Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
Por Resolución de Alcaldía de fecha 12 de enero de 2011, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir la de Técnico de Centro Guadalinfo, en régimen laboral, por procedimiento de concurso-oposición libre.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES PARA LA PROVISIóN, EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DEL CENTRO GUADALINFO VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JIMENA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION
1. Objeto de la convocatoria.
El objeto de las presentes bases, es la convocatoria de pruebas selectivas para la provisión, con carácter definitivo, de una plaza de Técnico/a del Centro Guadalinfo, a jornada completa, vacante en la plantilla de personal laboral fijo del Ayuntamiento de Jimena, incluida en la Oferta de Empleo Público para 2010, y dotada presupuestariamente con el salario base, pagas extraordinarias, antigüedad y demás conceptos salariales que corresponde con la legislación vigente, mediante el sistema de concurso-oposición, con las siguientes características:
Plaza: Técnico/a del Centro Guadalinfo.
Número de plazas: 1.
Grupo de clasificación: C1.
Titulación exigida: Título de Bachiller o equivalente.
Procedimiento: Concurso-oposición libre.
Turno: Libre.
Oferta Empleo Público: Año 2010.
2. Legislación.
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación las bases de la presente convocatoria, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el Texto Refundido de Régimen Local aprobado por el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, y con carácter supletorio el Real Decreto 364/95, de 10 de marzo.
3. Requisitos de los/as aspirantes.
Para participar en el concurso-oposición, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo previsto en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, para el acceso al empleo público de nacionales de otros Estados o extranjero con residencia legal en España.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del Título de Bachiller o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que concluya el plazo de presentación de instancias, en el caso de equivalencia deberá ser aportada por el aspirante mediante una certificación expedida por el órgano competente. En el caso de tratarse aspirantes no nacionales que cumplan los requisitos establecidos en el art. 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, para acreditar este requisito deberá acompañar la documentación necesaria para acreditar que titulación que presenta se encuentra homologado.
e) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones propias del trabajo a realizar.
f) No haber sido separado/a o suspendido/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas por sentencia judicial firme. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Todos los requisitos deberán poseerse en el momento de finalizar el plazo de presentación de instancias y mantenerlos durante el proceso selectivo.
4. Presentación de instancias.
Las bases de esta convocatoria se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia, así como en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, publicándose, una vez realizadas las anteriores publicaciones, el anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
En el plazo de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud de ingreso dirigida a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Jimena, manifestando que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos en las bases.
Las solicitudes se presentarán conforme al modelo oficial, Anexo II de estas bases, en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Deberán ir acompañadas de:
- Fotocopia compulsada del DNI y resguardo de ingresos de los derechos de examen, que serán de 12,00 euros.
- Fotocopia compulsada del título exigido.
- Fotocopia compulsada de los méritos que se aleguen. La experiencia profesional se acreditará mediante fe de vida laboral y los respectivos contratos celebrados, donde conste el trabajo desarrollado y la duración del mismo.
En caso de que los servicios se hayan prestado mediante relación funcionarial la experiencia profesional se acreditará mediante fe de vida laboral y certificado de la respectiva Administración en el que conste de manera fehaciente el trabajo desarrollado y la duración del mismo.
5. Relación de los/as aspirantes admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de un mes, se dictará Resolución por la Sra. Alcaldesa, declarando aprobada provisionalmente la lista de admitidos y excluidos. Dicha resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, indicándose al mismo tiempo las causas de exclusión, concediéndose a los/as interesados/as un plazo de diez días hábiles para subsanar defectos en su caso.
Transcurrido el plazo de subsanación aludido en el párrafo anterior, por la Sra. Alcaldesa se dictará Resolución por la que se apruebe definitivamente la lista de admitidos/as y excluidos/as. Dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y se expondrá además en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, concretará la composición del Tribunal Calificador, lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
6. Tribunal Calificador.
Los miembros del Tribunal Calificador deberán poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas y estará integrado por:
- Presidente/a (Titular y suplente), que será un funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional, propuesto por el Colegio Provincial de Jaén de Secretarios, Interventores y Tesoreros, designado por la Sra. Alcaldesa.
- Vocales (titulares y suplentes):
- Un vocal (titular y suplente), un funcionario de carrera del Ayuntamiento de Jimena, y designado por la Sra. Alcaldesa.
