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BASES
1 Normas generales.
1.1. Contenido y ámbito de aplicación.
Las presentes bases regulan los aspectos comunes a los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Tarifa en ejecución del proceso especial de consolidación de empleo temporal, personal laboral fijo, tanto de vacantes de la Plantilla del Ayuntamiento de Tarifa (Anexo 1) como de vacantes del Patronato Municipal de Cultura (Anexo 2), Organismo Autónomo de Cultura (Anexo 3) E.L.M. de Facinas (Anexo 4) y E.L.M. de Tahivilla (Anexo 5). Las especificidades de cada proceso selectivo: Naturaleza y características de las plazas, requisitos de titulación, pruebas selectivas, sistema de calificación de los ejercicios y valoración de los méritos de la fase de concurso serán los fijados en los Anexos de las presentes bases generales o en bases específicas que, con carácter previo a la aprobación de las correspondientes convocatorias, se aprobarán por resolución del Alcalde-Presidente.
1.2. Legislación aplicable.
Al proceso selectivo le será de aplicación lo establecido en la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas de Reforma de la Función Pública; Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local modificada por la Ley 11/99, de 21 de abril; Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y Programas Mínimos del procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local; Real Decreto 364/95, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado; Ley 7/2007, de 12 de abril, Estatuto Básico del Empleado Público, Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas; Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 50/98, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social; preacuerdo Ayuntamiento de Tarifa-Sindicatos de fecha de 18.11.09.
1.3. Régimen de incompatibilidades.
Los aspirantes que resulten nombrados para estas plazas quedarán sometidos, desde el momento de su toma de posesión, al régimen de incompatibilidades vigente y no podrán simultanear el desempeño de aquéllas con el de cualquiera otras plazas, cargos o empleos remunerados con fondos del Ayuntamiento de Tarifa, del Estado, de las Comunidades Autónomas, de Entidades o Corporaciones Locales, de empresas que tengan carácter oficial o relación con dichos organismos, aunque los sueldos tengan carácter de gratificación o emolumentos de cualquier clase.
2. Requisitos de los candidatos.
Podrán tomar parte en este proceso selectivo todas las personas que reúnan los requisitos exigidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, que aprueba el Estatuto Básico de los Empleados Públicos y que son los siguientes:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos a que hace referencia el artículo 56 mencionado, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad o incompatibilidad establecidos en la legislación vigente.
f) Titulación: Según bases específicas.
2.1. Plazo.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse, como norma general, en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la toma de posesión como funcionario de carrera.
3. Solicitudes.
3.1. Forma.
El impreso para tomar parte en estas pruebas selectivas será facilitado por este Ayuntamiento tanto en la Registro General, como en la página web www.Tarifa.com. Este impreso deberá obtenerse por duplicado al objeto de que el interesado se quede con copia sellada de la instancia presentada.
Las solicitudes de participación se dirigirán al Presidente de esta Corporación y deberán ir acompañadas, necesariamente, de una fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Los méritos valorables que en cada proceso selectivo establezcan las bases específicas se alegarán en la instancia. Se aportará toda la documentación relativa a los mismos debidamente compulsada, acompañada de relación detallada.
La fecha límite para la alegación de los méritos y la presentación de los documentos relativos a los mismos será aquella en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
Si los documentos relativos a los méritos alegados en la instancia no se hubieran aportado por encontrarse en poder de esta Corporación, deberá hacerse constar expresamente en la solicitud. En caso contrario, dichos méritos no serán valorados en la fase de concurso.
En ningún caso se valorarán méritos no alegados en la instancia o no acreditados documentalmente en plazo.
3.2. Plazo de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de cada convocatoria específica en el Boletín Oficial del Estado. Si el último día de plazo resultara ser domingo o festivo, se entenderá prorrogado al primer día siguiente que no tenga estas características.
3.3. Lugar de presentación.
La presentación de las solicitudes podrá hacerse directamente en las oficinas de este Ayuntamiento (Registro General) o realizarse con arreglo a las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en redacción dada al mismo por la Ley 4/1999, de 13 de enero.
3.4. Tasa por derechos de examen.
Los derechos de examen serán establecidos en los Anexos correspondientes a cada vacante específica. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante, salvo que dicha falta de justificación se haya debido a un error por parte de la Administración.
