Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 151 de 02/08/2013

3. Otras disposiciones

Consejería de Hacienda y Administración Pública

Orden de 22 de julio de 2013, por la que se modifica parcialmente la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Educación; Fomento y Vivienda; Turismo y Comercio, y Cultura y Deporte.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00031613.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

La presente modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Educación; Fomento y Vivienda; Turismo y Comercio, y de Cultura y Deporte, tiene como finalidad adaptar los puestos de trabajo de estas Consejerías a los cambios producidos como consecuencia de la entrada en vigor del Decreto del Presidente 3/2012, de 5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, por el que se crean las Consejerías de Turismo y Comercio y de Cultura y Deporte y se les asignan las competencias y cometidos que les corresponde desarrollar a cada una de ellas, en concreto en materia de deporte.

Los Decretos 153/2012, de 5 de junio, y 154/2012, de 5 de junio, establecen las estructuras orgánicas de las Consejerías de Turismo y Comercio y de Cultura y Deporte, respectivamente, desarrollando las competencias y cometidos de cada uno de sus órganos directivos.

Por otro lado, mediante el Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, se crean, entre otras, en su disposición adicional cuarta, la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte y la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, determinando en el apartado 2 de la disposición adicional quinta la dependencia orgánica de la Consejería de Educación, y en el artículo 22 de dicha norma se establece que al frente de los servicios periféricos de cada una de las Consejerías existirá una Secretaría General Provincial.

Procede ahora adscribir aquellos puestos de trabajo a los diferentes centros directivos cuyas competencias han sido atribuidas a la Consejería de Cultura y Deporte. En concreto, se distribuyen puestos de trabajo a la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte, que se adscriben orgánicamente a la Consejería de Educación, de acuerdo con el nuevo marco competencial, y que anteriormente se encontraban integrados en la Delegación Territorial de Fomento, Vivienda, Turismo y Comercio, que depende orgánicamente de la Consejería de Fomento y Vivienda. Asimismo, se modifican puestos de trabajo de los servicios centrales de la Consejería de Turismo y Comercio (Viceconsejería y Secretaría General Técnica) y se distribuyen en la actual Consejería de Cultura y Deporte.

En consecuencia, la presente Orden adecua la relación de puestos de trabajo de las Consejerías de Educación; Fomento y Vivienda; Turismo y Comercio, y de Cultura y Deporte, modificando la adscripción de determinados puestos de trabajo, conforme a la distribución de competencias establecidas por los mencionados decretos de estructura orgánica y de organización territorial provincial.

Según lo previsto en el artículo 37 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, se han efectuado los trámites oportunos ante los representantes de las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial de Negociación de la Administración General.

En su virtud, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 10.1.d) del Decreto 390/1986, de 10 de diciembre, por el que se regula la elaboración y aplicación de la relación de puestos de trabajo,

DISPONGO

Artículo 1. Modificación parcial de la relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Educación; Fomento y Vivienda; Turismo y Comercio, y de Cultura y Deporte.

La relación de puestos de trabajo de la Administración General de la Junta de Andalucía correspondiente a las Consejerías de Educación; Fomento y Vivienda; Turismo y Comercio, y de Cultura y Deporte queda modificada en los términos expresados en el Anexo I de esta Orden.

Artículo 2. Adscripción de personal.

El personal que como consecuencia de la presente Orden resulte adscrito a un puesto de trabajo distinto del que ocupaba, mantendrá el mismo carácter de ocupación con que venía desempeñando el anterior, según se refleja en el Anexo II.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. No obstante, los efectos administrativos y económicos derivados de su aprobación se producirán a partir del día uno del mes siguiente al de su publicación.

Sevilla, 22 de julio de 2013

CARMEN MARTÍNEZ AGUAYO
Consejera de Hacienda y Administración Pública
Descargar PDF