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Advertidos errores en el Anuncio de 2 de noviembre de 2010, en el que se publican las bases que han de regir la convocatoria pública del procedimiento selectivo para la provisión del Ayuntamiento de Gualchos-Castell de Ferro, Granada, de una plaza de funcionario de carrera, encuadrada en la escala de Administración Especial, Subescala Técnica (Subgrupo A2), Denominación Arquitecto Técnico.
En la página núm. 82 en el punto 2.1 Fase de Concurso.
Donde dice:
A) Cursos de formación y perfeccionamiento, relacionados con el temario de la plaza cuya cobertura se pretende con esta convocatoria:
a) De 200 a más horas: 1 punto.
b) De más de 100 horas y menos de 200: 0,75 puntos.
c) De más de 60 horas y menos de 100: 0,50 puntos.
d) De más de 19 y menos de 60: 0,25 puntos.
e) De menos de 19 horas o sin especificar: 0,10 puntos.
El máximo por este apartado es de 4,00 puntos, y para acreditarlos se deberá aportar certificación original del Centro Oficial o fotocopia compulsada de los títulos o diplomas.
B) Experiencia Profesional:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta 0,15 puntos por mes.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, Organismos Autónomos, empresas privadas, o de manera autónoma, en puestos que se haya requerido el título de Arquitecto Técnico 0,10 puntos por mes.
La puntuación máxima por experiencia profesional no podrá superar los 6 puntos.
Debe decir:
2.1 Fase de concurso:
La Fase de Concurso se realizará en primer lugar, y en ella se valorarán los méritos que a continuación se relacionan con arreglo al siguiente baremo.
A) Cursos de formación y perfeccionamiento, relacionados con el temario de la plaza cuya cobertura se pretende con esta convocatoria:
a) De 200 a más horas: 1 punto.
b) De más de 100 horas y menos de 200: 0,75 puntos.
c) De más de 60 horas y menos de 100: 0,50 puntos.
d) De más de 19 y menos de 60: 0,25 puntos.
e) De menos de 19 horas o sin especificar: 0,10 puntos.
El máximo por este apartado es de 5,00 puntos, y para acreditarlos se deberá aportar certificación original del Centro Oficial o fotocopia compulsada de los títulos o diplomas.
Solo se tendrán en cuenta los cursos impartidos por organismos oficiales o que estén homologados por los mismos.
En los supuestos de que la duración del curso se exprese en días se establecerá una equivalencia de 5 horas por cada día de curso o jornada.
B) Experiencia Profesional:
- Por cada mes completo de servicios prestados en la Administración Local, en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, como personal laboral, funcionario de carrera o interino 0,15 puntos por mes. Con un máximo de 3 puntos.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, Organismos Autónomos (como personal laboral, funcionario de carrera o interino); empresas privadas, o de manera autónoma, 0,10 puntos por mes. Con un máximo de 2 puntos.
Los servicios prestados se acreditarán mediante la correspondiente certificación expedida por el órgano competente, y en el caso de autónomos mediante la fe de vida laboral.
La puntuación máxima por experiencia profesional no podrá superar los 5 puntos.
Gualchos-Castell de Ferro, 22 de diciembre de 2010
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