Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 235 de 30/11/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de lo Social

EDICTO de 9 de noviembre de 2011, del Juzgado de lo Social núm. Siete de Málaga, dimanante de autos núm. 666/2011.

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Procedimiento: Despidos/Ceses en general 666/2011. Negociado: A2.

Sobre:

N.I.G.: 2906744S20110010159.

De: Don Boris Grinin.

Contra: Don Igor Gusev y Natalia Guseva

Don Juan Carlos Ruiz Zamora, Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número 7 de Málaga.

HACE SABER

Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el numero 666/2011 a instancia de la parte actora don Boris Grinin contra Igor Gusev y Natalia Guseva sobre Despidos/Ceses en general se ha dictado Resolución del tenor literal siguiente:

DECRETO NÚM. 226/11

Secretado Judicial don Juan Carlos Ruiz Zamora.

En Málaga, a 9 de noviembre de 2011.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Boris Grinin presentó demanda frente a Igor Gusev y Natalia Guseva, incoándose el procedimiento sobre despido número 666/11.

Segundo. Llegada la fecha señalada para los actos de conciliación y juicio la parte actora que ha sido citada en forma ha incomparecido sin que conste alegación de causa justificada.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Único. Señala el art. 832 de la L.P.L. que si el actor, citado en forma, no compareciere ni alegare justa causa que motive la suspensión del acto de conciliación o del juicio, el Secretario judicial en el primer caso y el Juez o tribunal, en el segundo, lo tendrán por desistido de su demanda. Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

PARTE DISPOSITIVA

A C U E R D O

Tener por desistido a Boris Grinin de su demanda, y una vez firme esta Resolución, se archivarán los autos.

Notifíquese la presente Resolución a las partes.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta Resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación. (Art. 186 y 187 de la LPL). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este Datos de Órgano Judicial, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la Resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.-El/La Secretario Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandante Boris Grinin actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucia con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.

Málaga, 9 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

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