- Un vocal (titular y suplente), funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional, propuesto por el Colegio Provincial de Jaén de Secretarios, Interventores y Tesoreros, designado por la Sra. Alcaldesa.
- Un vocal (titular y suplente), funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional, propuesto por el Colegio Provincial de Jaén de Secretarios, Interventores y Tesoreros, designado por la Sra. Alcaldesa.
- Un vocal (titular y suplente), funcionario/a de carrera de la Junta de Andalucia, propuesto por la Consejería de Gobernación y Justicia, designado por la Sra. Alcaldesa.
- Secretario (Titular y suplente), que será el Secretario-Interventor del Ayuntamiento de Jimena o funcionario/a de carrera en quien delegue.
La composición del Tribunal debe ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y tenderá asimismo, a la paridad entre hombre y mujer, de conformidad con lo establecido en el art. 60.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de tres de sus componentes, siendo necesaria la asistencia del/la Presidente/a y del Secretario/a. Las decisiones se adoptarán por mayoría de los votos presentes, resolviendo en caso de empate, el voto del que actúe como Presidente.
Los Tribunales de selección podrán incorporar a sus trabajos a cuantos asesores especialistas consideren oportunos con voz y sin voto, dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas.
El Tribunal está facultado para resolver las cuestiones que pudieran plantearse en el desarrollo del concurso-oposición.
El Tribunal pertenece a la categoría tercera, recogida en el art. 30 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, de indemnizaciones por razón del servicio.
Los miembros de los tribunales será retribuidos en concepto de asistencia a los mismos, de acuerdo con lo dispuesto en el R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, en los mismos términos serán retribuidos los asesores del Tribunal, si los hubiera.
7. Abstención y recusación.
Los componentes del Tribunal Calificador deberán abstenerse de intervenir, y los aspirantes podrán recusarlos cuando concurran las circunstancias previstas en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
8. Procedimiento selectivo.
La selección se efectuará por el sistema de concurso-oposición y constará de las siguientes fases y pruebas que a continuación se indican.
- Fase de concurso.
La fase de concurso, que será previa a la fase de oposición y no tendrá carácter eliminatorio, tendrá una puntuación máxima de 10 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:
1. Por cada mes de servicios prestados en puesto de similar función y/o categoría, en la Administración Local: 0,20 puntos.
2. Por cada mes de servicios prestados en puesto de similar función y/o categoría, en cualquier otra Administración: 0,10 puntos.
Los servicios prestados habrán de acreditarse suficientemente a través de fe de vida laboral y contratos de trabajo, para el caso de relación laboral, y mediante certificado de la respectiva Administración, para el caso de relación funcionarial.
Los puntos obtenidos en la fase de concurso, se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición al objeto de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.
- Fase de oposición.
La fase de oposición que tendrá carácter eliminatorio tendrá una puntuación máxima de 20 puntos, y constará de dos ejercicios de acuerdo con lo siguiente:
Primer ejercicio: Constará de dos partes, ambas de carácter obligatorio para todos los/as aspirantes.
a) La primera parte consistirá en contestar por escrito, en un período máximo de una hora, a un cuestionario de 20 preguntas con tres respuestas alternativas, de las que sólo una será la correcta, elaborado por el Tribunal antes de su realización con los temas contenidos en el Anexo I. Cada pregunta contestada correctamente se valorará en 0,5 puntos. Los errores se penalizarán con 0,25 puntos.
b) La segunda parte consistirá en el desarrollo de un supuesto práctico relacionado con el puesto de trabajo y las funciones a desempeñar, elaborado por el Tribunal Calificador que fijará la duración máxima del mismo, sin que en ningún caso pueda exceder de una hora.
La primera parte del primer ejercicio (cuestionario tipo test) tendrá una puntuación máxima de 10 puntos y la segunda parte del primer (supuesto práctico) tendrá una puntuación máxima de 5 puntos. Para pasar al segundo ejercicio de la fase de oposición será preciso haber obtenido un mínimo de 5 puntos en la primera parte y un mínimo de 2,5 puntos en la segunda parte.
Segundo ejercicio: De carácter obligatorio para todos los/as que hallan superado el primer ejercicio, consistirá en una entrevista curricular relacionada con las tareas habituales a desempeñar en el puesto de trabajo al que se opta. La duración de la entrevista no excederá de quince minutos y la puntuación máxima de este ejercicio será de 5 puntos.
La puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición.
