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La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el 15 de octubre de 2010, acordó aprobar la Convocatoria y Bases que han de regir las pruebas selectivas para la provisión como funcionarios/as de carrera de cuatro plazas de la escala de Administración Especial, dos de la Subescala Técnica, clase Técnicos Medios y dos de la Subescala de Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales y Sepulturero Municipal, por el proceso extraordinario de consolidación de empleo, vacantes en la plantilla de funcionarios/as de este Ayuntamiento.
A continuación se inserta el texto íntegro de las mismas:
BASES QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN COMO FUNCIONARIOS/AS DE CARRERA, DE CUATRO PLAZAS DE LA ESCALA DE ADMINISTRACIÓN ESPECIAL, DOS DE LA SUBESCALA TÉCNICA, CLASE TÉCNICOS MEDIOS Y DOS DE LA SUBESCALA DE SERVICIOS ESPECIALES, CLASE COMETIDOS ESPECIALES Y SEPULTURERO MUNICIPAL, POR EL PROCESO EXTRAORDINARIO DE CONSOLIDACIÓN DE EMPLEO, VACANTES EN LA PLANTILLA DE FUNCIONARIOS/AS DEL AYUNTAMIENTO DE NERJA
1. Normas generales.
Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionarios/as de carrera, mediante el sistema de acceso por turno libre y a través del procedimiento de selección por concurso oposición, por consolidación de empleo, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, de las plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Nerja que se relacionan, encuadradas en las escalas, subescalas, grupos y categorías definidos en el capítulo IV del título VII del Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, dotadas con sueldo, trienios, pagas extraordinarias y demás retribuciones complementarias, de acuerdo con la legislación vigente, correspondientes a diversas Ofertas de Empleo Público. Las plazas objeto de provisión son las siguientes:
DENOMINACIÓN | OEP | GRUPO | VACANTES | TURNO | CLASIFICACIÓN |
Técnico Gestión Patrimonial | 2000 | A2 | 1 | Consolidación | escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Medios |
Ingeniero Técnico de Obras Públicas | 2001 | A2 | 1 | Consolidación | escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Medios |
Sepulturero | Vacante por Jubilación | Antiguo E | 1 | Consolidación | escala de Admón. Especial, subescala Servicios Especiales, clase Sepulturero Municipal |
Oficial celador: Rentas y obras | Vacante por Jubilación | C2 | 1 | Consolidación | escala de Admón. Especial, subescala Servicios Especiales, clase Cometidos Especiales |
TOTAL plazas | 4 |
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público; la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo y el Real Decreto 255/2006, de 3 de marzo, que lo modifica; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, las presentes bases y las demás disposiciones aplicables en la materia.
2. Requisitos de los aspirantes.
Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:
a) Estar en posesión de la nacionalidad española, no obstante, los nacionales de otros Estados podrán acceder en los términos establecidos en el artículo 57 del EBEP.
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título exigido para la plaza, según se especifica en los Anexos I, II, III y IV que acompañan estas bases o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la plaza a que se aspira.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos por la legislación vigente.
g) Estar en posesión del permiso de conducir clase B, para las plazas de Ingeniero Técnico de Obras Públicas y de Oficial-Celador.
Los requisitos establecidos en las normas anteriores deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la toma de posesión. Los requisitos de los apartados a), b), c) y g) deberán acreditarse con la presentación de solicitudes, mediante fotocopia del DNI, Documento de Régimen Comunitario o Pasaporte, acompañada de original para su compulsa; copia autentificada o fotocopia, que deberá presentarse junto con el original para su compulsa, del título exigido, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición; y fotocopia del permiso de conducir, acompañada de original para su compulsa.
3. Solicitudes.
3.1. Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al Presidente de la Corporación y se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de la misma, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, en horas de 10 a 14,00. Cuando el último día de plazo sea sábado, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Las presentes bases se publicarán con anterioridad en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) y en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
El Ayuntamiento, previa comunicación en la solicitud de los aspirantes con algún tipo de discapacidad, realizará las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones del puesto de trabajo a las necesidades de las personas con discapacidad que hubieran obtenido la plaza (art. 59.2 del Estatuto Básico del Empleado Público).
Los/as interesados/as en este proceso selectivo deberán unir a la solicitud fotocopias compulsadas del DNI, Documento de Régimen Comunitario o Pasaporte, de la titulación exigida y del permiso de conducir, así como justificante de haber ingresado los derechos de examen a que se refiere el apartado 3.4 de esta base.
3.2. Para ser admitido/a a esta convocatoria bastará que los/as aspirantes manifiesten en su instancia que reúnen todos y cada uno de los requisitos generales exigidos en la base segunda, referidos a antes de que termine el último día de presentación de solicitudes; que adjunten fotocopias compulsadas de los documentos justificativos de los requisitos de los apartados a), b), c) y g) de la Base 2.ª, impreso de autobaremación debidamente cumplimentado, expresando en el mismo los méritos que posean de los previstos en la Base 6.ª, apartado 1.º) y acompañando la documentación justificativa de su contenido, en original o fotocopia compulsada, y comprobante de haber ingresado los derechos de examen a que se refiere el apartado 3.4 de esta Base. No se baremará mérito alguno alegado que no se acredite en ese momento.
3.3. Las solicitudes también podrán presentarse en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si se optará por esta forma de presentación en un Registro Público distinto del municipal deberá de comunicarse esta circunstancia por Fax al número 952 548 466, el mismo día que se presente la instancia en esos Registros.