3.4.1. Quedarán exentos del pago de derechos de examen:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%.
b) Las personas que figuraren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración Pública Estatal en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieren rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Requisitos.
Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas bastará con que los aspirantes manifiesten en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base 2 y en las correspondientes bases específicas, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.
4.2. Lista de admitidos y excluidos.
Expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia de la Corporación, en el plazo máximo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos y sus respectivas causas de exclusión, e indicando el lugar, fecha y hora de realización del primer ejercicio, orden de actuación de los aspirantes y la composición nominal del Tribunal Calificador.
La resolución se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y tablón de anuncios de este Ayuntamiento, concediéndose el plazo de diez días hábiles para subsanaciones, de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones o recursos.
Transcurrido dicho plazo, las reclamaciones, si las hubiere, serán aceptadas o rechazadas mediante resolución del Presidente de la Corporación por la que se aprueba la lista definitiva, que será hecha pública en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
5. Tribunal Calificador.
a) El Tribunal Calificador a quien le corresponderá el desarrollo y la calificación de las pruebas selectivas que ha de juzgar será nombrado por la Presidencia de la Corporación y estará integrado en la siguiente forma:
- Presidente: Un empleado público con la titulación o especialización igual o superior a la exigida para la plaza convocada, designado por el Alcalde-Presidente
- Secretario: Nombrado por el Sr. Alcalde-Presidente.
- Vocales: Tres empleados públicos con la titulación o especialización igual o superior a la exigida para la plaza convocada, designados por el Alcalde-Presidente.
El Secretario actuará con voz propia pero sin voto.
b) Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte de los mismos, cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
c) La designación de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios a efectos de posibles recusaciones, al igual que los suplentes que deberán reunir los mismos requisitos.
d) El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de la mitad de sus miembros, titulares o suplentes, indistintamente y en todo caso con la asistencia del Presidente y del Secretario.
e) El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.
f) Las dudas o reclamaciones que puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las bases serán resueltas por el Tribunal, que decidirá, asimismo, lo que debe hacerse en los casos no previstos en las mismas.
La categoría del Tribunal será fijada en el Anexo a las presentes bases en cada base específica de cada puesto convocado, según lo estipulado en el R.D. 462/2000, y
6. Procedimiento de seleccion.
El proceso de selección se llevará a cabo a través el sistema de concurso.
La calificación del concurso será establecida en las correspondientes bases específicas. La calificación final del proceso vendrá determinada por la puntuación obtenida en el concurso. La puntuación total obtenida servirá para establecer el orden en que quedan los aspirantes.
7. Comienzo y desarrollo de las pruebas selectivas
7.1. Calendario de realización de las pruebas.
El comienzo y desarrollo de las pruebas será de acuerdo con lo determinado en la base 4.2 de la presente convocatoria.
8 Procedimiento de selección.
La selección se realizará mediante el sistema de concurso, de conformidad con lo expuesto en el artículo 61.7 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, regulándose por las normas que a continuación se relacionan:
1.º Una vez aprobada y publicada la lista definitiva de admitidos y excluidos, se constituirá el Tribunal, previa convocatoria del Presidente, a fin de proceder a la baremación de los méritos alegados por los aspirantes admitidos, según los criterios objetivos contenidos en los Anexos de las presentes bases para cada una de las plazas convocadas.
2.º El Tribunal decidirá libremente el orden del desarrollo de las baremaciones para cada una de las plazas, no pudiendo iniciar la baremación de méritos para una plaza sin haber finalizado la anterior. Si el número de solicitudes así lo exigiera, se celebrarán tantas sesiones como sean necesarias, de cada una de las cuales se levantará la correspondiente acta. En este caso, el acta correspondiente a la última sesión recogerá las puntuaciones obtenidas por todos los aspirantes.
3.º Aquellos méritos de entre los alegados, que no resulten suficientemente acreditados, de conformidad con lo establecido en las presentes bases, no serán tenidos en cuenta por el Tribunal Calificador.
