Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 103 de 27/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

Orden de 27 de abril de 2011, por la que se establece la distribución de las cantidades a percibir por las Corporaciones Locales para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2011.

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El Decreto 174/2009, de 19 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social (BOJA núm. 95, de 20 de mayo), asigna a la misma competencias en el desarrollo de la red de los Servicios Sociales Comunitarios.

El Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía (BOJA núm. 85, de 20 julio), establece en su artículo 2 que los créditos presupuestarios destinados a la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía serán transferidos por la Consejería de Asuntos Sociales (ahora Consejería para la Igualdad y Bienestar Social) y distribuidos entre las Diputaciones Provinciales y los Ayuntamientos de municipios de Andalucía con población superior a veinte mil habitantes, conforme a las reglas que en el mismo se establecen.

En el apartado cuarto de la disposición transitoria única del Decreto 203/2002, de 16 de julio, se establece que los créditos a percibir por las Corporaciones Locales procedentes tanto de los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía como de los Presupuestos Generales del Estado estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria del ejercicio económico.

En el presente ejercicio hay que incluir al municipio de Moguer (Huelva), que supera los 20.000 habitantes, tal como establece el Real Decreto 1612/2010, de 7 de diciembre (BOE núm. 311, de 23 de diciembre), por el que se declaran oficiales las cifras de población resultantes de la revisión del Padrón Municipal referidas a 1 de enero de 2010. En consecuencia, el mismo debe ser objeto de una financiación propia, ya que asume las competencias de gestión de los Centros de Servicios Sociales Comunitarios, en virtud del artículo 19 de la Ley 2/1988, de 4 de abril, de Servicios Sociales de Andalucía.

Conforme al artículo 5 del Decreto 203/2002, de 16 de julio, las cantidades se abonarán a las Corporaciones Locales en concepto de transferencia de financiación, una vez adoptada la orden de distribución de créditos por el órgano competente de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Servicios Sociales y Atención a las Drogodependencias, en el ejercicio de las facultades atribuidas por la legislación vigente y de conformidad con las competencias que confiere el artículo 44 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Primero. Ordenar para el ejercicio 2011 la transferencia de fondos que deben satisfacerse por la Comunidad Autónoma de Andalucía a las Diputaciones Provinciales y Ayuntamientos de municipios con población superior a veinte mil habitantes, conforme se establece en el Anexo Único de esta Orden, en virtud de lo estipulado en el Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía.

Segundo. La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social procederá a la liquidación de las transferencias de financiación de la siguiente forma:

a) Los importes de las doce mensualidades correspondientes al ejercicio 2011 serán abonados conforme al correspondiente calendario de pagos aprobado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Hacienda y Administración Pública.

b) Para proceder a la transferencia de fondos, las Corporaciones Locales deberán entregar la ficha de evaluación del ejercicio anterior y la certificación prevista en el artículo 5.2 del Decreto 203/2002, de 16 de julio, por el que se regula el sistema de financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en Andalucía. Asimismo deberán aportar la ficha de presentación correspondiente al ejercicio 2011 que al efecto se establezca y facilite por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, así como certificación emitida por la Intervención de la respectiva Corporación Local correspondiente a la aportación propia destinada en sus presupuestos para la financiación de los Servicios Sociales Comunitarios en el citado ejercicio, de conformidad con el Convenio-Programa suscrito por la Junta de Andalucía y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (actualmente Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad).

c) Los pagos de la aportación mensual correspondiente a los créditos procedentes del Presupuesto de la Junta de Andalucía se abonarán con la cadencia establecida en el anteriormente citado calendario de pagos. Los pagos de la aportación procedente de la Administración General del Estado se ajustarán de igual modo al citado calendario de pago, estando supeditado, en todo caso, a la realización efectiva de la oportuna transferencia de dichos fondos a la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Tercero. Estas cantidades serán destinadas a garantizar la continuidad de los efectivos personales y funcionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los Servicios Sociales Comunitarios de Andalucía.