3.4. Los derechos de examen se fijan en 100 €, para las dos plazas de la Subescala Técnica y en 50 € para las dos de la Subescala de Servicios Especiales, cuyo importe se hará efectivo en la cuenta número 2100-2584-42-0210093052 abierta a nombre del Ayuntamiento en La Caixa, debiendo indicar en el impreso el nombre, apellidos y NIF del aspirante y «Pruebas selectivas plaza: (Técnico Gestión Patrimonial, Ingeniero Técnico Obras Públicas, Sepulturero ó Oficial-Celador) sistema de concurso oposición por consolidación».
Únicamente procederá la devolución de los derechos de examen a los aspirantes que hayan sido excluidos definitivamente de las pruebas selectivas antes de su comienzo. A tales efectos, el reintegro se hará de oficio.
3.5. Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán ser subsanados en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía o la Junta de Gobierno Local, se dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as, así como la de excluidos/as y causas que han motivado la exclusión. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el caso que no exprese la relación de todos los solicitantes, se indicará el lugar en que serán expuestas al público las listas certificadas completas de admitidos/as y excluidos/as, señalándose el plazo para la subsanación de defectos.
4.2. Los/as aspirantes excluidos/as dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente a la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Los/as aspirantes que dentro del plazo señalado no subsanaren dicha exclusión quedarán definitivamente excluidos/as de la convocatoria.
4.3. Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución de la Alcaldía, o acuerdo de la Junta de Gobierno Local, por la que se apruebe la lista definitiva que será hecha pública, asimismo, en el Tablón de Anuncios Municipal y en el Boletín Oficial de la Provincia, y que expresará también la composición del Tribunal de Selección, el lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.
4.4. En los casos que correspondan, el nombre, apellidos y calificación de los/as aspirantes, podrán aparecer publicados en el sitio web www.nerja.org. Los/as aspirantes podrán ejercer sus derechos de acceso, cancelación y oposición de sus datos, notificándolo por escrito al Excmo. Ayuntamiento de Nerja.
5. Tribunales de Selección.
5.1. Los Tribunales de Selección estarán constituidos por un/a Presidente/a y cuatro vocales, predominantemente técnicos, y un/a secretario/a, con la composición que se expresa a continuación:
Presidente: Funcionario/a designado por el Alcalde.
Secretario: Funcionario/a de la Corporación.
Vocales: La designación de los cuatro vocales como miembros del Tribunal de Selección se ajustará a los principios de imparcialidad y profesionalidad de los miembros, y se tenderá, así mismo, a la paridad entre mujer y hombre, no pudiendo formar parte del mismo el personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual. La pertenencia al Tribunal será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Todos/as los/as vocales, tanto los/as titulares como los/as suplentes, deberán poseer titulación o especialización de igual o superior nivel al exigido para el ingreso en las plazas que se convocan.
Todos los miembros de los Tribunales actuarán con voz y con voto, excepto el Secretario/a, que sólo tendrá voz.
5.2. Los miembros de los Tribunales de Selección se abstendrán de intervenir, notificándolo al Ayuntamiento de Nerja, cuando concurran las circunstancias previstas en el articulo 28 de la Ley 30/92. Los/as aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias anteriormente citadas.
5.3. Para la válida constitución de los Tribunales en cada una de sus sesiones, se requerirá la concurrencia de dos de sus Vocales, el Presidente y el Secretario o de quienes le sustituyan.
5.4. A los Tribunales corresponderá dilucidar las cuestiones planteadas durante el desarrollo del proceso selectivo, velar por el buen desarrollo del mismo y calificar las pruebas establecidas.
Resolverán, por mayoría de votos de los miembros presentes, todas las dudas que surjan en aplicación de las normas contenidas en estas Bases y determinarán la actuación procedente en los casos no previstos.
Sus acuerdos sólo podrán ser impugnados por los/as interesados/as en los supuestos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
5.5. La determinación concreta de los miembros de los Tribunales, se hará pública en el Tablón de Anuncios Municipal conjuntamente con la resolución a que hace referencia la base 4.3.
5.6. Los Tribunales de Selección podrán contar con la colaboración de Asesores/as Técnicos/as en aquellas pruebas que demanden oír la opinión de técnicos/as especialistas, con voz pero sin voto, limitándose al ejercicio de su especialidad técnica, así como de colaboradores/as en tareas de vigilancia y control del desarrollo de los diferentes ejercicios.
5.7. De conformidad con lo establecido en el artículo 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, a efectos de indemnizaciones por asistencia, el Tribunal de Selección tendrá la categoría segunda para la provisión de las plazas de la Subescala Técnica y tercera para las de la Subescala de Servicios Especiales.
6. Sistema de Selección.
Las plazas convocadas se proveerán por concurso oposición, por proceso de consolidación, que constará de:
I. Fase de concurso.
Se celebrará previamente a la fase de oposición, no teniendo carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.
Los/as aspirantes deberán presentar junto con la solicitud de participación en la convocatoria, el impreso de autobaremación debidamente cumplimentado, que se adjunta a las presentes bases, junto con cuantos documentos sean necesarios para acreditar los méritos que aleguen. Los méritos estarán referidos a la titulación superior a la exigida, al trabajo desarrollado y a los cursos de formación superados o impartidos en Centros Oficiales de Formación. Se entenderán como documentos acreditativos de los méritos los certificados oficiales expedidos por los órganos competentes de la Admón. Pública en materia de Personal; certificados de empresa, contratos u otros documentos válidos oficialmente, según se especifica detalladamente en el baremo de esta convocatoria.
