Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 146 de 27/07/2010

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Resolución de 8 de julio de 2010, del Instituto Andaluz de la Mujer, por la que se efectúa la definición del programa Asocia.

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La Ley 10/1988, de 29 de diciembre, de presupuestos para la Comunidad Autónoma de Andalucía para 1989 creó el Instituto Andaluz de la Mujer como organismo autónomo de carácter administrativo, adscrito a la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, mediante el Decreto 174/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de esta Consejería, siendo en su artículo 2.2 donde declara la adscripción a la misma del Instituto Andaluz de la Mujer, con la finalidad de promover las condiciones para que sea real y efectiva la igualdad de la mujer y el hombre andaluces, haciendo posible la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social, y superando cualquier discriminación laboral, cultural, económica o política de la mujer.

El Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobado por el Decreto 1/1989, de 10 de enero, en desarrollo de la Ley 10/1988, recoge entre sus funciones el establecimiento de cauces de participación con las asociaciones de mujeres que contribuyan a la consecución de los fines del Organismo.

La Comunidad Autónoma de Andalucía asume en su Estatuto de Autonomía, aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, un fuerte compromiso con el fortalecimiento de la sociedad civil, y el fomento del asociacionismo. Y así establece en su artículo 12.1 que la Comunidad Autónoma de Andalucía facilitará la participación de todos los andaluces y andaluzas en la vida política, económica, cultural y social, y atribuyes a la misa en su artículo 73.2 la competencia exclusiva en materia de políticas de género que respetando lo establecido por el Estado en el ejercicio de la competencia que le atribuye el artículo 149.1 de la Constitución incluye entre otras la promoción del asociacionismo de mujeres.

La aprobación de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la Promoción de la Igualdad de Género en Andalucía, supone un nuevo marco jurídico para impulsar y promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en todos los ámbitos. A partir de la misma se da mayor valor al movimiento asociativo de mujeres entendiendo y destacando nuevamente que éste juega un importante papel en la sociedad actual, contribuyendo con sus aportaciones al avance social, político y cultural.

Dicha Ley recoge en su artículo 54, referido a la participación social, que las Administraciones públicas de Andalucía impulsarán medidas para el fomento de la participación social de las mujeres, y asimismo, cooperarán con la iniciativa social y las asociaciones para la promoción de la igualdad de género. Por otro lado, el su artículo 55, referido al fomento de las asociaciones de mujeres, recoge que los poderes públicos de Andalucía impulsarán el movimiento asociativo de mujeres y establecerán acciones adecuadas para facilitar su participación en la sociedad. Asimismo, potenciarán todas aquellas iniciativas que persigan la creación de redes de asociaciones de mujeres con el objetivo de incorporar a las mujeres en la actividad pública y facilitar su participación social. Igualmente, fomentarán la creación de órganos locales de participación en relación con la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, y su coordinación con otros órganos de ámbito territorial similares.

Además la Ley 12/2007 establece en su artículo 7, como uno de los elementos para alcanzar el objetivo de la igualdad entre mujeres y hombres y para eliminar la discriminación por razón de sexo, la elaboración de un Plan Estratégico de Igualdad de Mujeres y Hombres cada cuatro años. Es por ello que en la Comunidad Autónoma de Andalucía se han realizado las actuaciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en dicho artículo, concretamente con la aprobación del I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013 por Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 19 de enero de 2010.

Este I Plan Estratégico, que tiene el propósito de incidir en las distintas dimensiones de la discriminación por razón de sexo, tanto de carácter estructural como coyuntural, y pretende abordar de forma prioritaria la creación de condiciones y estructuras para que la igualdad de oportunidades entre las mujeres y hombres se convierta en una realidad en nuestra comunidad autónoma, recoge una línea de actuación completa dirigida a la participación (línea 7), siendo su objetivo primero promocionar el tejido asociativo de mujeres con el desarrollo de 20 medidas. Entre todas ellas podemos encontrar algunas que se convierten en compromisos expresos a desarrollar a través del Programa Asocia, como son las siguientes medidas:

a) Apoyo al tejido asociativo de mujeres, con especial incidencia en las asociaciones que promuevan, favorezcan, impulsen y faciliten el empoderamiento y la participación de las mujeres en los espacios políticos, consultivos y decisorios, así como en los diferentes espacios sociales.