9. Desarrollo de los ejercicio y calificación.
De conformidad con lo indicado en el punto quinto de las presentes bases, en la Resolución de la Sra. Alcaldesa por la que se apruebe la lista definitiva de los/as admitidos/as y excluidos/as fijará el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio de la fase de oposición.
Desde la terminación del primer ejercicio de la fase de oposición y el comienzo del segundo ejercicio de la citada fase, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y un máximo de 45 días naturales. Una vez comenzadas las pruebas, no será obligatoria la publicación de sucesivos anuncios en el Boletín Oficial de la Provincia y se practicarán el tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Jimena.
El Tribunal Calificador en cualquier momento del proceso podrá requerir a los/as aspirantes que acrediten su personalidad.
Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único siendo excluidos/as del proceso selectivo quienes no comparezcan.
El programa que ha de regir estas pruebas selectivas es el que figura publicado como Anexo I de estas bases.
Si durante el transcurso del procedimiento llegara a conocimiento del Tribunal Calificador que alguno/a de los/as aspirantes ha incurrido en inexactitudes o falsedades deberá dar cuenta a los órganos municipales competentes a los efectos que procedan.
De conformidad con lo indicado en el punto octavo de las presentes bases, la puntuación total del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y de oposición. En caso de empate se resolverá a favor de quien haya obtenido mayor puntuación en la fase de concurso, y de persistir el empate se dirimirá a favor del aspirante que obtuviere mejor resultado en el segundo ejercicio. Asimismo, de acuerdo con el art. 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, los acuerdos del Tribunal Calificador serán recurribles en alzada ante la Alcaldesa en el plazo de un mes a contar desde su publicación en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Jimena.
10. Lista de aprobados y propuesta de contratación.
Una vez finalizadas las pruebas, el Tribunal Calificador hará público en el tablón de edictos del Ayuntamiento el resultado del proceso selectivo, por orden de puntuación, y la propuesta de contratación. La propuesta, en número igual al de plazas convocadas, deberá recaer sobre el/la aspirante que habiendo superado la fase de oposición, haya obtenido mayor puntuación.
Seguidamente la propuesta de contratación será elevada al órgano municipal competente para la adopción del acuerdo que proceda.
Los/as aspirantes que no se hallen incluidos en la propuesta de contratación tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.
11. Presentación de documentos.
El/La aspirante propuesto/a deberá presentar en la Secretaría Municipal, en el plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados y propuesta de contratación en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de los requisitos exigidos en la convocatoria, así como la declaración jurada de no hallarse en ninguno de los supuestos de incompatibilidades previstos en la legislación vigente.
Quienes dentro del plazo fijado, y salvo fuerza mayor, no presentarán la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados, no podrán ser contratados y quedarán anuladas sus actuaciones sin perjuicio de las responsabilidades en las que pudieran haber concurrido por falsedad en la solicitud inicial.
12. Contratación laboral indefinida.
En el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente a la notificación del nombramiento por el órgano municipal competente, se formalizará el contrato laboral por tiempo indefinido. En el momento de la firma del contrato, el/la aspirante nombrado prestará juramento o promesa en la forma establecida en el Real Decreto 770/1979, de 5 de abril.
13. Norma final.
En lo previsto en estas bases, se estará a lo dispuesto en la legislación aplicable prevista en la base segunda. Contra las presentes bases, podrá interponer, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente, al de su publicación en el BOP, recurso contencioso-administrativo de conformidad con lo señalado en la Ley reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. No obstante, puede interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde la mencionada publicación, sin perjuicio de que se interpongan los recursos que se estimen oportunos.
ANEXO I
T E M A R I O
TEMAS COMUNES
Tema 1. Breve idea de la Constitución Española de 1978. Estructura. Principios Generales. Derechos y Deberes Fundamentales.
Tema 2. Personal al servicio de la Entidad Local. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales.
Tema 3. El Municipio: Territorio y Población.
Tema 4. La organización municipal I: el Alcalde y los concejales. conceptos, características y atribuciones.
Tema 5. La organización municipal II: el Ayuntamiento en Pleno y la Junta de Gobierno Local. Composición y atribuciones.
Tema 6. El funcionamiento de los órganos colegiados locales I: el Pleno. régimen de sesiones y acuerdos.
Tema 7. El funcionamiento de los órganos colegiados locales II: la junta de gobierno local y las comisiones informativas. régimen de sesiones y funcionamiento.