En la valoración de la fase de concurso no se tendrá en cuenta la documentación que no se presente en la forma requerida en las presentes bases, ni la que acredite méritos o complemente otros ya aportados y se presenten concluido el plazo de admisión de solicitudes.
La puntuación que se alcance por cada uno de los aspirantes determinará el resultado de la fase de concurso.
En ninguna fase del procedimiento serán requeridos de oficio los aspirantes para subsanación de los méritos aportados, ni cabrá la subsanación de los mismos a solicitud del interesado una vez concluido el plazo de presentación de solicitudes.
El baremo para calificar los méritos alegados en la fase de concurso será el que a continuación se detalla:
1.º) Baremo de la fase de concurso.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
La puntuación que se podrá obtener en la fase de concurso es la que sigue, con los máximos expresados en cada uno de los apartados que se valoran:
Baremo de méritos.
a) Titulación académica.
- Doctorado: 0,50 puntos.
- Licenciatura: 0,40 puntos.
- Diplomado universitario: 0,30 puntos.
- Bachiller, Técnico Superior en formación profesional o equivalente: 0,20 puntos.
- Educación Secundaria Obligatoria ó Graduado Escolar: 0,10 puntos.
Puntuación máxima: 0,50 puntos.
b) Méritos profesionales. Criterios generales.
I.a) Por cada año completo de servicios prestados por cuenta ajena en cualquiera de las Administraciones públicas como plaza o puesto de trabajo de igual contenido al que se opta, 0,15 puntos/año.
I.b) Por cada año completo de servicios prestados por cuenta ajena en empresas públicas o privadas, con contrato laboral acreditado, desempeñando un puesto de trabajo de igual naturaleza o categoría del convocado, 0,05 puntos/año.
Puntuación máxima: 1,50 puntos.
c) Cursos de formación.
Se valorarán los Cursos, Seminarios, Congresos o Jornadas de especialización, en materia relacionada con las plazas que se convocan, impartidos o recibidos por centros o instituciones oficiales: Universidad, Administración Pública o Corporaciones de Derecho Público (Colegios Profesionales, etc.), o bien, por institución pública o privada (Asociación Empresarial, Sindicato, etc.) en colaboración con una Administración Pública, así como aquéllos incluidos en el Acuerdo para la Formación Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:
II.a) Por la participación como asistente, 0,005, por cada hora de duración.
II.b) Por la participación con aprovechamiento, 0,010 puntos por cada hora de duración.
Los cursos impartidos fuera del ámbito del Ayuntamiento de Nerja, en los que no se exprese duración no serán valorados.
En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberá especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima.
En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 4 horas por cada día de curso.
Puntuación máxima: 1,00 punto.
d) Con carácter excepcional, al amparo legal de la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:
Los/as solicitantes que, estando prestando servicios en el Ayuntamiento de Nerja en la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y, de acuerdo con la citada Disposición Transitoria Cuarta, desempeñen interina o temporalmente los puestos o plazas, con anterioridad al 1 de enero de 2005 y que acrediten su experiencia y servicios prestados en el Ayuntamiento de Nerja mediante certificado expedido por el Servicio de Personal, podrán incrementar la puntuación obtenida en el apartado I.a) en 0,15 puntos/año.
Puntuación máxima que podrá obtenerse en el incremento: 1,50 puntos.
A los aspirantes que superen la fase de oposición se les sumará lo obtenido en los apartados I, II, III y IV del concurso.
La documentación que tendrá que presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración será la siguiente, con arreglo al baremo indicado:
2.º) Justificación de los méritos alegados.
a) Titulación académica.
Se presentará copia compulsada del título o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición.
b) Méritos profesionales. Criterios Generales.
La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se justificará:
1. Presentando certificación, en original o fotocopia compulsada, expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:
- Denominación de las plazas y de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado y de la jornada.
- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.
- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.
2. De no aportar la certificación, será posible acreditarlo mediante la documentación indicada en el apartado que sigue, de experiencia profesional fuera del ámbito de la Administración Pública.
La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará aportando los siguientes documentos, en original o fotocopia compulsada:
- Informe de vida laboral de la Seguridad Social, en el que deberá constar la categoría profesional (en caso de no expresarse en el informe la misma, deberá acompañarse de contrato de trabajo correspondiente al período que se alega o documento acreditativo en el que conste la misma).
En los dos apartados del punto 1 del baremo, para acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual contenido, cuando no coincida la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado, en original o fotocopia compulsada, en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales a las que la relación de puestos de este Ayuntamiento asigna a la mencionada plaza o puesto.
c) Cursos de formación.
Para acreditar los méritos señalados en el punto II del baremo habrá de aportarse Certificación o Diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del Curso, Seminario, Congreso o Jornada, o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en original o fotocopia compulsada, en la que conste:
- Denominación del curso, seminario, congreso o jornada.
- Número de horas/días de duración.
- Concepto en el que participó el aspirante.
En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, seminarios, congresos o jornadas relacionados con las funciones a desarrollar en este Ayuntamiento en el puesto/plaza de que se trate.