4.º En caso de empate entre dos o más aspirantes, el Tribunal podrá acordar la celebración de entrevistas, evaluables de 0 a 5 puntos, a fin de lograr la resolución de una serie de preguntas sobre los méritos específicos de la convocatoria, libremente determinados por el Tribunal, dirigidas a determinar las condiciones de mérito y capacidad para el desempeño del puesto de que se trate.
5.º Finalizado el concurso, y las entrevistas si las hubiera, el Tribunal hará público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento la puntuación obtenida por todos los aspirantes, así como la propuesta de contratación a favor de aquellos que hayan obtenido la mayor puntuación para la plaza correspondiente, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas.
Lista de aprobados.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en su página web la relación de aprobados por el orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas. Dicha relación se elevará a la Presidencia de la Corporación que formulará la correspondiente propuesta de nombramiento.
9. Presentación de documentación.
9.1 Documentos exigibles.
Los aspirantes propuestos presentarán, en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales desde que se haga pública la relación definitiva de aprobados, los documentos acreditativos de reunir las condiciones y demás requisitos exigidos en la convocatoria, de conformidad con lo indicado en la base
Dichos documentos son:
a) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
b) Fotocopia compulsada del título exigido en las bases específicas, o justificante de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Certificado médico oficial de no padecer enfermedad o defecto físico que imposibilite el normal ejercicio de las funciones propias de la categoría a la que se accede, expedido por un Colegiado en ejercicio.
d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
e) Declaración de incompatibilidad o solicitud de compatibilidad, en su caso.
Los aspirantes que sean propuestos por el Tribunal Calificador y que estén ocupando ya algún puesto interino, eventual, contratado laboral o como funcionario de carrera en el Ayuntamiento de Tarifa, quedarán exceptuados de presentar aquellos documentos que ya hubieran aportado con anterioridad y obren en sus expedientes personales, pudiendo ser requeridos para que completen la documentación existente.
9.2. Falta de presentación de documentos.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 23.2 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, quienes dentro del plazo indicado en la base 9.1, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
10. Contratación laboral.
Concluido el proceso selectivo, quienes lo hubieran superado y acrediten que reúnen los requisitos exigidos, serán nombrados por el Alcalde personal laboral fijo y firmarán el contrato laboral en el plazo de un mes desde la notificación del nombramiento.
11. Incidencias.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden de la convocatoria, en todo lo no previsto en las bases. La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella, se rigen por la legislación administrativa de carácter general, y podrán ser impugnados por los interesados en los casos y formas que determine la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Contra las resoluciones y actos de los Órganos de selección y sus actos de trámite que impidan continuar el procedimiento.
Las resoluciones del Tribunal Calificador serán susceptibles de recurso de alzada o cualquier otro que corresponda en derecho, ante el Alcalde.
12. Base final.
Las presentes Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ellas y de las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnadas por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en su caso, en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
ANEXO I
Anexo 1.1.
1. Denominación de la plaza: Informático.
2. Numero total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Ingeniero Técnico Informático.
5. Categoría del Tribunal: 2.ª
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos
7. Derechos de examen: 20,50 €.
Anexo 1.2.
1. Denominación de la plaza: Educador Social.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida:
5. Categoría del Tribunal: 2.ª
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos
7. Derechos de examen: 20,50 €.
Anexo 1.3.
1. Denominación de la plaza: Técnico Auxiliar de Turismo.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: 3.ª
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.4.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar Inspector de Patrimonio.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.5.
1. Denominación de la plaza: Portero Conservador.
2. Número total de plazas: 4
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.6.
1. Denominación de la plaza: Operario Electricista.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.7.
1. Denominación de la plaza: Operario de Jardines.
2. Número total de plazas: 4.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.8.
1. Denominación de la plaza: Administrativo.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Bachiller Superior, FP 2.º Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 15,40 €.
Anexo 1.9.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.10.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Electricista.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.11.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Albañil.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.12.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Fontanero.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o Equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.13.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Conductor.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.14.
1. Denominación de la plaza: Oficial 2.ª Electricista.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.15.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Carpintero.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.16.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar de Turismo.
2. Número total de plazas: 1
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: 3.ª
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.17.
