Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 141 de 22/07/2014

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 13 de mayo de 2014, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla, dimanante de Procedimiento Ordinario núm. 1343/2009. (PP. 1723/2014).

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NIG: 4109142C20090038604.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1343/2009. Negociado: 3.

Sobre: Declaración de titularidad dominical por usucapión.

De: María del Carmen Rodríguez González, Manuel Rodríguez González, Consolación Rodríguez González y Jorge Rodríguez González.

Procuradoras: Sras. Ana María Asensio Vegas y Pilar Durán Ferreira.

Contra: Manuel González de la Bandera, Antonio González de la Bandera, Josefa González de la Bandera, Luis González de la Bandera, Dolores González de la Bandera, Carmen González de la Bandera y Miguel González de la Bandera.

Procuradora: Sra. María Dolores Viñals Álvarez.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 1343/2009 seguido en eI Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, a instancia de María del Carmen Rodríguez González, Manuel Rodríguez González, Consolación Rodríguez González y Jorge Rodríguez González contra Manuel González de la Bandera, Antonio González de la Bandera, Josefa González de la Bandera, Luis González de la Bandera, Dolores González de la Bandera, Carmen González de la Bandera y Miguel González de la Bandera, sobre declaración de titularidad dominical por usucapión, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA núm. 91/13

En Sevilla, a veintiuno de marzo de dos mil trece.

Pronuncia la Ilma. Sra. doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, en el procedimiento de Juicio ordinario núm. 1343/09, seguido a instancias de doña María del Carmen, don Manuel, doña Consolación representados por el/la Procurador/a Sr./a Asensio Vegas y asistidos del/de la Letrado/a Sr./a Fernández Díaz y don Jorge Rodríguez González representado por el/la Procurador/ra Sr./Sra. Durán Ferreira y asistido del/de la Letrado Sr./Sra. Ortiz Martí, contra doña Dolores, don Miguel, doña Carmen, doña Josefa, don Luis y don Antonio González de la Bandera, representados por el Procurador/a Sr./a Viñals Álvarez y asistidos del Letrado/a Sr./a Cáceres Martín y don Manuel González Martín declarado en situación procesal de rebeldía. Sobre reclamación de cantidad.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el/la Procurador/a Sr./Sra Asensio Vegas en nombre y representación de doña María del Carmen, don Manuel, daña Consolación y don Jorge Rodríguez González, contra doña Dolores, don Miguel, doña Carmen, doña Josefa, don Luis y don Antonio González de la Bandera, y don Manuel González Martín, y en consecuencia debo declarar y declaro que los actores han adquirido por prescripción adquisitiva y por tanto son titulares en pleno dominio de la Finca registral núm. 5773, tomo 192, libro 161, folio 26, sita en calle Santa María núm. 16- antes 14- barrio del Fontanal, con referencia catastral 6533221TG3463S001 en que linda por la derecha entrando por parcela de terreno marcada con el núm. 12 por la izquierda con la calle Jabugo a la que hace esquina, y por el fondo con casas de don Ángel León Martínez y don Salavador Carvajal García, que se encuentra edificada sobre la fina núm. 26, consta su área de 184 metros cuadrados. Que debe inscribirse lo anterior en el Registro de la Propiedad.

En cuanto a las costas no ha lugar a pronunciamiento alguno.

Notifíquese en legal forma la presete resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación en el término de veinte días a contar desde su notificación ante este órgano de conformidad con lo dispuesto en el artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, para ante la Ilma. Audiencia Provincia) de Sevilla.

Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado, Manuel González Martín, extiendo y firmo la presente en Sevilla, a trece de mayo de dos mil catorce. El/La Secretario.

«En relación a los datos de carácter personal sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal)».

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