En el supuesto de cursos organizados por los Sindicatos al amparo de los Planes Anuales de Formación Continua del Personal al servicio de la Administración Pública, deberá aportarse certificación, en original o fotocopia compulsada, del órgano competente de la mencionada institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de formación continua a la que pertenezca el curso.
d) Con carácter excepcional, al amparo legal de la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
La experiencia profesional se justificará presentando certificación, en original o fotocopia compulsada, expedida por el órgano competente del mismo con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:
- Denominación de la plaza y puesto de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.
- Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con el Ayuntamiento de Nerja.
II. Fase de oposición.
Se celebrará con posterioridad a la fase de concurso y su desarrollo y calificación se ajustará a las siguientes normas:
La celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas se hará pública mediante publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, como mínimo, con 15 de días de antelación.
El orden de actuación de los/as aspirantes se iniciará por la letra del primer apellido que resulte del sorteo público celebrado por el Ayuntamiento en el Salón de Plenos de la Casa Consistorial, a las 12.00 horas del último día del plazo para presentación de instancias. Si no hubiera ningún aspirante que su primer apellido empiece por dicha letra se pasará a la siguiente. El resultado será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal, en el Tablón de Anuncios de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o 24 si se trata de otro distinto.
Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 5 días y máximo de 45 días hábiles.
Los/as opositores/as serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal, siendo excluidos del proceso selectivo los/as aspirantes/as que no comparezcan.
Comenzada la práctica de los ejercicios, el Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los/as opositores/as para que acrediten su personalidad.
El sistema selectivo constará de dos ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorios entre sí, siendo uno de ellos de tipo práctico, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los/as aspirantes.
a) Plazas Técnico Gestión Patrimonial e Ingeniero Técnico de Obras Públicas:
En el primer ejercicio, de carácter eliminatorio, se desarrollarán cuatro temas, que se extraerán al azar, correspondientes a los contenidos en los anexos I y II, uno del Bloque A (Materias comunes) y tres del Bloque B (Materias específicas, uno del apartado 1, otro del 2 y el último del 3) durante un tiempo máximo de tres horas.
El segundo ejercicio, también eliminatorio y de tipo práctico, será elegido por los opositores entre los determinados por el Tribunal, relativos a las tareas a desempeñar en el puesto en cuestión y relacionado con los temas incluidos en los anexos I y II, dentro del Bloque II (Materias específicas) durante un tiempo máximo de una hora y media.
b) Plaza Oficial-Celador:
En el primer ejercicio, de carácter eliminatorio, se desarrollarán dos temas, que se extraerán al azar, correspondientes a los contenidos en el anexo III, uno del Bloque A (Materias comunes) y otro del Bloque B (Materias específicas) durante un tiempo máximo de una hora y media.
El segundo ejercicio, también eliminatorio y de tipo práctico, será elegido por los opositores entre los determinados por el Tribunal, relativos a las tareas a desempeñar en el puesto en cuestión y relacionado con los temas incluidos en el anexo III, dentro del Bloque B (Materias específicas) durante un tiempo máximo de una hora.
c) Plaza Sepulturero:
El primer ejercicio, de carácter eliminatorio, consistirá en la contestación por escrito, durante un tiempo máximo de una hora, de un cuestionario de 40 preguntas tipo test, con varias respuestas alternativas, relacionadas con el temario que se detalla en el Anexo IV, con las siguientes consideraciones:
- Las respuestas correctas serán valoradas con 0,25 puntos.
- Las respuestas erróneas se valorarán negativamente, y restarán 0,10 puntos cada una de ellas.
- Si el/a aspirante contestara o situara algún signo a más de una de las posibles opciones o respuestas de una misma pregunta, se entenderá que ésta no ha sido contestada, salvo en el supuesto de que, tras la rectificación efectuada por el/a aspirante, quedara meridianamente clara e indubitada la respuesta elegida.
El segundo ejercicio, también eliminatorio y de tipo práctico, se realizará en el mismo cementerio y consistirá en llevar a cabo alguna de las tareas propias del puesto en cuestión que determine el Tribunal durante el tiempo que se establezca.
Se valorarán los conocimientos sobre las cuestiones planteadas, las aptitudes y la capacidad en la ejecución de las tareas propuestas de los/as aspirantes.
El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que durante la corrección de los ejercicios, no se conozca la identidad de los mismos, quedando automáticamente anulados los ejercicios en los cuales consten marcas o signos.
7. Calificación de la oposición.
Los ejercicios, de carácter eliminatorio, se calificarán de 0 a 10 puntos. Los/as aspirantes que no alcancen una puntuación de 5 puntos no podrán participar en el siguiente ejercicio.
La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose de éste cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas, si hubiera tres ó más puntos de diferencia entre una y otra. No serán calificados aptos los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.
Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, exponiéndose en el Tablón de Anuncios de la Corporación.
La calificación final de esta fase será el resultado de la media de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición.
Calificación Global:
La calificación global será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en la fase de Oposición, a los que se le adicionarán los de la fase de concurso.
En los casos en que se produzca empate en la puntuación obtenida por los aspirantes, se resolverá por el Tribunal de Selección, atendiendo al mayor tiempo de servicios prestados, por el orden de preferencia que se relaciona:
1. En plaza o puesto igual en el Ayuntamiento de Nerja.
2. En plaza o puesto igual en otras Administraciones Públicas.
3. En plaza o puesto igual en empresas públicas o privadas.
4. Por sorteo.
8. Relación de aprobados y propuesta del Tribunal de Selección.
Terminadas las pruebas selectivas de la fase de oposición, el Tribunal hará pública en el Tablón de Anuncios la relación provisional de los/as aspirantes que lo han superado, cuyo número no podrá exceder en ningún caso al de plazas convocadas, por orden de puntuación, en la que constarán las calificaciones otorgadas en todas las pruebas de la fases de oposición, las de la fases de concurso y la calificación final. Los interesados podrán interponer reclamaciones que se resolverán por el Tribunal en el plazo legalmente establecido.
