Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 252 de 27/12/2013

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de marzo de 2011, del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Córdoba, dimanante de Procedimiento Verbal núm. 1093/2009. (PP. 3127/2013).

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NIG: 1402142C20090011595.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1093/2009. Negociado: 09.

Sobre: Reclamación cantidad.

De: Don Manuel Pérez Marín.

Contra: Don Alberto Castro Montero y don Javier Capiscol López.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Juicio Verbal (250.2) 1093/2009 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Córdoba a instancia de don Manuel Pérez Marín contra don Alberto Castro Montero y don Javier Capiscol López sobre reclamación cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 21

En Córdoba, a cuatro de febrero de dos mil diez.

Vistos por doña Olga Rodríguez Garrido, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Seis de Córdoba, los presentes autos de Juicio Verbal seguidos con el núm. 1093 del año 2009, a instancia de don Manuel Pérez Marín contra don Alberto Castro Montero y don Javier Capiscol López, en situación de rebeldía procesal, sobre reclamación de cantidad,

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda presentada por don Manuel Pérez Marín contra don Alberto Castro Montero y don Javier Capiscol López debo condenar y condeno a los referidos demandados a abonar al demandante la cantidad dineraria de 669 euros más los intereses legales de demora devengados desde la fecha del emplazamiento de los demandados en estas actuaciones y hasta el completo pago de la cantidad adeudada y todo ello con expresa imposición de las costas procesales a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma a las partes personadas haciéndoles saber que contra esta sentencia podrá prepararse Recurso de Apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación, limitándose el recurrente a citar la resolución apelada y a manifestar su voluntad de recurrir con expresión de los pronunciamientos que impugna. El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna, y previa constitución de depósito de 50 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado núm. 1427 0000 03 1093 09, debiendo de especificarse en el campo concepto que se trata de un «Recurso» seguido del código y tipo concreto de recurso que se trate (02 apelación civil).

Sin la consignación no se admitirá a trámite el recurso, según disposición adicional 15.ª introducida por la L.O. 1/2009, por la que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Notifíquese la presente sentencia a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma podrá prepararse Recurso de Apelación ante este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, definitivamente juzgando en esta instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado don Javier Capiscol López, extiendo y firmo la presente en Córdoba, a quince de marzo de dos mil once.- El/La Secretario.

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