Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 232 de 25/11/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada, dimanante del procedimiento ordinario núm. 2063/2009. (PP. 3339/2011).

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NIG: 1808742C20090032118.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2063/2009.

Negociado: 4.

Sobre: Resolución de contrato de arrendamiento financiero.

De: General Electric Capital Bank, S.A.

Procuradora: Sra. María del Carmen Adame Carbonell.

Contra: Duras General Transport, S.L., Ioan Ieremie y Eugenia Ieremie.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2063/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada a instancia de General Electric Capital Bank, S.A., contra Duras General Transport, S.L., Ioan Ieremie y Eugenia Ieremie sobre resolución de contrato de arrendamiento financiero, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 192/11

En Granada a trece de septiembre de dos mil once.

Vistos por mí, Borja Arangéna Pazos, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Once de Granada los presentes autos de juicio ordinario núm. 2063/09 seguidos a instancia de la Procuradora de los Tribunales doña María del Carmen Adame Carbonell en nombre y representación de la entidad General Electric Capital Bank, S.A., contra la entidad Duras General Transport, S.L., don loan leremie y doña Eugenia leremie, en situación legal de rebeldía, vengo a resolver en virtud de los siguientes.

FALLO

Debo estimar y estimo la demanda deducida por la Procuradora de los Tribunales doña María del Carmen Adame Carbonell, en nombre y representación de la entidad General Electric Capital Bank, S.A., contra la entidad Duras General Transport, S.L., don loan leremie y doña Eugenia leremie, y en consecuencia:

1. Declarar resuelto con fecha 16.12.08 el contrato de arrendamiento financiero de fecha 19.4.07, celebrado entre la actora y los demandados, por incumplimiento grave y esencial por parte de éstos de su obligación de pago de las cuotas estipuladas en el mismo.

2. Condenar solidariamente a los demandados a restituir a la actora y a su cargo la posesión de un camión marca DAF XF 105, 460 CV y con núm. bastidor XLRTE47MS0E764893.

3. Condenar solidariamente a los demandados a abonarle la cantidad de 58.789,96 €, más la indemnización del 3% por impago de cuotas, más los intereses de demora de las cuotas impagadas más indemnización por depreciación del equipo arrendado.

4. Condenar a los demandados de forma solidaria al pago de los intereses legales que se devenguen desde la interposición de esta demanda.

5. Condenar solidariamente a los demandados y al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial de Granada, teniendo en cuenta que conforme al apartado octavo de la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, de 1 de julio de 1985, introducida por la L.O. 1/09, de 3 de noviembre, deberá constituir depósito para su admisión y, en todo caso, debiéndose preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Duras General Transport, S.L., Ioan Ieremie y Eugenia Ieremie, extiendo y firmo la presente en Granada, a trece de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.

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