De no formularse reclamaciones la relación provisional se elevará automáticamente a definitiva, y si se formulan se resolverán por el Tribunal y se emitirá propuesta definitiva de aprobados, que se expondrá en el Tablón de Anuncios, y se remitirá al órgano competente para su nombramiento, no pudiendo rebasar los aprobados el número de plazas convocadas.
9. Presentación de documentos y nombramiento como funcionarios/as de carrera y toma de posesión.
Los opositores propuestos en la relación definitiva presentarán en el Negociado de Personal del Ayuntamiento, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir de la publicación en el Tablón de Anuncios Municipal de la lista definitiva de aprobados, los documentos acreditativos de los requisitos para tomar parte en la convocatoria, exceptuándose los que ya fueron aportados en el momento de presentación de la solicitud, y que son:
1. Certificado Médico sobre la capacidad funcional para el desempeño de las tareas de la plaza a que se aspira.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
3. Declaración jurada de no hallarse incurso en casos de incapacidad específica de acuerdo con el art. 36 del Reglamento de Funcionarios.
4. Declaración jurada de no tener otro empleo público en el momento de la toma de posesión de la plaza, así como no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo a desempeñar, de conformidad a lo establecido en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as públicos de carrera de la categoría a la que se opta, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos ya demostrados para obtener su nombramiento, debiendo presentar certificación de la Administración de la que dependan acreditando su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.
Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, los opositores no presentaran su documentación o no reunieran los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria.
Tras la propuesta final del Tribunal, que no podrá contener un número de aspirantes aprobados superior al número de plazas convocadas, serán nombrados funcionarios/as de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de treinta días, a contar desde inclusive el siguiente al que le sea notificado el nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.
Quienes sin causa justificada no tomaran posesión dentro del plazo señalado, no adquirirán la condición de funcionarios/as de carrera, perdiendo todos los derechos derivados de las pruebas selectivas y del subsiguiente nombramiento conferido.
10. Normas de aplicación, interpretación y recursos.
El solo hecho de presentar instancias solicitando tomar parte en la convocatoria constituye sometimiento expreso de los aspirantes a las bases reguladoras de las mismas que tienen consideración de ley reguladora de esta convocatoria.
La presente convocatoria, bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos, formas y plazos establecidos en la vigente Ley 30/92, de 26 de noviembre.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, y en todo lo no previsto en estas bases y disposiciones vigentes que regulen la materia.
Todos los avisos, citaciones y convocatorias, que el Tribunal haya de hacer a los aspirantes que no sean las que obligatoriamente se mencionan en estas bases, se realizarán únicamente por medio del Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
ANEXO I
CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN, DENOMINADA TÉCNICO DE GESTIÓN PATRIMONIAL, GRUPO A2, PROCESO DE CONSOLIDACIÓN (Junio 2001)
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, de una plaza de Técnico Medio de Gestión, denominada Técnico de Gestión Patrimonial, como funcionario de carrera, perteneciente al Grupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Medios, por el sistema de acceso de concurso oposición, proceso de consolidación, correspondiente a la O.E.P. 2000 de este Ayuntamiento, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 208, de 30 de agosto de 2000.
Requisitos específicos:
Poseer la titulación de Diplomado en Derecho o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y, en su caso, traducción jurada.
BLOQUE A: MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. La organización territorial del Estado.
Tema 4. El Estatuto de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 5. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 6. Organización y competencias municipales.
Tema 7. Órganos de gobierno municipales. Principales características y funciones.
Tema 8. El procedimiento administrativo general. Régimen y clases. Principios procedimentales. El silencio administrativo.
Tema 9. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez.
Tema 10. El procedimiento administrativo en la Administración Local: marco jurídico, principios generales, fases y trámites; intervención de los ciudadanos.
Tema 11. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas.
Tema 12. La Hacienda de las Entidades Locales. Recursos.
BLOQUE B: MATERIAS ESPECÍFICAS
Apartado 1.
Tema 13. Marco jurídico de los bienes de la Administración Local. Potestades, obligaciones y competencias del Ayuntamiento sobre sus bienes; privilegios de éstos.
Tema 14. Definición del Patrimonio municipal. Clases de bienes municipales y características de cada una de ellas.
Tema 15. Los bienes de dominio público local.
Tema 16. Los bienes patrimoniales.
Tema 17. El Inventario de Bienes municipales.
Tema 18. Los bienes municipales y el Registro de la Propiedad. Especial referencia a los medios de acceso al mismo, inclusive tratándose de actuaciones urbanísticas.
Tema 19. Formas de utilización de los bienes de dominio público.
Tema 20. La concesión sobre bienes municipales de dominio público.
Tema 21. Utilización, gravamen, cesión y aportación de los bienes patrimoniales. Constitución del derecho de superficie.
Tema 22. Enajenación de bienes patrimoniales.
Tema 23. La potestad municipal de investigar sus bienes: finalidad y tramitación.
Tema 24. La potestad municipal de deslindar sus bienes: finalidad y tramitación.
Tema 25. La potestad municipal de recuperar sus bienes: finalidad y tramitación.
Tema 26. El desahucio por vía administrativa.
