Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 29/07/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 14 de julio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, dimanante de procedimiento ordinario núm. 2272/2009.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906742C20090050117.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2272/2009. Negociado: 2T.

De: Luis Ramón Davalos.

Procuradora: Sra. Paloma Calatayud Guerrero.

Letrado: Sr. Ruz Saborido, Rafael.

Contra: Claudio Rodríguez Gillermo Rodríguez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2272/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga a instancia de Luis Ramón Davalos contra Claudio Rodríguez Gillermo Rodríguez, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM. 61/11

En Málaga, a 25 de marzo de 2011.

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 2272/09, a instancia de don Luis Ramón Davalos, representado por el procurador Sra. Calatayud Guerrero, y asistido del Letrado Sr. Ruz Saborido, contra don Claudio Guillermo Rodríguez.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la parte actora, debo condenar y condeno a don Claudio Guillermo Rodríguez a que abone al demandante la cantidad de 1.350 euros en concepto de principal, así como los intereses legales de dicha cantidad desde la interposición de la demanda. Respecto a las costas, no procede hacer pronunciamiento condenatorio alguno.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, no se prepara recurso de apelación en el plazo de cinco días. Se advierte expresamente que al preparar el citado recurso se tendrá que acreditar que se ha constituido el depósito por importe de 50 euros al que hace referencia la disposición adicional decimoquinta de la L.O.P.J, mediante la consignación de dicho importe en la cuenta, correspondiente a este procedimiento, de depósitos y consignaciones abierta en la entidad Banesto a nombre del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga. Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo. Rubricado.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Claudio Rodríguez Gillermo Rodríguez con último domicilio conocido en Cr. Riogordo, núm. 8, planta PBE Colmenar.

Málaga, extiendo y firmo la presente en Málaga, a catorce de julio de dos mil once.- El/La Secretario.

Descargar PDF