Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 227 de 18/11/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 18 de octubre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Cuatro), dimanante de procedimiento ordinario núm. 1477/2010. (PP. 3704/2011).

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NIG: 2905442C20100005911.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1477/2010. Negociado: JL.

De: Carlos Alberto Sánchez y Jessica Ornella Sánchez.

Procuradora: Sra. Juana Martínez Martínez.

Contra: Reformas Asturias 2004, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1477/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Fuengirola (antiguo Mixto núm. Cuatro) a instancia de Carlos Alberto Sánchez y Jessica Ornella Sánchez contra Reformas Asturias 2004, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA

En Fuengirola, a 21 de junio de 2011.

Vistos por mí, doña Amanda Cohén Benchetrit, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Fuengirola, los presentes autos de juicio ordinario sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancia de don Carlos Alberto Sánchez y de doña Jessica Ornella Sánchez, representados por la Procuradora Sra. Martínez Muñoz, y asistidos del Letrado Sr. Picossi Ávila, contra la mercantil Reformas Asturias 2004, S.L, que fue declarada en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Martínez Muñoz en nombre y representación de don Carlos Alberto Sánchez y de doña Jessica Ornella Sánchez contra la mercantil Reformas Asturias 2004, S.L., debo condenar y condeno a la mercantil Reformas Asturias 2004, S.L., a abonar a don Carlos Alberto Sánchez la cantidad de noventa y un mil setecientos siete euros (91.707 €) y a doña Jessica Ornella Sánchez, la cantidad de noventa y cinco mil novecientos diecisiete euros (95.917 €) más los intereses legales correspondientes de dicha cantidad a contar desde el día de la interposición de la demanda, esto es, el 8.7.2010; ello con imposición a la parte demandada de las costas causadas.

Contra esta sentencia que no es firme, cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, debiendo prepararse mediante escrito presentado ante este Juzgado en el plazo de cinco días siguientes a la notificación, indicando la resolución apelada y la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que se impugnan.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso seguido del código 02 y tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se deducirá testimonio para su unión a los autos, juzgando en Primera Instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Reformas Asturias 2004, S.L., extiendo y firmo la presente en Fuengirola a dieciocho de octubre de dos mil once.- El/La Secretario.

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