1. Denominación de la plaza: Técnico Auxiliar de Festejos.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.18.
1. Denominación de la plaza: Oficial 2.ª Obras y Servicios (Rotulista).
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima, de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.19.
1. Denominación de la plaza: Ordenanza.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.20.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar de Ayuda a Domicilio.
2. Número total de plazas: 5.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.21.
1. Denominación de la plaza: Profesora de Educación Especial.
2. Número total de plazas: 1
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Diplomatura Magisterio Educación Especial.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 20,50 €.
Anexo 1.22.
1. Denominación de la plaza: Pedagoga.
2. Número total de plazas: 1
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Licenciatura de Pedagogía.
5. Categoría del Tribunal: Primera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 20,50 €.
Anexo 1.23.
1. Denominación de la plaza: Monitora de Educación Especial.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.24.
1. Denominación de la plaza: Operario de Carpinteria.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.25
1. Denominación de la plaza: Peón Albañil.
2. Número total de plazas: 5.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 1.26.
1. Denominación de la plaza: Técnico de Turismo.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Diplomatura Turismo.
5. Categoría del Tribunal: 2.ª
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 20,50 €.
Anexo 1.27.
1. Denominación de la plaza: Oficial 2.ª Conductor.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. Permiso de conducción Clase B
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
ANEXO 2
PATRONATO MUNICIPAL DE CULTURA
Anexo 2.1.
1. Denominación de la plaza: Técnico Auxiliar de Cultura.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Bachiller Superior, FP 2.º Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 2.2.
1. Denominación de la plaza: Operador de Cine.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 2.3.
1. Denominación de la plaza: Operario de Cine.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 2.5.
1. Denominación de la plaza: Portero Conservador.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 2.6.
1. Denominación de la plaza: Profesora de Música.
2. Número total de plazas: 1
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Diplomatura Magisterio Música.
5. Categoría del Tribunal: Segunda
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 20,50 €.
ANEXO 3
ORGANISMO AUTóNOMO TARIFA RADIO TELEVISIóN
Anexo 3.1.
1. Denominación de la plaza: Técnico Auxiliar Electrónica.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 3.2.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar de Radio.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 3.3.
1. Denominación de la plaza: Operador de Cámara.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 3.4.
1. Denominación de la plaza: Periodista.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Diplomatura en Periodismo.
5. Categoría del Tribunal: Segunda.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos
7. Derechos de examen: 20,50 €.
Anexo 3.5.
1. Denominación de la plaza: Editor de Imagen.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 3.6.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.
2. Número total de plazas: 3.
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
ANEXO 4
ENTIDAD LOCAL MENOR DE FACINAS
Anexo 4.1.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.
2. Número total de plazas: 2
3. Régimen laboral: Laboral fijo
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 4.2.
1. Denominación de la plaza: Peón Albañil.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 4.3.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Albañil.
2. Número total de plazas: 2.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25. €.
ANEXO 5
ENTIDAD LOCAL MENOR DE TAHIVILLA
Anexo 5.1.
1. Denominación de la plaza: Auxiliar Administrativo.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Graduado Escolar, Formación Profesional Primer Grado o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 5.2.
1. Denominación de la plaza: Peón Albañil.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Otras Agrupaciones Profesionales, sin requisito de titulación, conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional Séptima de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
Por cada mes de servicio en un puesto de trabajo con las mismas funciones en otras Administraciones: 0,04 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 5.3.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Albañil.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Anexo 5.4.
1. Denominación de la plaza: Oficial 1.ª Electricista.
2. Número total de plazas: 1.
3. Régimen laboral: Laboral fijo.
4. Titulación requerida: Título de Graduado Escolar, Formación Profesional Grado Medio o equivalente.
5. Categoría del Tribunal: Tercera.
6. Baremo de méritos:
A) Formación: Máximo 3 puntos.
Por cada 10 horas de formación, relacionado exclusivamente con la plaza ofertada: 0,2 puntos.
B) Experiencia: Máximo 9 puntos.
Por cada mes de servicio efectivo en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria (Ayuntamiento de Tarifa): 0,1 puntos.
7. Derechos de examen: 10,25 €.
Tarifa, 4 de abril de 2011.- El Alcalde, Miguel Manella Guerrero.
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