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La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (BOE núm. 307, de 24.12.01), modificada por la Ley 4/2007, de 12 de abril (BOE núm. 89, de 13.4.07), establece con carácter general las competencias del Rector, precisadas en los Estatutos de la Universidad de Granada, aprobados por Decreto 231/2011, de 12 de julio (BOJA núm. 147, de 28 de julio), especialmente en su artículo 45.
Al objeto de lograr una mayor agilidad y eficacia en la resolución de las cuestiones que corresponde resolver a esta Universidad, lo que sin duda redundará en un mejor servicio a los interesados, y de conformidad con lo señalado en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, este Rectorado
HA RESUELTO
Primero. Delegar en los/as Sres./as. Decanos/as y Directores/as de Centros Universitarios la competencia para resolver las solicitudes de reconocimiento académico de los estudios de grado cursados en movilidad internacional, que el artículo 18 del Reglamento sobre Movilidad Internacional de Estudiantes, aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en su sesión de 14 de mayo de 2009, atribuye a este Rectorado.
Segundo. Delegar en el Sr./a. Director/a de la Escuela de Posgrado la competencia para resolver las solicitudes de reconocimiento académico de los estudios de posgrado cursados en movilidad internacional, que el artículo 18 del Reglamento sobre Movilidad Internacional de Estudiantes, aprobado por el Consejo de Gobierno de esta Universidad en su sesión de 14 de mayo de 2009, atribuye a este Rectorado.
Tercero. En las resoluciones y actos administrativos que se dicten en esta materia se deberá hacer constar expresamente que se adoptan por delegación de este Rectorado, dando así cumplimiento a lo dispuesto en el núm. 4 del citado artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y apartado 2.b) del artículo 4 del Real Decreto 1465/1999, de 17 de septiembre (BOE núm. 230, de 25.9.99).
Cuarto. Este Rectorado podrá exigir al órgano delegado la remisión periódica de una relación de los actos que se dicten en el ejercicio de las competencias delegadas.
Quinto. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Granada, 14 de septiembre de 2011.- El Rector, Francisco González Lodeiro.
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