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NIG: 0401342C20110015044.
Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 2687/2011. Negociado: G3.
De: Banco Financiero y de Ahorros, S.A.
Procuradora: Sra. María Dolores Fuentes Mullor.
Letrado: Sr. Miguel. A. Masegosa Simón.
Contra: Sr. Cayetano José García Salazar.
EDICTO
En el presente procedimiento Juicio Verbal (250.2) 2687/2011 seguido a instancia de Banco Financiero y de Ahorros, S.A., frente a Cayetano José García Salazar se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal en encabezamiento y fallo es el siguiente:
SENTENCIA NÚM. 10/2012
En Almería, a veintitrés de enero de dos mil doce.
La Sra. doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Verbal (250.2) 2687/2011 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la entidad Banco Financiero y de Ahorros, S.A., con Procuradora doña María Dolores Fuentes Mullor y Letrado don Miguel A. Masegosa Simón; y de otra como demandado don Cayetano José García Salazar en rebeldía procesal sobre reclamación de cantidad y en base a los siguientes.
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por Banco Financiero y de Ahorros, S.A., con Procuradora doña María Dolores Fuentes Mullor y frente a don Cayetano José García Salazar en rebeldía procesal debo condenar y condeno a don Cayetano José García Salazar a abonar a la actora la cantidad de 1.767,64 euros, más intereses moratorios al 21% anual desde el 27.11.2007 hasta la fecha de pago y con imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese la presente. Esta sentencia es firme y contra la misma no cabe recurso alguno conforme al art. 455.1 de la LEC al no exceder de 3.000 euros la cuantía de la demanda (Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, BOE de 11 de octubre de 2011).
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, doña Ana de Pedro Puertas, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería.
Y encontrándose dicho demandado Cayetano José García Salazar, en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Almería, a dieciocho de diciembre de dos mil doce.- El/La Secretario/a Judicial.
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