b) Elaboración periódica de un diagnóstico de género sobre el tejido asociativo.

c) Apoyo a la articulación del tejido asociativo por medio de la puesta en marcha de acciones conjuntas entre las distintas asociaciones de mujeres.

d) Creación de espacios de formación, cuyos contenidos aborden el estudio de la mujer desde cualquier disciplina, para facilitar el empoderamiento, la influencia y la participación de las mujeres.

e) Creación de espacios de coordinación a través de una red activa de Asociaciones de Mujeres.

Visto el desarrollo normativo relacionado con esta materia hasta la fecha cabe destacar que ya en el año 2005 el Instituto Andaluz de la Mujer puso en marcha el Programa Asocia con la finalidad de impulsar la participación de las asociaciones de mujeres en el cambio social, el disfrute de derechos y la asunción de responsabilidades como sociedad civil.

Por todo lo anterior se entiende necesario proceder a actualizar el Programa Asocia mediante esta Resolución con la finalidad de configurar la participación de las mujeres como sociedad civil a través de las entidades en las que se integran y que las representan, en los espacios políticos, consultivos y decisorios, así como en los diferentes ámbitos de la sociedad.

En su virtud, de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 8 del Reglamento del Instituto Andaluz de la Mujer, aprobado por Decreto 1/1989, de 10 de enero, modificado por Decreto 120/1997, de 22 de abril,

RESUELVO

Primero. Objeto.

La presente Resolución tiene por objeto regular el Programa Asocia del Instituto Andaluz de la Mujer mediante la definición de los elementos que lo componen así como las condiciones de acceso al mismo.

Segundo. Objetivos del Programa.

Una prioridad del Instituto Andaluz de la Mujer es el fortalecimiento y consolidación de las asociaciones y federaciones de mujeres para fomentar su participación social por lo que con esta definición del Programa Asocia de pretenden alcanzar los siguientes objetivos:

a) Fortalecer el sentimiento identitario en las asociaciones y federaciones de mujeres.

b) Conformar y consolidar una red activa de asociaciones que interactúen entre ellas, con el Instituto Andaluz de la Mujer y con los Centros Municipales de Información a la Mujer.

c) Consolidar el sistema de comunicación de las asociaciones de mujeres de Andalucía con el Instituto Andaluz de la Mujer.

d) Determinar las líneas de actuación y participación de las entidades de mujeres en el Programa.

Tercero. Áreas de actuación del Programa Asocia.

Las áreas de actuación que lo conforman son:

1. Diagnóstico Asocia. Tiene como objetivo conocer en profundidad la realidad de las asociaciones y federaciones de mujeres de Andalucía, para mejorar la planificación del Programa Asocia, cubrir posibles carencias e impulsar nuevas líneas de actuación, centrándose en la relación de las entidades entre sí.

Las actuaciones que se desarrollan en esta línea son:

a) Recogida de información sobre las asociaciones.

b) Elaboración de estudios sobre las características de las propias entidades de mujeres y las redes sociales existentes entre ellas.

c) Actualización permanente de la base de datos de asociaciones dentro del Sistema de Información de Atención a Mujeres, subsistema Asocia.

2. Asocia La Formación. Tiene como objetivo dotar a las asociaciones y federaciones de mujeres de las herramientas necesarias para su funcionamiento y consolidación, así como facilitar la creación de redes.

Las actuaciones que se desarrollan en esta línea son:

a) Formación a distancia con el uso de las nuevas tecnologías de todo el tejido asociativo de mujeres en Andalucía, en distintas materias siempre con perspectiva de género.

b) Formación tecnológica presencial, a través de Centros Guadalinfo y otros recursos de la Sociedad de la Información, con distintos niveles de alfabetización digital, desarrollada a través de acuerdos con la Consejería competente en la materia.

3. Mujeres Asociadas. Tiene como objetivo fomentar el empoderamiento, el liderazgo y la creación de pensamiento en las asociaciones de mujeres para su participación política y social, así como la facilitación de la creación de relaciones y redes entre ellas.