Tema 8. Igualdad de oportunidades de hombres y mujeres en Andalucía: Conceptos Básicos; socialización e igualdad; políticas públicas de igualdad de géneros. Violencia contra las mujeres: Descripción, planes de erradicación y atención coordinada a las víctimas. Normativa estatal y autonómica sobre igualdad de género.
TEMAS ESPECÍFICOS
Tema 9. Conceptos Básicos sobre Informática y Sistemas de Información. La Informática: Concepto, origen, evolución y tendencias. La tecnología de la información y las comunicaciones: Concepto, origen, evolución y tendencias. Estructura y elementos de un Sistema de Información.
Tema 10. Conceptos Básicos sobre Información. Teoría de la Información. Codificación y representación de la información. Lógica binaria. Algebra de Boole. Circuitos lógicos elementales.
Tema 11. Conceptos Básicos sobre Equipo Informático. Elementos principales. UCP, memoria principal, buses y conexiones E/S. Memorias. Tipos y características. Modos de funcionamiento. Elementos periféricos. Unidades de Entrada/Salida. Unidades de almacenamiento. Tipos y características. Modos de funcionamiento.
Tema 12. Conceptos Básicos sobre Organización de los Información. Principales estructuras de datos. Campos, registros, ficheros, bibliotecas y bases de datos. Organización de la información en la memoria principal del ordenador. Modos de acceso a la información almacenada.
Tema 13. Conceptos Básicos sobre Transmisión de la Información. Redes de ordenadores. Clasificación y topología. Elementos hardware. Modelos de referencia de interconexión de sistemas abiertos. OSI y TCP/IP.
Tema 14. Sistemas Operativos. Conceptos y funciones principales. Sistemas Operativos Propietarios: Windows (Versiones). Sistema Operativos Abiertos: Linux (Distribuciones).
Tema 15. Administración de un Sistema Operativo. Administración de Usuarios, Recursos y Permisos. Administración de Procesos y Servicios. Administración de la Seguridad.
Tema 16. Fundamentos de Programación. Conceptos fundamentales. Principales estructuras de control y flujo de información. Programación estructurada, orientada a objetos y orientada a eventos. Modularidad y reutilización de componentes.
Tema 17. Lenguajes de Programación. Principales lenguajes. Usos, características y elementos diferenciadores. Nociones sintácticas de los más importantes.
Tema 18. Técnicas de programación. Seudocódigo. Diagramas de flujo, tablas de decisión. La metodología Métrica aplicada a la Construcción del Sistema de Información. Principales entornos y herramientas de desarrollo en la Junta de Andalucía.
Tema 19. Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Tipos, características y elementos. Integridad, control de concurrencia, bloqueos, gestión de autorizaciones y recuperación de errores. El modelo relacional: Definición, arquitectura y objetos. SGBD de uso común en la Junta de Andalucía.
Tema 20. Interacción con Sistemas de Gestión de Bases de Datos. Lenguajes de interrogación. SQL. Interconexión entre SGBD: ODBC, JDBC y otros. Acceso a datos a través de navegadores. CGI, PHP, JSP, ASP y otros.
Tema 21. Ordenadores personales. Ofimática. Procesadores de texto. Hojas de cálculo. Herramientas de Presentación. Bases de Datos para Ordenadores Personales. Organizadores y correo electrónico. Herramientas Ofimáticas de uso común en la Junta de Andalucía.
Tema 22. Ordenadores Personales. Arquitectura. Procesadores. Tipos y características. Instalación y configuración de componentes hardware. Controladores de dispositivos. Buses y elementos de interconexión. Tipos y características. Configuración de Ordenadores Personales.
Tema 23. Explotación de los Sistemas de Información. Distribución y gestión de recursos compartidos. Gestión de colas y control de spool. Lenguajes procedimentales y de control. Control de trabajos.
Tema 24. Incidencias en la Explotación de los Sistemas de Información. Análisis y optimización del rendimiento. Herramientas para su control. Gestión del registro de incidencias. Plan de contingencias. Interrupción del servicio. Mantenimientos programados y no programados. Caída del Sistema. Medidas preventivas y de recuperación.
Tema 25. Seguridad en la Explotación de los Sistemas de Información. Seguridad. Control de acceso de usuarios. Políticas de salvaguardia. Herramientas de copias de seguridad de la información. Gestión de soportes.
Tema 26. Redes de ordenadores. Conceptos básicos de redes. Principales topologías y stándares. Cableado Estructurado. Elementos físicos y lógicos de conexión de ordenadores y redes.