Tema 27. Los contratos administrativos sobre bienes de las Entidades Locales.
Tema 28. Las cesiones gratuitas de bienes municipales.
Apartado 2.
Tema 29. El estatuto jurídico de la propiedad urbanística: articulación legal.
Tema 30. El Régimen urbanístico del suelo en la Comunidad Autónoma Andaluza.
Tema 31. El régimen del Suelo Urbano Consolidado (el deber de edificar), del Suelo Urbano No Consolidado y del Suelo Urbanizable.
Tema 32. El Régimen del Suelo No Urbanizable.
Tema 33. Los instrumentos de la Ordenación urbanística en Andalucía.
Tema 34. El Plan General de Ordenación Urbanística: objeto y determinaciones en la ordenación estructural.
Tema 35. Elaboración, procedimiento y tramitación del Plan General de Ordenación Urbanística. Contenido documental.
Tema 36. Otros instrumentos de planeamiento general. Objeto y clases.
Tema 37. El Plan Parcial de Ordenación. Naturaleza jurídica y determinaciones. Desarrollo procedimental y contenido documental.
Tema 38. Actuaciones urbanísticas inscribibles en el Registro de la Propiedad y clases de asiento.
Tema 39. Los Instrumentos de Intervención en el Mercado del Suelo. Los Patrimonios Públicos del Suelo.
Tema 40. Los Patrimonios Públicos del Suelo en el presupuesto de las Entidades Locales. Su control y fiscalización.
Tema 41. Cesiones urbanísticas de terrenos a la Administración municipal. La reparcelación urbanística; la Asociación de propietarios.
Tema 42. Los convenios urbanísticos.
Tema 43. El deber de conservación y las órdenes de ejecución. La declaración de ruina.
Tema 44. Las licencias urbanísticas. Suspensión y revisión.
Tema 45. Expedientes de disciplina urbanística. Actuaciones en suelo protegido.
Apartado 3.
Tema 46. Los bienes como recursos de la Hacienda de las Entidades Locales.
Tema 47. Los impuestos de la Administración Local.
Tema 48. El Impuesto sobre Bienes Inmuebles: definición, objeto y hechos imponibles. Gestión y liquidación.
Tema 49. El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los terrenos.
Tema 50. Contraprestaciones a la Administración municipal por su prestación de servicios o por la utilización de sus bienes.
Tema 51. Contribuciones especiales.
Tema 52. Procedimiento general no urbanístico de expropiación forzosa.
Tema 53. Procedimiento de urgencia no urbanístico de expropiación forzosa.
Tema 54. Procedimiento general urbanístico de expropiación forzosa.
Tema 55. Los montes como propiedad municipal. Marco jurídico general.
Tema 56. Catalogación del monte como de Utilidad pública; su consideración como terreno forestal.
Tema 57. Obligaciones del Ayuntamiento respecto a los montes de su propiedad. Colaboración o intervención de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Tema 58. El deslinde de los montes públicos. Especial referencia a la situación del término municipal de Nerja.
Tema 59. Los dominios públicos marítimo-terrestre e hidráulico. Deslinde. Especial referencia a la situación del término municipal de Nerja.
Tema 60. Vías pecuarias. Deslinde y desafectación. Especial referencia a la situación del término municipal de Nerja.
ANEXO II
CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE TÉCNICO MEDIO DE GESTIÓN, INGENIERO TÉCNICO EN OBRAS PÚBLICAS, GRUPO A2, PROCESO DE CONSOLIDACIÓN (Enero 2003)
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, de una plaza de Técnico Medio de Gestión, Ingeniero Técnico de Obras Públicas, como funcionario de carrera, perteneciente al Grupo A2, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Técnicos Medios, por el sistema de acceso de concurso oposición, proceso de consolidación, correspondiente a la O.E.P. 2001 de este Ayuntamiento, publicada en el Boletín Oficial del Estado núm. 122, de 22 de mayo de 2001.
Requisitos específicos:
Poseer la titulación de Diplomado en Ingeniería Técnica de Obras Públicas o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y, en su caso, traducción jurada.
BLOQUE A: MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.
Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.
Tema 3. La organización territorial del Estado.
Tema 4. El Estatuto de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 5. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.
Tema 6. Organización y competencias municipales.
Tema 7. Órganos de gobierno municipales. Principales características y funciones.
Tema 8. El procedimiento administrativo general. Régimen y clases. Principios procedimentales. El silencio administrativo.
Tema 9. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez.
Tema 10. El procedimiento administrativo en la Administración Local: marco jurídico, principios generales, fases y trámites; intervención de los ciudadanos.
Tema 11. La Función Pública Local: Organización, selección y situaciones administrativas.
Tema 12. La Hacienda de las Entidades Locales. Recursos.
BLOQUE B: MATERIAS ESPECÍFICAS
Apartado 1.
Tema 13. Normas Técnicas de redacción de los proyectos para el Ayuntamiento de Nerja. Memoria, anejos preceptivos, pliegos de condiciones, planos y presupuesto.
Tema 14. Cálculos hidrológicos e hidráulicos en los proyectos de urbanización. Precipitaciones. Tiempo de concentración. Coeficientes de escorrentía.
Tema 15. Cálculo de demanda de caudales y población en los proyectos de urbanización.
Tema 16. Muros. Tipos. Características y cálculo.
Tema 17. Captaciones y redes en alta del sistema de agua potable en el término municipal de Nerja.