Las actuaciones que se desarrollan en esta línea son:

a) Seminarios Provinciales de Mujeres Asociadas. Éstos, que se desarrollarán en todas las provincias, versarán cada año sobre una temática diferente de la que se realizará una introducción de la misma a las entidades de mujeres.

b) Encuentros Anuales de Asociaciones de Mujeres Andaluzas. Con un carácter práctico y mediante el desarrollo de talleres y otros sistemas de formación, se facilitará el abordaje en mayor profundidad del tema ya tratado en los Seminarios Provinciales, teniendo carácter de ámbito regional.

c) Comunidad Virtual Asocia. Ésta facilitará el contacto entre las entidades de mujeres que así lo deseen para el intercambio de experiencias, creación de redes y otras actuaciones, todo ello mediante el uso de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

d) Desarrollo de estudios y actuaciones generales en materia de género, a través de:

a. Grupos de Pensamiento e Investigación. Estos grupos estarán constituidos por mujeres lideres de entidades propuestas por los Centros Provinciales de la Mujer, así como representantes de Centros Municipales de Información a la Mujer, una representación de los Centros Provinciales de la Mujer y una persona experta en dinamización de grupos de trabajo. Estos grupos trabajarán en dos líneas:

i. La mejora del programa Asocia, creando progresivamente y haciendo suyo este programa que el Instituto Andaluz de la Mujer ha elaborado para ellas.

ii. El análisis de temas de interés común o propuestos por el Instituto Andaluz de la Mujer, con el objetivo de generar debate sobre el tema en cuestión, producir conocimiento, trazar planes de acción a medio o largo plazo, practicar metodologías de investigación feminista, etc.

b. Los Congresos de Asociaciones de Mujeres de Andalucía. La idea es ofrecer un nuevo espacio a las entidades de mujeres para la presentación de las últimas investigaciones y estudios de género desde los distintos ámbitos del conocimiento, ofrecer herramientas para la investigación feminista, así como la difusión y el intercambio de saberes entre ellas.

4. Fomento del asociacionismo femenino. Tiene como objetivo fortalecer y consolidar el movimiento asociativo de mujeres, y establecer una línea de apoyo para el desarrollo de proyectos de actividades que fomenten la participación social de las mujeres y promuevan la igualdad de oportunidades en Andalucía.

Las actuaciones que se desarrollan en esta línea son:

a) Subvenciones a asociaciones y federaciones de mujeres para la financiación de los gastos de funcionamiento y actividades programadas.

b) Subvenciones a asociaciones y federaciones de mujeres para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres y la promoción de la igualdad de género.

Cuarto. Requisitos de las asociaciones participantes en el programa.

Las asociaciones y federaciones de mujeres deberán cumplir los siguientes requisitos para participar en las actuaciones del Programa Asocia:

a) Estar legalmente constituidas como asociación sin ánimo de lucro y domiciliadas en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Estar incluidas en la base de datos del Programa Asocia del Instituto Andaluz de la Mujer (SIAM Asocia), a través de los Centros Provinciales de la Mujer o de los Centros Municipales de Información a la Mujer.

c) Recoger entre sus fines y objetivos la contribución a la promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres así como la promoción de la participación y presencia de la mujer en la vida política, económica, cultural y social.

d) Cuantos otros se establezcan, una vez se apruebe la norma reguladora del Censo de Entidades Colaboradoras con el Instituto Andaluz de la Mujer para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

Quinto. Proceso de inscripción en el Programa Asocia.

Para la inscripción en el mismo deberá personarse quien ostente la representación legal de la entidad en el Centro Municipal de la Mujer de pertenencia o en el Centro Provincial de la Mujer en el que se encuentre ubicado el domicilio social de la entidad, debiendo dar respuesta a toda la información que le sea solicita con la documentación que la certifique. Además, a su solicitud de participación en el Programa Asocia deberá acompañar copia auténtica o autenticada de los estatutos de la entidad así como del documento identificativo de la persona que ocupe el puesto de presidencia de la entidad.

Sevilla, 8 de julio de 2010.- La Directora, Soledad Pérez Rodríguez.

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