Tema 27. La red Corporativa de datos de la Junta de Andalucía (RCJA). Arquitectura Física y lógica. Servicio de datos de la RCJA.
Tema 28. Internet I. Concepto y evolución histórica. Principales Servicios basados en internet. Principales Protocoles usuados en internet. Internet, intranet, extranet.
Tema 29. Internet II. Diseño de Contenidos en Internet. Lenguaje de especificación HTML. Lenguaje XML. Contenidos dinámicos en Internet. Arquitectura y Aplicaciones basadas en Internet. Desarrollo de Aplicaciones con interface WEB.
Tema 30. Aplicaciones Informáticas en la Junta de Andalucía. Aplicaciones comerciales de uso común en la Junta de Andalucía. Aplicaciones corporativas horizontales: Júpiter, Sur, Sirhus, Aries, etc. Otras aplicaciones corporativas: Acervo, Trece, etc.
Tema 31. Legislación sobre Seguridad de la Información. Legislación de Protección de Datos Personales. La Agencia y el Registro General de Protección de Datos. Niveles de seguridad en la Información. Principales normativas y procedimientos. El Documento de Seguridad. Legislación sobre el uso de internet. El delito informático.
Tema 32. Legislación sobre Propiedad y uso del Software. La protección jurídica de las Bases de Datos y de Programas de Ordenador. La Ley de Propiedad Intelectual. Titularidad y límites de los derechos de explotación. Licencias de Uso y Distribución del Software. Contrato de licencia del usuario final.
Tema 33. Los Centros de acceso público a internet. Líneas de acción básica. Estrategias. Objetivos. Grupos destinatarios.
Tema 34. La Formación Abierta y a Distancia: Concepto. Enseñanzas online. El proceso de aprendizaje. El formador de la educación a distancia. Medios y técnicas de la formación abierta y a distancia.
Tema 35. El proyecto Guadalinex y el software libre. Características del software libre. Ventajas de usar software libre. El proyecto Guadalinex. El Decreto en Andalucía.
Tema 36. Guadalinex V6: Distribuciones en las que se basa. Instalación de Guadalinex.
Tema 37. Guadalinex V6: Gestión de archivos y directorios, personalización del sistema. Ordenes más comunes en Unix/Linux.
Tema 38. Guadalinex V6: Guadalinex para comunicarse: Conectar a internet, navegando por internet, correo electrónico, dispositivos varios.
Tema 39. Guadalinex V6: Principales aplicaciones de Guadalinex.
Tema 40. Guadalinex V6: Gestión del sistema como dinamizador de un Centro Guadalinfo: Alta de usuarios, aplicaciones de administración, administración de impresoras, escaner, etc.
ANEXO II
SOLICITUD DE ADMISIÓN A PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN EN PROPIEDAD DE UNA PLAZA DE TÉCNICO DEL CENTRO GUADALINFO VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE JIMENA, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIóN
Convocatoria: BOE núm. ......... de ......... de ................ de .......
Datos identificativos del opositor/a:
Primer y segundo apellido: ..........................................................
Nombre: ........................................................................................
DNI: ..........................
Fecha de nacimiento: ........................
Domicilio: ......................................................................................
Municipio: ........................................
C.P. .................
Teléfono (fijo y/o móvil): ...............................................................
Dirección de correo electrónico (si se tiene): ...........................................................................
El/La abajo firmante solicita ser admitido a las pruebas selectivas a que se refiere la presente instancia y declara que son ciertos los datos consignados en ella, y que reúne las condiciones señaladas en la convocatoria anteriormente citada. Para ello adjunta a la presente solicitud:
- Fotocopia compulsada del DNI.
- Fotocopia compulsada del título académico de su solicitud, y documentación acreditativa de su equivalencia u homologación.
- Documento bancario justificativo del pago de los derechos de examen.
- Documentos compulsados acreditativos de los méritos a valorar en la fase de concurso (deberá adjuntar o indicar la relación de los citados documentos acreditativos de los méritos).
En .................., a ......... de .............. de 2010.
SRA. ALCALDESA DEL AYUNTAMIENTO DE JIMENA (JAÉN).
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante el Alcaldía de este Ayuntamiento de Jimena, de conformidad con los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Jaén, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Jimena, 7 de abril de 2011.- La Alcaldesa-Presidenta,Catalina M. García Carrasco.
Descargar PDF