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En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar ausente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en. C/ Ancha de Gracia, 6, Granada, para la notificación del contenido íntegro de los actos de fecha 16.3.2011, significándole que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámite del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Interesados: Doña M.ª Nieves Marín Vellalva y don Manuel Carmoma Cortés.
Núm. Expte: 285/10.
Actos notificados: Resolución de ratificación de desamparo, cese de acogimiento familiar de urgencia en familia ajena, constitución de acogimiento familiar temporal en familia extensa, con acuerdo de inicio de acogimiento permanente.
Granada, 22 de junio de 2011.- El Secretario General, Sergio García Megías.
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