Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 252 de 28/12/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 29 de julio de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de Sevilla, dimanante de procedimiento 2303/2010. (PP. 3658/2011).

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NIG: 4109142C20100067122.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 2303/2010. Negociado: 3.°

Sobre: Resolución de cto. y rec. cantidad.

De: Diego Jiménez Vázquez.

Procurador: Sr. José Ignacio Ales Sioli.

Contra: Inversiones Coalco, S.L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 2303/2010 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Veinte de Sevilla a instancia de Diego Jiménez Vázquez contra Inversiones Coalco, S.L. sobre resolución de cto. y rec. cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA Núm. 216/2011

En Sevilla, a veintisiete de junio de dos mil once.

Vistos por don Antonio Jesús Cubero Gómez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Veinte de los de Sevilla y su Partido judicial, los presentes autos del juicio ordinario núm. 2303/2010, seguidos a instancia de don Diego Jiménez Vázquez, representado por el Procurador don José Ignacio Ales Sioli y asistido por el Letrado don Juan Carlos Server Gomis; contra Inversiones Coalco, S.L., en situación procesal de rebeldía, sobre resolución contractual y reclamación de cantidad, de acuerdo con los siguientes

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador don José Ignacio Ales Sioli en nombre y representación de don Diego Jiménez Vázquez, contra Inversiones Coalco, S.L.,

Primero. Declaro resuelto el contrato de compraventa celebrado por las partes de fecha 18 de diciembre de 2007 sobre la vivienda núm. 27 de la fase II de la urbanización «Apartamentos Novo Gelves», de Gelves (Sevilla).

Segundo. Condeno a la demandada a devolver al actor la cantidad de veinte mil trescientos cincuenta y un euros con catorce céntimos (20.351,14) euros.

Tercero. Condeno a la demandada a abonar al actor el interés legal del dinero, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de esta resolución, computado sobre la suma objeto de condena desde el día 1 de junio de 2010 hasta su completo pago.

Cuarto. Todo ello se entiende con expresa imposición a la demandada de las costas procesales.

Contra la presente sentencia cabe recurso de apelación, que en su caso deberá prepararse por escrito manifestando la voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que se impugnan ante este Juzgado en el plazo de cinco días, contados a partir del siguiente al de su notificación, y para su resolución por la Audiencia Provincial de Sevilla.

Para la admisión a trámite del recurso previamente deberá efectuarse constitución de depósito en cuantía de 50 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado de Banesto núm. 4102 0000 06 0230310, indicando en las Observaciones del documento de ingreso que se trata de un recurso de apelación seguido del código '02', de conformidad en lo establecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma (Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, Entidades Locales y organismos autónomos dependientes de todos ellos) o beneficiarios de asistencia jurídica gratuita.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevará certificación a los autos para su debido cumplimiento, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la suscribe, en el día de la fecha y hallándose celebrando Audiencia Pública por ante mí, doy fe.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Inversiones Coalco, S.L., extiendo y firmo la presente en Sevilla, a veintinueve de julio de dos mil once.- El/La Secretario.

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