Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 07/04/2011

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 9 de febrero de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella (antiguo Mixto núm. Cuatro), dimanante de procedimiento verbal núm. 2008/2010. (PP. 812/2011).

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NIG: 2906942C20100014094.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 2008/2010.

Negociado: GM.

De: CP Las Jacarandas III.

Procuradora: Sra. Salome Lizana de la Casa.

Letrado: Sr. Juan Carlos Santos Tapia.

Contra: Don Flemming Ljorring.

EDICTO

En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 2008/2010 seguido a instancia de CP Las Jacarandas III frente a don Flemming Ljorring se ha dictado sentencia, cuyo Encabezamiento y Fallo es del tenor literal siguiente:

SENTENCIA 39/2011

En Marbella, a ocho de febrero de 2011.

Don Gonzalo Onega Coladas-Guzmán, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cuatro de Marbella, ha visto los presentes autos de juicio verbal, seguidos en este Juzgado bajo el número 2008 del año 2010, a instancia de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización La Mairena del conjunto Las Jacarandas III de Ojén, representada por la Procuradora doña Salomé Lizana de La Casa y asistida por el letrado don Juan Carlos Santos Tapia, contra don Flemming Ljorring, declarado en rebeldía, sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Estimar íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora doña Salomé Lizana de La Casa, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios de la Urbanización La Mairena del conjunto Las Jacarandas III de Ojén, frente a don Flemming Ljorring, y en su virtud, condenar al demandado a pagar a la parte actora la suma de cuatro mil noventa euros con setenta y cuatro céntimos (4.090,74 euros), más los intereses legales de tal cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese esta sentencia a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe preparar recurso de apelación, ante este mismo Juzgado, dentro de los 5 días siguientes a aquel en que se notifique esta resolución.

Llévese el original al libro de sentencias.

Por esta mi sentencia de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y encontrándose dicho demandado, don Flemming Ljoríring, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Marbella, a nueve de febrero de dos mil once.- El/La Secretario/a Judicial.

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