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NIG: 0401342C20070011291.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1056/2007.
Negociado: CR.
De: Unión Financiera Asturiana, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito.
Procurador: Sr. Soler Meca, José Luis.
Contra: Yoon Jairo Muñoz Romero.
EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1056/2007, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, a instancia de Unión Financiera Asturiana, S.A., Establecimiento Financiero de Crédito, contra Yoon Jairo Muñoz Romero, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
SENTENCIA
En Almería, a veintitrés de octubre de dos mil nueve.
Vistos por mí, Juan Antonio Lozano López, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de los de Almería, los anteriores autos de juicio ordinario, registrados con el número más arriba indicado, en los que fueron parte Unión Financiera Asturiana S.A., como actora, representada por el Procurador don José Luis Soler Meca, y asistida por Letrado don Alfredo Prieto Valiente y don Jon Jairo Muñoz Romero, como demandado, incomparecido en autos y declarado en situación procesal de rebeldía, en reclamación de cantidad, intereses y costas por falta de devolución de un préstamo que en su día concertaron las partes, todo atendiendo a los siguientes
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda, interpuesta por don José Luis Soler Meca, en nombre y representación de Unión Financiera Asturiana, S.A., contra don Jon Jairo Muñoz Romero,
1. Condeno a don Jon Jairo Muñoz Romero a pagar a la actora la cantidad de seis mil seiscientos sesenta y un euros con diez céntimos (6.661,10 €).
2. Condeno a don Jon Jairo Muñoz Romero a pagar los intereses legales de dicha cantidad, desde el día de su reclamación judicial.
3. Con imposición de costas a la demandada.
Llévese el original de esta resolución al libro de sentencias y autos definitivos, dejando testimonio literal de la misma en las actuaciones.
Firme que sea esta resolución, y ejecutado lo acordado, procédase al archivo definitivo de las actuaciones, previas las inscripciones correspondientes en los libros registro de este Juzgado.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, ante este Juzgado, en el plazo de cinco días desde su notificación y para resolución por la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Yoon Jairo Muñoz Romero, declarado en rebeldía, extiendo y firmo la presente en Almería, a veintinueve de octubre de dos mil diez.- El/La Secretario.
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