Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 23/07/2010

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 17 de septiembre de 2007, del Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba, dimanante de procedimiento ordinario núm. 189/2006. (PD. 1867/2010).

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NIG: 1402142C20060001294.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 189/2006. Negociado: R.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Ascensores Embarba, S.A.

Procurador: Sr. Ramón Roldán de la Haba.

Letrado: Sr. Francisco Manuel Ojeda Polo.

Contra: Construcciones Rugocor, S.L. y Jeybercor, S.L.

Procurador/a: Sr/a.

Letrado/a: Sr/a.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Proced. ordinamo (N) 189/2006 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Ocho de Córdoba a instancia de Ascensores Embarba, S.A., contra Construcciones Rugocor, S.L. y Jeybercor, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 170/2007

En Córdoba, a diecisiete de septiembre de dos mil siete.

Vistos por la Iltma. Sra. doña Cristina Mir Ruza, MagistradaJuez de Primera Instancia núm. Ocho de esta Ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario núm. 189/2006, seguidos a instancias de la entidad mercantil Ascensores Embarba, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don Ramón Roldán de la Haba y asistida del Letrado don Francisco Manuel Ojeda Polo, contra la entidad Construcciones Rugocor, S.L., y contra la entidad mercantil Jeybercor, S.L., declaradas en situación procesal de rebeldía, y

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador don Ramón Roldán de la Haba, en nombre y representación de la entidad Ascensores Embarba, S.A., contra la entidad mercantil Construcciones Rugocor, S.L. y contra Jeybercor, S.L., debo condenar y condeno a las referidas demandadas a pagar a la actora la suma de ciento once mil trescientos noventa y tres euros con diecinueve céntimos (111.393,19 €), con aplicación a esta cantidad del interés previsto en el fundamento jurídico cuarto, condenándoles, igualmente, al pago de las costas procesales causadas en este juicio.

Llévese testimonio de esta Resolución a los autos de su razón con inclusión de la original en el Libro de Sentencias, y notifíquese la misma a las partes, en la forma legalmente establecida.

Por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

E/.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Jeybercor, S.L., extiendo y firmo la presente en Córdoba, a diecisiete de septiembre de dos mil siete.- El/La Secretario.

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