Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 56 de 21/03/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

Resolución de 7 de marzo de 2011, de la Delegación Provincial de Huelva, por la que se hace público el Acuerdo de 2 de marzo de 2011, de la Jefatura del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano de la Delegación, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, recoge en su artículo 23 que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con los originales a que se refiere el punto 2 del artículo 21 de dicha norma, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

La Jefatura del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial de la Consejería de Empleo de Huelva y Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Huelva es la responsable del Registro General establecido en la misma.

Los Registros Auxiliares de Documentos de la Dirección Provincial de Huelva del Servicio Andaluz de Empleo se crean por Resolución de 8 de octubre de 2003.

Por razones técnicas, de agilidad y eficacia administrativas de la propia Delegación, se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencias en esta materia en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Delegación Provincial

R E S U E L V E

Hacer público el Acuerdo de 2 de marzo de 2011, de la Jefatura del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano de esta Delegación Provincial, por el que se delega la competencia de expedir copias autenticadas mediante cotejo en los funcionarios que ocupan los puestos que se citan, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución. En Huelva, a 7 de marzo de 2011. El Delegado Provincial de Empleo, Eduardo Muñoz García.

ACUERDO DE LA JEFATURA DEL DEPARTAMENTO DE INFORMACIÓN, REGISTRO Y ATENCIÓN AL CIUDADANO DE LA DELEGACIÓN PROVINCIAL DE LA CONSEJERÍA DE EMPLEO DE HUELVA, POR EL QUE SE DELEGA LA COMPETENCIA PARA LA EXPEDICIÓN DE COPIAS AUTENTICADAS MEDIANTE COTEJO EN LOS PUESTOS DE TRABAJO QUE ABAJO SE CITAN.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte, el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como a la devolución de éstos salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte, a cada Administración Pública la determinación reglamentaria de los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de las copias auténticas de los documentos públicos y privados.

El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos privados y públicos, mediante cotejo con los originales, corresponderá a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General de Documentos.

El art. 23 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que en supuestos especiales y para facilitar la presentación de documentos y con el objeto de salvar las dificultades que existan para autenticar las copias y recibirlas, los órganos con estas competencias podrán delegarlas en otros órganos o unidades.

Por todo ello,

ACUERDO

Primero. Delegar la competencia para la expedición de copias autenticadas de documentos, privados y públicos, realizadas mediante cotejo de los originales a las personas titulares de los puestos de trabajo cuyos códigos a continuación se citan:

DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EMPLEO

Código 491310. Negociado Gestión.

Código 9174110. Negociado Gestión.

Código 489610. Sección Ordenación Laboral.

Código 1722510. Auxiliar de Gestión.

Código 9564010. Administrativo.

Código 12097110. Administrativo.

Código 9564110. Administrativo.

Código 8686210. Auxiliar Administrativo.

Código 11735310. Asesor Técnico-P. Migratorias.

CENTRO DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

Código 546010. Unidad de Gestión.

DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL SERVICIO ANDALUZ DE EMPLEO

Código 9467610. Negociado Gestión.

Código 493210. Dp. Análisis, Program. y Form.

Código 8678610. Unidad Tramitación.

Código 3279610. Negociado Gestión.

Código 2482210. Dp. Gestión F.P.O.

Código 492310. Asesor Técnico.

Código 1676910. Unidad Tramitación.

Código 492210. Negociado Gestión.

Código 7061210. Servicio Fomento Empleo.

Código 492010. Dp. Incentivos a la Contratación.

Código 3279710. Unidad Tramitación.

Código 11074310. Director/a Ate Sierra de Huelva.

Código 9224010. Titulado Grado Medio.

Código 9568810. Administrativo.

Código 11079810. Director/a Ate Costa-Occidental.

Código 9568710. Administrativo.

Código 11982010. Director/a Oficina Empleo Isla Cristina.

Código 11101010. Director/a Oficina Empleo Lepe.

Código 9569110. Administrativo.

Código 11082110. Director/a Ate Huelva-Capital.

Código 8638010. Auxiliar de Gestión.

Código 8630510. Jefe Área.

Código 11084810. Director/a Ate El Condado.

Código 11086010. Director/a Oficina Empleo Almonte.

Código 8578710. Jefe Área.

Código 11085210. Director/a Centro de Empleo La Palma del Condado

Código 11077110. Director/a Ate Huelva-Centro.

Código 11078710. Director/a Oficina Empleo Nerva.

Código 9569210. Administrativo.

Código 12368710. Director/a Centro de Empleo Valverde del Camino

Código 11078310. Auxiliar de Gestión.

Segundo. La presente delegación de competencias se realiza al amparo del artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero, debiendo publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Tercero. La delegación que se efectúa mediante este Acuerdo será revocable en cualquier momento, sin perjuicio de la avocación de la misma cuando circunstancias de índole técnica o jurídica lo hagan conveniente.

Cuarto. En las copias autenticadas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente tal circunstancia. Huelva, a 2 de marzo de 2011, la Jefa del Departamento de Información, Registro y Atención al Ciudadano, M.ª Victoria Aranda González.

Huelva, 7 de marzo de 2011.- El Delegado, Eduardo Muñoz García.

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