Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 86 de 04/05/2011

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

Resolución de 22 de marzo de 2011, de la Dirección Provincial de Sevilla de la Agencia Andaluza del Agua, por la que se hace público el acuerdo de 14 de marzo de la Gerencia Provincial, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

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El Decreto 204/1995, de 29 de agosto, establece que la competencia para la autenticación de copias auténticas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, corresponde a las jefaturas de sección y órganos asimilados responsables de cada Registro General.

Por razones técnicas se hace necesario realizar la correspondiente delegación de competencia en esta materia, en el ámbito del artículo 13 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 101 de la Ley 9/2007, de la Administración de la Junta de Andalucía.

Por cuanto antecede, esta Dirección

RESUELVE

Hacer público el acuerdo de 14 de marzo de 2011, de la Gerencia Provincial de esta Dirección Provincial, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita, cuyo texto figura como Anexo de la presente Resolución.

ANEXO QUE SE CITA

Acuerdo de 4 de marzo de 2011, de la Gerencia Provincial de la Dirección Provincial de la Agencia Andaluza del Agua en Sevilla, por el que se delega la competencia para la autenticación de copias mediante cotejo en el personal funcionario que se cita.

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, reconoce en sus artículos 35.c) y 46, respectivamente, por una parte el derecho de los ciudadanos a obtener copia sellada de los documentos que presenten, aportándola junto con los originales, así como la devolución de estos, salvo que los originales deban obrar en el procedimiento, y atribuye, por otra parte a cada Administración Pública la facultad de determinar reglamentariamente los órganos que tengan atribuidas las competencias de expedición de copias auténticas de documentos públicos o privados.

El artículo 23 y 9 del Decreto 204/1995, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas de atención directa a los ciudadanos (BOJA núm. 136, de 26 de octubre), establece que la competencia para la autenticación de copias de documentos públicos y privados, mediante cotejo con el original, y que se presenten para ser tramitados en el órgano del cual depende cada Registro General de Documentos, corresponde a las Jefaturas de Sección y órganos asimilados responsables de dicho Registro.

Una de las funciones principales de los Registros Generales y Auxiliares es la de facilitar la presentación de los escritos, y esta no se lograría si las copias de los documentos que se presenten, junto con los originales, para la devolución de estos, a tenor de lo dispuesto en el artículo 35.c) de la Ley 30/1992, ya citada, no pueden ser autenticadas previo cotejo, por los responsables de los registros, por lo que se hace necesario proceder, por razones técnicas, a realizar la correspondiente delegación de competencias.

Por todo ello,

ACUERDA

Primero. La competencia de expedición de copias auténticas de documentos privados y públicos, realizadas mediante cotejo con los originales, atribuidas a la Jefatura de Sección de Contratación, Patrimonio y Gestión Económica, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 204/95, de 29 de agosto, por el que se establecen medidas organizativas para los servicios administrativos de atención directa a los ciudadanos, respecto de los documentos que sean presentados en el Registro General y/o Auxiliar de la Dirección Provincial de la Agencia Andaluza del Agua en Sevilla, queda delegada en los funcionarios que desempeñan los puestos que a continuación se citan:

Código 9854410, Ng. Registro e Información.

Segundo. Asimismo se delega la autenticación de copias relativas a documentos cuya tramitación o custodia tenga encomendados, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 del citado Decreto 204/95, en el/la funcionario/a que desempeñe los puestos siguientes:

Código 9854910, Ng. Régimen Interior y Recursos Humanos.

Código 9854710, Ng. Contratación.

Código 9854810, Ng. Tramitación.

Tercero. De conformidad con lo establecido en el artículo 13.3 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la presente delegación de competencias deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, entrando en vigor a partir del día siguiente al de su publicación.

Cuarto. En las copias auténticas que se expidan mediante cotejo, en virtud de la presente delegación, se hará constar expresamente esta circunstancia.

Sevilla, 22 de marzo de 2011.- La Gerente Provincial, Susanade Sarriá Sopeña.

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