las tres carrozas de los Reyes Magos.
El desfile tiene su inicio en torno a las nueve de la noche tras un castillo de fuegos artificiales que anuncia su salida. El punto de partida está situado en las «Casas Baratas», conjunto de viviendas situadas al margen izquierdo de la carretera N-433 a su paso por la localidad. Desde aquí inicia su recorrido por la avenida de la Cabalgata hasta penetrar en el barrio de San Antonio, en cuya plaza del mismo nombre se realiza una primera parada para descanso de los figurantes. Desde la plaza de San Antonio la cabalgata inicia la ascensión por el pueblo a través de la calle Virgen del Prado y la calle de la Fuente. Antes de ingresar en la plaza de la Constitución, la cabalgata tiene otra parada de descanso, alcanza la plaza del pueblo y culmina su recorrido en los alrededores de la plaza de toros a través de la calle Ordóñez Rincón. Posteriormente los tres Reyes Magos y el Nacimiento regresan a un portal instalado en la plaza de la Constitución donde se representa la adoración de los reyes al Niño Jesús. Tras el reparto de juguetes a los niños del pueblo, concluye la actividad.
El orden de la cabalgata sigue un esquema rígido. En primer lugar, abriendo el cortejo desfila la Estrella de la Ilusión, seguida por las once o doce carrozas de «pobre» en las que se interpretan por riguroso orden cronológico las escenas bíblicas que rodean el nacimiento y la infancia de Jesús. Entre ellas se intercalan bandas de música y grupos de pastores con rebaños. El cortejo lo cierran las carrozas de Melchor, Gaspar y Baltasar.
El valor distintivo de la cabalgata de Higuera reside en la configuración y representación de las carrozas “de pobre” en las que aparecen diferentes escenas del nacimiento, anunciaciones, adoraciones de pastores, etc., siendo uno de los rasgos más sorprendentes y atractivos la congelación de toda la composición, incluyendo personas y animales, como si de un grupo escultórico se tratara. Las únicas figuras que aparecen en movimiento son los Reyes y sus pajes que lanzan caramelos y juguetes al público.
La Cabalgata de Reyes Magos de Higuera de la Sierra constituye un fenómeno estético complejo, de creación colectiva, en el que se aúnan aspectos de carácter puramente plásticos con otros teatrales de cierta inspiración barroca. Los motivos elegidos suelen estar imbuidos en la ambientación clásica de escenas bíblicas, aunque pueden aparecer estéticas de inspiración costumbrista o popular, incluyendo elementos (domésticos o del trabajo) de la vida cotidiana tradicional del entorno cultural serrano (aperos de labranza, pesebres, muebles antiguos, arcones, vasijas, lebrillos, cesterías, etc.) que se renuevan cada año. Por otra parte, resulta impactante en cuanto a su montaje la inclusión de algunos elementos que dificultan técnicamente las carrozas como la aparición de un arroyo, una cascada, un hogar o una lumbre. Las carrozas de la Estrella y de los Reyes Magos se decoran y plasman estéticamente con representaciones más lujosas y coloristas, en la línea estética de la mayoría de las cabalgatas de reyes.
Desde que fuera creada en torno a los años veinte del siglo pasado por iniciativa de Domingo Fal Conde, la actividad ha experimentado diversas transformaciones en sus formas organizativas, sentido, significación y estética, ejemplo de los cambios que la sociedad higuereña ha experimentado a lo largo del tiempo.
La Asociación Cultural y Social de la Cabalgata juega un papel fundamental en la organización de la celebración. Actualmente están representados en ella la mayoría de los grupos sociales locales a través de sus amplios órganos directivos y de su sistema de participación ciudadana abierto y flexible.
IV. DESCRIPCIÓN DEL ÁMBITO TERRITORIAL VINCULADO AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
El desfile tiene su desarrollo por las calles del pueblo. Marca su salida junto a la carretera de Sevilla a Lisboa, N-433, y se desarrolla por la avenida de la Cabalgata, estableciendo una primera parada en la Plaza de San Antonio. Desde la plaza de San Antonio asciende por la calle Virgen del Prado y calle de la Fuente, haciendo otra parada en la calle San Sebastián. Desde la calle San Sebastián continua por la plaza de la Constitución y finaliza en la calle Ordóñez Rincón.
V. DELIMITACIÓN DEL ÁMBITO TERRITORIAL VINCULADO AL DESARROLLO DE LA ACTIVIDAD
El ámbito territorial queda delimitado mediante una línea poligonal, siendo sus lados los límites de la misma y teniendo como vértices las coordenadas UTM que constan en el expediente de protección.
La delimitación afecta a los espacios públicos comprendidos en dicha línea poligonal.
La cartografía base utilizada es European Datum ED 30N, de la Consejería de Obras Públicas y Vivienda. Instituto Cartográfico de Andalucía.
VI. DELIMITACIÓN GRÁFICA
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