Tema 18. Depósitos de regulación, aljibes y red de abastecimiento de agua en el término municipal de Nerja. Conceptos generales y elementos. Dotaciones.
Tema 19. La distribución del agua: Criterios. Redes ramificadas y redes malladas. Descripción en el término municipal de Nerja. Ventajas e inconvenientes.
Tema 20. Cálculo de redes: exposición de métodos de cálculo y los pasos a seguir.
Tema 21. Conducciones por gravedad e impulsadas. Tipología. Pérdida de carga. Valvulería. Piezas especiales. Golpe de ariete y elementos de protección.
Tema 22. Hidrogeología del término municipal de Nerja.
Tema 23. Red de recogida de aguas pluviales en Nerja. Principios generales, sistemas de evacuaciones, evaluación de caudales a evacuar. Tipo de secciones.
Tema 24. Canales. Canales revestidos y sin revestir: factores en juego. Dimensionamiento. Capacidad y resguardo. Construcción de canales. Tipos de revestimientos.
Tema 25. Actuaciones en cauces urbanos. Estudios hidrológicos. Prevención de avenidas. Soluciones a adoptar. Modificación de cauces naturales. Protecciones.
Tema 26. Plan de saneamiento integral de la Axarquía. Incidencia y desarrollo en el término municipal de Nerja.
Tema 27. Las aguas residuales urbanas. Composición. Estimación de los vertidos urbanos. Situación en Nerja.
Tema 28. Red de saneamiento en el término municipal de Nerja. Principios generales, sistemas de evacuaciones, evaluación de caudales a evacuar. Tipo de secciones.
Apartado 2.
Tema 29. Redes de alcantarillado. Sistema unitario y separativo. Factores a considerar en las distintas fases del proyecto. Diseño y cálculo de la redes de alcantarillado.
Tema 30. Elementos de una red de alcantarillado, tipos de conducciones, pozos de registro y resalto, sumideros, vertederos, aliviaderos de crecida, cámaras de descarga y ventilación. Acometidas domiciliarias.
Tema 31. Estaciones de bombeo y emisarios. Características y situación en el término municipal de Nerja.
Tema 32. La depuración de las aguas residuales: Objetivos. Conceptos generales y elementos. Principales cadenas del proceso depurador: Rendimiento de depuración.
Tema 33. Sistemas de depuración de las aguas residuales en municipios de más de 20.000 habitantes. Reutilización de aguas y lodos. Problemática y situación en Nerja.
Tema 34. Las carreteras nacionales, provinciales y locales en el término municipal de Nerja. Elementos y tipología de la red.
Tema 35. Elementos básicos para el estudio del trazado de carreteras: Definiciones. Distancia de visibilidad. Visibilidad en planta y alzado. Instrucción de trazado.
Tema 36. Trazado en planta: Alineaciones rectas y curvas. Los acuerdos en planta.
Tema 37. Trazado en alzado: Rasantes. Los acuerdos de rasantes. Vías lentas.
Tema 38. Diseño de glorietas. Características. Tipos.
Tema 39. La sección transversal de la carretera. Calzada. Sobreanchos. Medianas. Arcenes. Otros elementos. Pendientes transversales de la plataforma.
Tema 40. Terraplenes y pedraplenes: Ideas generales, materiales a emplear, características de los mismos, según la zona de terraplén. Extendido y compactación.
Tema 41. El drenaje de la explanación: Conceptos generales. Drenaje superficial. Obras de desagüe, cunetas, etc. Drenaje subterráneo.
Tema 42. Las obras de paso en la carretera. Tajeas. Pontones. Alcantarillas. Puentes. Situación en el término municipal de Nerja.
Apartado 3.
Tema 43. Firmes. Distintos tipos de firme empleados en las carreteras. Composición general de los mismos, según diferentes capas.
Tema 44. Sub-base granular: Definición, características de los materiales y especificaciones.
Tema 45. Zahorra artificial: Definición, características de los materiales y especificaciones.
Tema 46. Macadam y macadam penetrado: Definición, características de los materiales y especificaciones.
Tema 47. La grava-cemento. La grava-emulsión. Localización y características.
Tema 48. Riegos asfálticos. Diferentes tipos de riego. Tipología, usos y características principales.
Tema 49. Suelos estabilizados in situ: Con cal, con productos bituminosos y con cemento.
Tema 50. Tratamientos superficiales: Definición y componentes. Diferentes tipos de tratamiento. Extensión del mismo.
Tema 51. Mezclas bituminosas. Tipos. Clasificación en función de la granulometría.
Tema 52. Firme rígidos. Tipos. Factores de dimensionamiento. Materiales del firme rígido. Juntas. Arcenes. Pendientes transversales. Rugosidad superficial. Ejecución y construcción de un firme rígido.
Tema 53. Los pavimentos urbanos: Factores que afectan al diseño y construcción.
Tema 54. Pavimentación de aceras, calzadas y aparcamientos en zonas urbanas. Tipos de pavimentos. Solución a adoptar en Nerja.
Tema 55. Señalización, balizamiento y defensas.
Tema 56. El control de calidad en obras de carretera: Movimiento de tierras.
Tema 57. El control de calidad en obras de carretera: Afirmado.
Tema 58. El control de calidad en obras de infraestructuras: Abastecimientos, saneamientos y pavimentaciones.
Tema 59. Normativa general de urbanización en el PGOU de Nerja.
Tema 60. Presupuesto y mediciones de obras. Redacción, medición y valoración de las unidades de obra. Aplicaciones informáticas.
