Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más
En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicaa y del Procedimiento Administrativo Común, por ser desconocido su domicilio o estar argente del mismo, podrá comparecer, en el plazo de diez días, ante el Servicio de Prote-ción de Menores, sito en C/ Ancha de Gracia, 6, Granada para la notificación del contenido íntegro de los actos de fecha 25.5.2011, significándole que contra esta Resolución podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia (Familia) de esta capital y por los trámite del proceso especial de oposición a las resoluciones administrativas en materia de protección de menores, de conformidad con los arts. 779 y ss. de la ley de Enjuiciamiento Civil.
Interesatos: Doña M.ª Victoria Ortega Torres y don Manuel Blanco Tembleque.
Núm. Expte: 1/10.
Actos notificados: Resolución de constitución de acogimiento familiar permanente en familia extensa judicial.
Cese de acogimiento familiar temporal.
Granada, 22 de junio de 2011.- El Secretario General, Sergio García Megías.
Descargar PDF