Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 20/07/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 16 de marzo de 2010, del Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, dimanante de procedimiento ordinario núm. 638/2009. (PD. 1831/2010).

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NIG: 4109142C20090018553.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 638/2009.

Negociado: 1.º

Sobre: Reclamación de cantidad por impago de facturas.

De: Servibank, S.C.

Procuradora: Sra. Marta Ybarra Bores.

Contra: Compañía Andaluza de Negocios y Desarrollo, S.A.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 638/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Nueve de Sevilla, a instancia de Servibank, S.C., contra Compañía Andaluza de Negocios y Desarrollo, S.A., sobre reclamación de cantidad por impago de facturas, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 233/09

Juez que la dicta: Don Manuel J. Hermosilla Sierra.

Lugar: Sevilla.

Fecha: Veintisiete de noviembre de dos mil nueve.

Parte demandante: Servibank, S.C.

Procuradora: Marta Ybarra Bores.

Parte demandada: Compañía Andaluza de Negocios y Desarrollo, S.A.

Objeto del juicio: Reclamación de cantidad por impago de facturas.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. doña Marta Ybarra Bores, en nombre y representación de Servibank, S.C., contra Compañía Andaluza de Negocios y Desarrollo, S.A., la cual litiga en rebeldía, condeno a la demandada a abonar al actor un total de 35.778,64 euros más los intereses legales devengados por dicha suma desde la fecha del emplazamiento, y todo ello con expresa condena en costas procesales a la parte demandada.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla (artículo 455 LEC). El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 L.E.C.).

Para la admisión a trámite del recurso, previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4053000004063809, indicando en las observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código «02», de conformidad en lo establecido en la disposición adicional decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Compañía Andaluza de Negocios y Desarrollo, S.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a dieciséis de marzo de dos mil diez.- El/la Secretario.

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