Sevilla, 27 de abril de 2011

Micaela Navarro Garzón

Consejera para la Igualdad y Bienestar Social

ANEXO ÚNICO
Corporación Local Distribución final 2011
Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad Consejería para la Igualdad
y Bienestar Social
Total
Ayto. de Almería 612.406,24 1.015.679,33 1.628.085,57
Diputación Prov. de Almería 421.724,12 1.295.875,06 1.717.599,18
Ayto. de Adra 53.752,45 113.021,42 166.773,87
Ayto. de El Ejido 86.944,36 450.020,84 536.965,20
Ayto. de Níjar 44.171,10 136.455,13 180.626,23
Ayto. de Roquetas de Mar 69.447,70 442.309,98 511.757,68
Ayto. de Vícar 83,26 153.839,19 153.922,45
Ayto. de Cádiz 450.249,26 778.775,35 1.229.024,61
Ayto. de Jerez de la Frontera 401.694,13 1.020.087,85 1.421.781,98
Diputación Prov. de Cádiz 515.292,01 1.017.769,77 1.533.061,78
Ayto. de Algeciras 204.442,52 594.112,68 798.555,20
Ayto. de Arcos de la Frontera 75.219,43 139.653,25 214.872,68
Ayto. de Barbate 73.126,71 121.282,10 194.408,81
Ayto. de Los Barrios 590,19 152.254,99 152.845,18
Ayto. de Chiclana de la Frontera 108.311,24 409.725,88 518.037,12
Ayto. de Conil de la Frontera 0,00 146.473,06 146.473,06
Ayto. de La Línea de la Concepción 163.205,11 286.406,62 449.611,73
Ayto. de El Puerto de Santa María 151.336,79 445.896,35 597.233,14
Ayto. de Puerto Real 81.549,59 193.684,23 275.233,82
Ayto. de Rota 59.799,80 136.108,92 195.908,72
Ayto. de San Fernando 177.083,87 487.022,42 664.106,29
Ayto. de San Roque 57.547,17 136.331,59 193.878,76
Ayto. de Sanlúcar de Barrameda 140.750,77 314.870,45 455.621,22
Ayto. de Córdoba 722.358,53 1.563.273,21 2.285.631,74
Diputación Prov. de Córdoba 764.526,02 1.345.613,13 2.110.139,15
Ayto. de Baena 48.492,02 97.517,39 146.009,41
Ayto. de Cabra 54.842,51 94.330,14 149.172,65
Ayto. de Lucena 71.971,13 214.765,01 286.736,14
Ayto. de Montilla 57.209,67 109.633,37 166.843,04
Ayto. de Palma del Río 228,40 149.349,44 149.577,84
Ayto. de Priego de Córdoba 55.650,15 107.705,03 163.355,18
Ayto. de Puente Genil 62.419,80 144.172,48 206.592,28
Ayto. de Granada 834.221,38 1.383.560,90 2.217.782,28
Diputación Prov. de Granada 981.616,76 2.364.414,45 3.346.031,21
Ayto. de Almuñécar 54.229,85 130.095,10 184.324,95
Ayto. de Armilla 0,00 147.292,48 147.292,48
Ayto. de Baza 57.075,02 99.674,62 156.749,64
Ayto. de Guadix 55.814,40 92.560,33 148.374,73
Ayto. de Loja 56.078,71 94.968,97 151.047,68
Ayto. de Maracena 0,00 147.160,73 147.160,73
Ayto. de Motril 94.162,99 314.978,64 409.141,63
Ayto. de Huelva 390.723,28 656.544,85 1.047.268,13
Diputación Prov. de Huelva 641.112,99 1.313.977,72 1.955.090,71
Ayto. de Almonte 83,28 150.383,70 150.466,98
Ayto. de Ayamonte 0,00 145.645,16 145.645,16
Ayto. de Isla Cristina 83,68 148.049,25 148.132,93
Ayto. de Lepe 52.630,58 120.522,87 173.153,45
Ayto. de Moguer 49.904,85 102.281,29 152.186,14
Ayto. de Jaén 454.362,93 753.565,27 1.207.928,20
Diputación Prov. de Jaén 973.453,68 1.630.063,57 2.603.517,25
Ayto. de Alcalá la Real 57.980,76 100.568,11 158.548,87
Ayto. de Andújar 76.788,54 196.376,96 273.165,50
Ayto. de Linares 125.834,10 301.968,47 427.802,57
Ayto. de Martos 58.041,24 112.340,33 170.381,57
Ayto. de Úbeda 93.730,70 158.087,15 251.817,85
Ayto. de Málaga 1.124.165,23 2.819.602,70 3.943.767,93
Diputación Prov. de Málaga 606.229,64 1.261.323,72 1.867.553,36
Ayto. de Alhaurín de la Torre 3.598,90 220.729,75 224.328,65
Ayto. de Alhaurín el Grande 747,43 156.014,33 156.761,76
Ayto. de Antequera 85.512,93 225.255,84 310.768,77
Ayto. de Benalmádena 61.068,98 307.078,47 368.147,45
Ayto. de Cártama 0,00 150.819,72 150.819,72
Ayto. de Coín 385,56 149.769,71 150.155,27
Ayto. de Estepona 74.559,96 343.415,87 417.975,83
Ayto. de Fuengirola 79.293,24 379.991,12 459.284,36
Ayto. de Marbella 156.907,95 739.557,84 896.465,79
Ayto. de Mijas 71.954,55 386.027,98 457.982,53
Ayto. de Nerja 83,84 150.136,70 150.220,54
Ayto. de Rincón de la Victoria 4.315,40 245.296,33 249.611,73
Ayto. de Ronda 75.400,62 178.892,72 254.293,34
Ayto. de Torremolinos 47.290,95 374.042,22 421.333,17
Ayto. de Vélez-Málaga 131.264,58 357.484,81 488.749,39
Ayto. de Sevilla 1.370.459,97 3.549.046,58 4.919.506,55
Diputación Prov. de Sevilla 1.114.662,98 2.969.019,69 4.083.682,67
Ayto. de Alcalá de Guadaíra 141.485,85 328.914,51 470.400,36
Ayto. de Camas 59.718,94 122.170,35 181.889,29
Ayto. de Carmona 59.533,58 135.315,02 194.848,60
Ayto. de Coria del Río 55.317,94 135.091,95 190.409,89
Ayto. de Dos Hermanas 192.959,01 633.086,33 826.045,34
Ayto. de Écija 88.651,53 190.606,73 279.258,26
Ayto. de Lebrija 64.899,36 117.560,76 182.460,12
Ayto. de Mairena del Alcor 38.230,71 102.833,49 141.064,20
Ayto. de Mairena del Aljarafe 61.763,81 216.453,87 278.217,68
Ayto. de Morón de la Frontera 65.805,07 133.543,65 199.348,72
Ayto. de Los Palacios y Villafranca 73.329,82 179.249,75 252.579,57
Ayto. de La Rinconada 55.632,72 185.220,69 240.853,41
Ayto. de San Juan de Aznalfarache 53.694,29 91.667,15 145.361,44
Ayto. de Tomares 477,92 153.858,30 154.336,22
Ayto. de Utrera 105.792,54 241.534,77 347.327,31
Totales 17.019.551,57 42.409.710,00 59.429.261,57
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