Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 247 de 20/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 26 de septiembre de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla, dimanante de procedimiento 63/2010. (PP. 3657/2011).

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NIG: 4109142C20100001400.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 63/2010. Negociado: 1.

De: Schindler, S.A.

Procurador: Sr. José Ignacio Alés Sioli.

Contra: Horus Magnum Hoteles Club, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 63/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Doce de Sevilla a instancia de Schindler, S.A. contra Horus Magnum Hoteles Club, S.L. sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla.

Juicio ordinario núm. 63/2010-1.

Sentencia de 23 de septiembre de 2011.

El Ilmo. Sr. don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de esta ciudad, ha pronunciado, en nombre del Rey, la siguiente

SENTENCIA

En los autos de juicio ordinario tramitados bajo el número 63/2010-1, en los que figuran las siguientes partes:

Parte demandante: Schindler, S.A., representada por el Procurador de los Tribunales don José Ignacio Alés Sioli y con la asistencia letrada de don Javier Cobos Herrero.

Parte demandada: Horus Magnum Hoteles Club, S.L., en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda y, en su consecuencia:

1. Condenar a Horus Magnum Hoteles Club, S.L. a abonar a Schindler, Sociedad Anónima, la suma principal de 11.276,48 € (once mil doscientos setenta y seis euros con cuarenta y ocho céntimos), así como los réditos devengados por la precitada cantidad, al tipo del interés legal anual del dinero, desde la fecha de presentación de la demanda (28.12.2009), el cual se incrementará en dos (2) puntos desde el dictado de esta sentencia.

2.º Condenar a Horus Magnum Hoteles Club, S.L. a abonar las costas procesales causadas.

Al notificar la presente resolución a las partes, instruyaseles que contra la misma cabe presentar recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Sevilla, que deberá prepararse ante este Juzgado por término de cinco días a partir de su notificación.

Para la admisión a trámite del recurso deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado núm. 4034 0000 00 0063 10, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso, seguido del código 02 y el tipo concreto del recurso, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en el apartado 5.º de la disposición adicional decimoquinta de dicha norma (Ministerio Fiscal; Estado; Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo en Sevilla, a veintitrés de septiembre de dos mil once.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Horus Magnum Hoteles Club, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintiséis de septiembre de dos mil once.- El/La Secretario.

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