ANEXO III
CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE OFICIAL-CELADOR, GRUPO C2, PROCESO DE CONSOLIDACIÓN (Junio 2001)
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, de una plaza de Oficial-Celador, como funcionario de carrera, perteneciente al Grupo C2, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, por el sistema de acceso de concurso oposición, proceso de consolidación, correspondiente a una vacante por jubilación.
Requisitos específicos:
Poseer la titulación de Graduado Escolar, Educación Secundaria Obligatoria o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y, en su caso, traducción jurada.
BLOQUE A: MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales.
Tema 2. Organización territorial del Estado. Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 3. Régimen Local español: Principios constitucionales y regulación jurídica.
BLOQUE B: MATERIAS ESPECÍFICAS
Tema 4. Actos sujetos a licencia urbanística. Procedimiento para su concesión y órgano competente.
Tema 5. Deber de conservación de las obras. Órdenes de ejecución. Supuestos en los que procede su incoación. Tramitación y órgano competente.
Tema 6. Declaración de ruina. Supuestos y procedimiento.
Tema 7. Protección de la legalidad urbanística. Actuación de la Administración cuando se ejecuten obras sin licencia o sin ajustarse a la licencia concedida.
Tema 8. Suspensión de licencias y paralizaciones de obras. Supuestos en los que procede.
Tema 9. Protección y restauración del orden urbanístico en zonas verdes, suelo no urbanizable protegido o espacios libres.
Tema 10. Infracciones urbanísticas. Definición, tipificación y prescripción. Personas responsables.
Tema 11. Procedimiento sancionador. Instrucción y resolución. Órganos competentes. Prescripción de las sanciones.
Tema 12. Ocupación de la vía pública. Actos sujetos a licencia de ocupación. Autorizaciones. Órganos competentes.
Tema 13. Infracción a las autorizaciones de la ocupación de la vía pública. Sujetos responsables. Restitución y ejecución subsidiaria.
Tema 14. Tratamiento y regulación fiscal de las distintas ocupaciones de la vía pública. Elaboración de padrones. Práctica de liquidaciones.
ANEXO IV
CONVOCATORIA DE 1 PLAZA DE SEPULTURERO, ANTIGUO GRUPO E, PROCESO DE CONSOLIDACIÓN (Febrero 1999)
Es objeto de la presente convocatoria la provisión, de una plaza de Sepulturero, como funcionario de carrera, perteneciente al antiguo Grupo E, Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Sepulturero Municipal, por el sistema de acceso de Concurso Oposición, proceso de consolidación, correspondiente a una vacante por jubilación.
Requisitos específicos:
Poseer la titulación de Certificado de Escolaridad o equivalente, o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá presentar la titulación y el documento acreditativo de la homologación oficial del mismo y, en su caso, traducción jurada.
BLOQUE A: MATERIAS COMUNES
Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estatuto de Autonomía de Andalucía.
Tema 2. Organización y competencias municipales.
BLOQUE B: MATERIAS ESPECÍFICAS
Tema 3. Competencias municipales en materia de cementerio.
Tema 4. Procedimiento para enterramientos. Inhumaciones y exhumaciones.
Tema 5. Procedimiento para traslados del Cementerio municipal a otros cementerios.
Tema 6. Tareas de conservación y limpieza de los Cementerios por el personal adscrito a los mismos.
Tema 7. La distribución y concesión de sepulturas.
Tema 8. Conocimiento general del Cementerio municipal.
Tema 9. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación de servicios del Cementerio municipal.
Tema 10. Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria.
AUTOBAREMACIÓN DEL CONCURSO DE MÉRITOS
CONVOCATORIA: TÉCNICO GESTIÓN PATRIMONIAL, INGENIERO TÉCNICO OBRAS PÚBLICAS, OFICIAL CELADOR O SEPULTURERO
(Táchese lo que no proceda)
APELLIDOS Y NOMBRE: | ||
Titulación académica | Máximo | Suma |
0,50 | ||
Méritos Profesionales: | Máximo | Suma |
a) Admón. Pública: 0,15 x (año) = | 1,50 | |
c) Empresa Pública o Privada: 0,05 x (año) = | ||
Cursos de formación: | Máximo | Suma |
- Como asistente, 0,005 x (horas) = | 1,00 | |
- Con aprovechamiento, 0,010 x (horas) = |
Incremento, con carácter excepcional, al amparo legal de la disposición transitoria cuarta de la Ley 7/2007, de 12 de Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:
Según consta en certificado expedido por el Departamento de Personal: |
Máximo | Suma |
Prestación de servicios en este Ayuntamiento iniciada con anterioridad al 1.1.2005: 0,15 x (año) = | 1,50 | |
Puntuación Total |
Declaro que son ciertos todos los datos arriba consignados. Asimismo, autorizo al Tribunal de Selección a comprobar, en cualquier momento, los datos en este documento consignados, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera incurrir por falsedad en ellos.
Nerja, a ........ de...........................................de ..........
Fdo.: .......................................................
Titulación:
Méritos profesionales (indicar Administración Pública o empresa contratante, denominación del puesto o plaza ocupado, dependencia a la que está adscrito, relación jurídica con la Administración, jornada de trabajo y tiempo de desempeño):
Cursos (indicar denominación, organismo que lo impartió, número de horas lectivas y concepto en el que se participó):
Nerja, 7 de diciembre de 2010.- El Alcalde, José Alberto Armijo Navas.
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