Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En el recurso de apelación núm. 308/2010 interpuesto por el sindicato SAFJA contra la Sentencia de fecha 5 de febrero de 2010, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, en el procedimiento abreviado allí seguido con el núm. 133/2008 contra la Orden de la Consejería de Salud de 4 de diciembre de 2007 por la que se convocaba concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de la Consejería en la provincia de Sevilla, se ha dictado Sentencia por la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Sevilla, con fecha veintinueve de septiembre de dos mil diez, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
«Fallamos: Que debemos estimar y estimamos parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la Letrada del gabinete jurídico de la Junta de Andalucía frente a la sentencia de fecha 5 de febrero dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. Dos de Sevilla, en el recurso seguido ante el mismo bajo el número 133/2008; resolución judicial que revocamos exclusivamente en lo relativo a la nulidad de la base octava, punto 7, sobre valoración de la docencia. Sin costas.»
Según lo establecido en los artículos 118 de la Constitución, 17.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y teniendo en cuenta que conforme a lo previsto en el artículo 72.2 de la citada Ley 29/1998, al tratarse de una sentencia firme que anula parcialmente un acto administrativo que afecta a una pluralidad indeterminada de personas, la ejecución voluntaria de la sentencia se cumple con su publicación en el mismo periódico oficial en que se hubiera publicado la resolución impugnada, he dispuesto, al objeto de su cumplimiento, su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 23 de noviembre de 2010.- La Secretaria General Técnica, María José Gualda Romero.
Descargar PDF