Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 222 de 12/11/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia e Instrucción

Edicto de 22 de noviembre de 2012, del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 599/2009. (PP. 2744/2013).

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NIG: 2905142C20090004451.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 599/2009. Negociado: 07.

De: Barclays Bank, S.A.

Procuradora: Sra. Inmaculada Alonso Chicano.

Contra: Doña María Isabel Molina Lefco.

EDICTO

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 599/2009 seguido a instancia de Barclays Bank, S.A., frente a María Isabel Molina Lefco se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA NÚM. 153/2012

En Estepona, 20 de noviembre de dos mil doce.

Vistos por doña M.ª Dolores Millán Pérez, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Dos de Estepona, los autos de juicio ordinario, seguidos en este juzgado bajo el número 599/2009, a instancia de la entidad Barclays Bank, S.A., representada por la procuradora doña Inmaculada Alonso Chicano y asistida por el letrado don Juan Antonio Muriel Merino, contra doña M.ª Isabel Molina Lefco, en situación procesal de rebeldía.

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por la Procuradora doña Inmaculada Alonso Chicano, en nombre y representación de la entidad Barclays Bank, S.A., y debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento suscrito entre el Banco Zaragozano, S.A., hoy Barclays Bank, S.A., y don Emilio Molina Pérez, con fecha de 1 de julio de 1972 sobre la finca piso segundo, letra A, en la calle General Franco, de Estepona, en la actualidad el piso sito en calle Real, núm. 89, 2.º A, de la misma localidad, por muerte del arrendatario, sin que exista subrogación legal alguna, y se requiere a la demandada a que proceda a la entrega pacífica de la finca arrendada procediendo a su desalojo, y que, en caso de no hacerlo voluntariamente, se procederá a su lanzamiento.

Se imponen las costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a todas las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de 20 días a partir de su notificación, y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga.

Llévese el original al libro de sentencias.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio mando y firmo.

Y encontrándose dicha demandada, María Isabel Molina Lefco, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma a la misma.

En Estepona, a veintidós de noviembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.

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