Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 21/12/2010

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

Resolución de 13 de diciembre de 2010, de la Secretaría General Técnica, por la que se dispone el cumplimiento, en sus propios términos, de la sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, dictada en el recurso número 342/03, Sección 1.ª

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Con fecha 22 de febrero de 2010, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en el recurso núm. 342/03, interpuesto por el Abogado del Estado contra la Orden de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía de fecha 3 de septiembre de 2002, por la que se regulan y convocan ayudas para la asistencia técnica de las almazaras, con el fin de contribuir a la mejora del medio ambiente y al aumento de la calidad de la producción del aceite de oliva, en el marco del Programa de Mejora de la Calidad de la Producción de Aceite de Oliva para la campaña 2002/2003, ha dictado Sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:

«FALLO

Estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el Sr. Abogado del Estado contra la Orden de 3 de septiembre de 2002 de la Consejería de Agricultura y Pesca de la Junta de Andalucía, por la que se regulan y convocan ayudas para la asistencia técnica de las almazaras, en el marco del Programa de Mejora de la calidad de la producción del Aceite de Oliva para la Campaña 2002/2003; para decretar la nulidad de la letra b) del art. 3 de la Orden indicada y, en su consecuencia, la de lo recogido en la letra b) del art. 5 de su Texto, en orden a los conceptos que se entienden subvencionables y la cuantía de las ayudas, apartados I, II, III, IV y V del texto; sin costas.»

En su consecuencia de conformidad con lo dispuesto en el artículo 118 de la Constitución Española, 17.2 de la Ley 6/85, de 1 de julio, Orgánica del Poder Judicial, y 104 y siguientes de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,

HE RESUELTO

Cumplir en sus propios términos la citada sentencia, de acuerdo con lo ordenado por la Sala.

Sevilla, 13 de diciembre de 2010.- La Secretaria General Técnica, Isabel Liviano Peña.

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